Esta resolución regula las obligaciones de la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 1. Fue emitida por el Ministerio de la Industria Básica.
- Es de obligatorio cumplimiento a partir de su entrada en vigor
- Excepto cuando se oponga a lo establecido en la presente Resolución
- Notificada al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales
- Notificada a directores de Microbrigadas de Pinar del Río y de la Empresa Constructora
- Publicada en la Gaceta Oficial de la República
Texto íntegro
Resolución No. 393, de 14 de diciembre de 2005, de la Ministra de la Industria Básica, son de obligatorio cumplimiento para la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 1, a partir de la entrada en vigor de la presente, excepto cuando estos se opongan a lo establecido en la presente Resolución. NOTIFIQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y a los directores del Movimiento
14 de diciembre de 2010 GACETA OFICIAL 1381 Provincial de Microbrigadas de Pinar del Río y de la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 1, respectivamente.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de la Industria Básica. Dada en ciudad de La Habana, a los 14 días del mes de diciembre de 2010.Tomás Benítez Hernández Viceministro Primero de la Industria Básica ________________INFORMATICA Y LAS COMUNICACIONES