Nota de Presentación de Cartas Credenciales SN
El Consejo de Estado de la República de Cuba regula el proceso para cubrir un cargo vacante de diputado en la Asamblea Nacional del Poder Popular. Esta norma se emite en virtud del artículo 153 de la Ley Electoral No. 72 de 1992 y las atribuciones conferidas en la Constitución de la República.
- Se dispone que la Asamblea municipal del Poder Popular de Ranchuelo, provincia de Villa Clara, elija un diputado para cubrir el cargo vacante.
- El proceso de elección se realizará según el procedimiento establecido en la Ley Electoral.
- La Asamblea municipal constituida en colegio electoral será la encargada de efectuar la elección.
- El Acuerdo debe ser comunicado al presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular y a los presidentes de las asambleas Provincial de Villa Clara y Municipal de Ranchuelo.
- El Acuerdo será publicado en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
GOC-2019-703-O58 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en correspondencia con lo que estable-ce el artículo 153 de la Ley No. 72 de 29 de octubre de 1992, Ley Electoral, en relación con el modo de cubrir cargos vacantes de diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, y en uso de las atribuciones que le están conferidas en la Constitución de la Re-pública, ha adoptado el siguienteACUERDOPRIMERO: Disponer que la Asamblea municipal del Poder Popular de Ranchuelo, provincia de Villa Clara, constituida en colegio electoral, según el procedimiento estable-cido en la Ley Electoral, proceda a elegir un diputado para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, al presi-dente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, a los presidentes de las asambleas Provincial de Villa Clara y Municipal de Ranchuelo, respectivamente, y a cuantas personas naturales y jurídicas resulte procedente, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
1247 GACETA OFICIAL7 de agosto de 2019
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los diez días del mes de junio de 2019.Miguel Díaz - Canel Bermúdez Presidente del Consejo de Estado________________