Nota de Presentación de Cartas Credenciales SN
Esta resolución regula la denegación de una concesión de explotación de arena de río en Cienfuegos. La emite el Ministerio de Energía y Minas de Cuba.
- Se deniega la concesión de explotación de arena de río en el área Amparimao, en Cienfuegos.
- La solicitud fue presentada por la Empresa de Materiales de Construcción de Cienfuegos.
- El área solicitada contiene suelos con categoría agroproductivas I, destinados a la producción de alimentos.
- La denegación se basa en criterios del Instituto de Suelos del Ministerio de la Agricultura.
- La resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
GOC-2018-696-O33 RESOLUCIÓN No. 76/2018
POR CUANTO: Mediante el Decreto Ley No. 301, de fecha 9 de octubre de 2012, se crea el Ministerio de Energía y Minas, como Organismo de la Administración Central del Estado encargado de proponer y, una vez aprobadas, dirigir y controlar las políticas del Estado y el Gobierno en los sectores energético, geológico y minero del país.
POR CUANTO: De conformidad con la
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA de la Ley No. 76, Ley de Minas, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: La Empresa de Materiales de Construcción de Cienfuegos ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de concesión de explotación del mineral arena de río en el área denominada Amparimao, ubicada en el municipio y provincia de Cienfuegos, por un término de diez (10) años, con el objetivo de explotar dicho mineral para su utilización como materia prima en la construcción.
POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha recomendado al que resuelve denegar la solicitud presentada atendiendo a los criterios emitidos por el Instituto de Suelos del Ministerio de la Agricultura, que certifica que en el área solicitada se ubican suelos con categoría agroproductivas I, destinados a la producción de alimentos.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :PRIMERO: Denegar a la Empresa de Materiales de Construcción de Cienfuegos la concesión de explotación solicitada en el área denominada Amparimao, ubicada en el municipio y provincia de Cienfuegos, por comprometer suelos con categoría agroproductivas I, destinados a la producción de alimentos.
SEGUNDO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al director general de la Empresa de Materiales de Construcción de Cienfuegos.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los nueve días del mes de abril de 2018.Alfredo López Valdés Ministro de Energía y Minas
922 gACETA OFICIAL 16 de noviembre de 2018