Nota de Presentación de Cartas Credenciales SN
El Consejo de Estado de la República de Cuba regula la acreditación de la Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria ante el Reino Unido. La norma es emitida por el Consejo de Estado en virtud de sus atribuciones constitucionales.
- Se acredita a TERESITA DE JESÚS VICENTE SOTOLONGO como Embajadora ante el Reino Unido.
- El artículo 90, inciso j) de la Constitución de la República otorga la atribución al Consejo de Estado.
- El Ministro de Relaciones Exteriores es encargado de cumplir con lo dispuesto en el Acuerdo.
- El Acuerdo debe ser publicado en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le estánconferidas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución de la República, ha adoptado elsiguiente:
ACUERDO
PRIMERO: Disponer que TERESITA DE JESÚS VICENTE SOTOLONGO, Embaja-dora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Cuba, se acredite ante el Gobiernodel Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimientode lo dispuesto en el presente Acuerdo.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 3 días del mes de diciembrede 2015.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo de Estado
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