Nota de Presentación de Cartas Credenciales SN
Regula el adiestramiento laboral de recién graduados. Emitido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
- Comienza a aplicarse 30 días después de su firma
- Se faculta al Viceministro para dictar disposiciones para su aplicación
- Modifica resoluciones anteriores No. 36/2004 y No. 8/2005
- Artículos 117 y 118 de la Resolución No. 8/2005 relacionados
- Publicado en la Gaceta Oficial de la República
Texto íntegro
Resolución No. 36 de 29 de octubre de 2004 y los artículos 117 y 118 de la Resolución No. 8 de 1 ro. de marzo de 2005, todas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, relacionadas con el adiestramiento laboral de los recién graduados.
TERCERA: El presente Reglamento comienza a aplicarse 30 días posteriores a la fecha de su firma.
CUARTA: Se faculta al Viceministro correspondiente de este Ministerio para dictar las disposiciones necesarias para la mejor aplicación de lo que por este Reglamento se establece.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en La Habana, a 1 ro. de marzo de 2007.
Alfredo Morales Cartaya
Ministro de Trabajo
y Seguridad Social