Nota de Presentación de Cartas Credenciales SN
El Consejo de Estado de la República de Cuba acredita a Pablo Antonio Rodríguez Vidal como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario ante la República Democrática Popular Lao. Esta acreditación se realiza en virtud de las atribuciones conferidas en la Constitución de la República.
- Pablo Antonio Rodríguez Vidal es acreditado como Embajador ante la República Democrática Popular Lao (Artículo 1).
- El Ministro de Relaciones Exteriores es responsable de cumplir con este Acuerdo (Artículo 2).
- Se ordena la publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba (Artículo 3).
- La acreditación fue adoptada por el Consejo de Estado en uso de sus atribuciones constitucionales.
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le estánconferidas en el artículo 90, inciso j), de la Constitución de la República, ha adoptado elsiguiente
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ACUERDO
PRIMERO: Disponer que PABLO ANTONIO RODRÍGUEZ VIDAL, Embajador Ex-traordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba, se acredite ante el Gobierno dela República Democrática Popular Lao.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimientode lo dispuesto en el presente Acuerdo.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectosprocedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 25 días del mes de octubrede 2016.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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