Instrucción 332

Prórroga de derechos mineros de investigación geológica

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2015-11-27
Publicada en
Gaceta No. 1 Ordinaria de 2016 (2016-01-07)
Páginas
3–4
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Esta norma prorroga los derechos mineros de investigación geológica para la exploración de oro en el área Sistema de Vetas de Oro Jacinto, en Camagüey. La prórroga fue otorgada a la Empresa Geominera Camagüey por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.

Texto íntegro

CONSEJO DE MINISTROS

______

El Secretario del Consejo de Ministros y de su Comité Ejecutivo

CERTIFICA

POR CUANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las faculta-des que le concede el artículo 18 de la Ley No. 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994,

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emitió el Acuerdo No. 6428, de 21 de julio de 2008, mediante el cual se otorgó a la Empresa Geominera Camagüey una concesión de investigación geológica para la exploración del mine-ral de oro en el área denominada Sistema de Vetas de Oro Jacinto, ubicada en el municipio de Guáimaro, provincia de Camagüey, por un término de tres (3) años. Con posterioridad, mediantelos acuerdos No. 7128, de 12 de octubre de 2011, y No. 7424, de 14 de noviembre de 2013, seprorrogó dicho derecho minero.

POR CUANTO: La referida empresa ha solicitado al Ministro de Energía y Minas, porconducto de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, una nueva prórroga por dos (2) añospara concluir los trabajos de investigación geológica en la subfase de exploración, interpretarsus resultados, estimar los recursos existentes y definir la tecnología de beneficio a emplear.

POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facul-tades otorgadas en la Ley de Minas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto-Ley No. 272 “De la Organización y Funcionamiento del Consejo de Ministros”, de 16 de julio de 2010, adoptó con fecha 27 de noviembre de 2015 el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO: Prorrogar los derechos mineros de investigación geológica concedidos a la Empresa Geominera Camagüey en el área denominada Sistema de Vetas de Oro Jacinto,ubicada en el municipio de Guáimaro, provincia de Camagüey, hasta el 15 de noviembrede 2017, con el objetivo de concluir los trabajos en la subfase de exploración, interpretarsus resultados, estimar los recursos existentes y definir la tecnología de beneficio a emplear.

SEGUNDO: El concesionario antes y durante la realización de las actividades minerasprorrogadas debe cumplir las obligaciones siguientes:

a) Comparecer ante la Delegación del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambientede la provincia de Camagüey para solicitar la correspondiente licencia ambiental. Antes deejecutar los trabajos que en el presente Acuerdo se autorizan y al finalizar las actividadesdebe entregar un informe con el cumplimiento de las medidas dictadas en esta Licencia, asícomo rehabilitar el área afectada.

b) Cumplir lo establecido en los artículos 15, 16, 17 y 21 del Capítulo III “De la Preservación y Saneamiento de las Aguas Terrestres y de la Protección de Fuentes, Cursos Naturales de Agua,Obras e Instalaciones Hidráulicas” del Decreto-Ley No. 138 “De las Aguas Terrestres”,de 1 ro. de julio de 1993.

c) Presentar la solicitud de la demanda de abasto de agua que se realizará mediante la Presa Arenillas IV, a la Empresa de Aprovechamiento Hidráulico para incluirla en el Balance de Agua de la provincia de Camagüey.

TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos para la Empresa Geominera Camagüey por el Acuerdo No. 6428, de 21 de julio de 2008, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, son de aplicación a la prórroga que se autoriza, conexcepción de lo que se oponga a lo dispuesto en el presente Acuerdo.

Y PARA PUBLICAR en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, se expide la presentecertificación en el Palacio de la Revolución, a los 27 días del mes de noviembre de 2015.

José Amado Ricardo Guerra

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