Proclama SN
El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular emite una convocatoria para un concurso de oposición para aspirantes a plazas de jueces profesionales en los Tribunales Municipales Populares. Esta convocatoria se fundamenta en la Ley No. 82 de 1997, 'De los Tribunales Populares', y está dirigida a ciudadanos cubanos graduados de estudios superiores en Derecho.
- El concurso se realizará el 6 de julio de 2016 en las sedes de los Tribunales Provinciales Populares.
- Los aspirantes deben ser ciudadanos cubanos y estar graduados de estudios superiores en Derecho.
- El ejercicio de oposición se diseñará en dos modalidades: una para jueces suplentes no permanentes y otra para el resto de los aspirantes.
- Los interesados deberán presentar su solicitud ante la Secretaría del Tribunal Provincial Popular respectivo antes del 10 de junio de 2016.
- El concurso consta de cuatro variantes de examen con énfasis en Derecho penal, civil, económico y laboral.
- Los aspirantes aprobados recibirán un certificado que los acredita y quedarán inscritos en la candidatura para cubrir las plazas vacantes en el sistema de tribunales durante cinco años.
Texto íntegro
M. Sc. CARIDAD M. FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, SECRETARIA DEL CONSEJODE GOBIERNO Y DEL TRIBUNAL SUPREMO POPULAR.
CERTIFICO: Que el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en sesióncelebrada el día catorce de abril de dos mil dieciséis, adoptó el acuerdo No. 71 quecopiado literalmente dice así:
CONVOCATORIA AL CONCURSO DE OPOSICIÓN PARA ASPIRANTESA PLAZAS DE JUECES PROFESIONALES EN LOS TRIBUNALES MUNICIPALESPOPULARES.
POR CUANTO: La Ley No. 82 de 11 de julio de 1997, “De los Tribunales Populares”,dispone, en sus artículos 42, Apartados 5 y 55, que para el ingreso o promoción en elsistema judicial como jueces profesionales, los candidatos deben hallarse en la relaciónde aspirantes aprobados en los ejercicios de oposición que a ese efecto convoque el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, exceptuándose de ello, los cargosde Presidente y Vicepresidentes del Tribunal Supremo Popular y de los Tribunales Provinciales Populares.
POR TANTO: El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en uso de lasfacultades que le han sido conferidas, acuerda:
PRIMERO: Convocar a los ejercicios de oposición para quienes tengan interés enintegrar las candidaturas, para ingresar como jueces profesionales en el Sistema de Tribunales Populares.
SEGUNDO: Los ejercicios de oposición se diseñarán en dos modalidades: una paralos jueces suplentes no permanentes y otra para el resto de los aspirantes. Para el primerode los casos se librará una convocatoria interna en el Sistema de Tribunales Populares.
TERCERO: El ejercicio se realizará simultáneamente en las sedes de los Tribunales Provinciales el 6 de julio, en el horario de 9:00 a.m. a 1:00 p.m., versará sobre los ejestemáticos anexados a la convocatoria.
CUARTO: Los interesados deberán presentar su solicitud ante la Secretaría del Tribunal Provincial Popular respectivo, mediante un escrito en el que harán constar susnombres y apellidos, ciudadanía, fecha de nacimiento, fecha de graduación y centro deestudios superiores que expidió el título, número de inscripción en el Registro General de Juristas, estado civil, de residencia, entidades donde ha ejercido profesionalmente, tipo delabor realizada y perfil del examen que pretende realizar, acompañado de una fotocopiacertificada del título de graduado. El plazo de admisión cerrará el 10 de junio del presenteaño. Los interesados deberán reunir los requisitos siguientes:
- a)Ser ciudadano cubano.
- b)Estar graduado de estudios superiores en Derecho con título expedido o revalidadopor universidad o institución oficial autorizada.
Los recién graduados como Licenciados en Derecho pueden presentarse al concursoaunque no hayan cursado el Diplomado en Administración de Justicia.
Los jueces profesionales suplentes no permanentes que tengan interés en ocupar plazas,se presentarán al concurso de oposición, preferentemente, antes de concluir el segundoaño de su elección.
