Nota de Presentación de Cartas Credenciales SN
El Consejo de Estado de la República de Cuba designa a un Embajador Extraordinario y Plenipotenciario. Esta decisión se toma según las atribuciones conferidas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución de la República.
- Se designa a MIGUEL PORTO PARGA como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba.
- Se acredita a MIGUEL PORTO PARGA ante el Gobierno de la República Árabe Siria.
- El Ministro de Relaciones Exteriores es el encargado de cumplir lo dispuesto en este Acuerdo.
- La publicación en la Gaceta Oficial de la República es requerida a los efectos procedentes.
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están con-feridas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO: Designar a MIGUEL PORTO PARGA en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República.
SEGUNDO: Disponer que MIGUEL PORTO PARGA, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba, se acredite ante el Gobierno de la República Árabe Siria.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimientode lo dispuesto en el presente Acuerdo.
CUARTO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 26 días del mes deseptiembre de 2018.
Miguel Díaz-Canel Bermúdez
Presidente del Consejo de Estado
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