Resolución 111
La Resolución No. 111 regula la autorización de inscripción de la licencia de sucursal de la compañía española SERCOTEL CUBA, S.L. ante el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras. La emite el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
- Se autoriza la inscripción de la sucursal de SERCOTEL CUBA, S.L. ante el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- El objeto de la sucursal será la administración y comercialización de instalaciones hoteleras (Artículo SEGUNDO).
- Se prohíbe a la sucursal importar y exportar directamente con carácter comercial, realizar comercio mayorista y minorista en general, y distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional (Artículo TERCERO).
- Se concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras (Artículo QUINTO).
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 111 de 2017
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece el pro-cedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación delicencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la Repúblicade Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie-dades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expedienteincoado en virtud de la solicitud de inscripción de la licencia de la sucursal presentada porla compañía española SERCOTEL CUBA, S.L., y del análisis efectuado, se ha consideradoprocedente acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptadopor el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la licencia de la sucursal de la compañía es-pañola SERCOTEL CUBA, S.L., ante el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la Repúblicade Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía española SERCOTEL CUBA,S.L., en Cuba, a partir de la inscripción de su licencia, será la administración y comercia-lización de instalaciones hoteleras.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no auto-riza la realización de las actividades siguientes:
- a)Importar y exportar directamente, con carácter comercial.
- b)Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, exceptolos servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en los contratos queamparan las operaciones de comercio exterior.
- c)Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socieda-des Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto enla presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vi-gor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el Apar-tado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Sucursales y Agentesde Sociedades Mercantiles Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este Apartado implicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autori-zada y, consecuentemente, la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentesde Sociedades Mercantiles Extranjeras procederá al archivo del expediente incoado.
COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Ministeriodel Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de Co-mercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior, GECOMEX, a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Cen-tral de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañíaACOREC S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, a la Presidentade la compañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotoresy a cuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losseis días del mes de abril de dos mil diecisiete.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro del Comercio Exterior
y la Inversión Extranjera
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