QUINTO: El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular examinará lassolicitudes presentadas por los aspirantes externos o internos, no diplomantes, y aprobaráaquellas que reúnan los requisitos conforme a lo dispuesto en el presente acuerdo. Larelación de solicitantes aprobados para realizar el ejercicio será publicada en la tablilla deanuncios del Tribunal Provincial correspondiente, a partir del día 24 de junio del presenteaño. Contra la decisión que al respecto se adopte no cabe recurso alguno.
SEXTO: En estos casos se aplicarán cuatro variantes de examen conformadas a partirde los temas anexos a esta convocatoria (Anexo No. 2), con énfasis en el perfil previamenteseleccionado por el aspirante de entre los siguientes:
- a)Batería No. 1 de contenido predominante en Derecho penal.
- b)Batería No. 2 de contenido predominante en Derecho civil, administrativo y de familia.
- c)Batería No. 3 de contenido predominante en Derecho económico.
- d)Batería No. 4 de contenido predominante en Derecho laboral.
A los aspirantes que formalicen su solicitud se les facilitará una guía con los aspectosfundamentales en que deberá prepararse, según el perfil que haya seleccionado.
SÉPTIMO: Al objeto de aplicar los exámenes y calificar sus resultados se conformarántres tribunales correspondientes a los territorios occidental (Pinar del Río, La Habana,Artemisa, Mayabeque, Matanzas e Isla de la Juventud) con sede en La Habana; central(Villa Clara, Cienfuegos, Sancti Spíritus, Ciego de Ávila y Camagüey) con sede en Cienfuegos y oriental (Las Tunas, Granma, Holguín, Santiago de Cuba y Guantánamo)con sede en Santiago de Cuba, los que estarán integrados de la manera siguiente:
- •Territorio occidental
Presidente:Carlos Manuel Díaz Tenreiro, Presidente de la Sala de lo Civil y de lo Administrativo del Tribunal Supremo Popular.
Vicepresidenta:Vivian Aguilar Pascaud, Presidenta de la Sala de lo Laboral del Tribunal Supremo Popular.
Secretaria:Farah Maritza Saucedo Pérez, Vicepresidenta del Tribunal Provincial Popularde La Habana.
Vocales:
José Félix León Rivas, Juez de la Sala de lo Civil y lo Administrativo del Tribunal Supremo Popular.
Carmen Julia López Gavilán, Presidenta en funciones de la Sala de lo Civil, Administrativo,Laboral y Económico del Tribunal Provincial Popular de Pinar del Río.
Leandro Rodríguez Cruz, Presidente de la Sala de lo Civil, Administrativo, Laboral y Económico del Tribunal Provincial Popular de Artemisa.
Nubia Tellechea Segundo, Presidenta de la Sala de lo Civil del Tribunal Provincial Popularde Matanzas.
Yolanda Pino Martínez, Presidenta de la Sala de lo Económico del Tribunal Provincial Popular de La Habana.
Iraida Arias Sanz, Presidenta de la Sala 1 ra. Penal del Tribunal Provincial Popular de La Habana.
Isabel Rojas Sanjudo Presidenta Sala 6 ta. Penal del Tribunal Provincial Popular de La Habana.
Ana Yuli Mojena González, Presidenta de la Sala Laboral del Tribunal Provincial Popularde La Habana.
Gladys María Padrón Canals, Presidenta de la Sala de la Seguridad del Tribunal Provincial Popular de La Habana.
Lilian Pérez Castillo, Presidenta de la Sala 4 ta. del Tribunal Provincial Popular de La Habana.
Yomay Olivares Gainza, Presidenta de la Sala de lo Civil y lo Administrativo del Tribunal Provincial Popular de La Habana.
Tatiana Behar Pantaleón, jueza profesional titular del Tribunal Provincial Popular de La Habana.
Juana Yasmila Pérez Hernández, jueza profesional titular del Tribunal Provincial Popularde La Habana.
- •Territorio central
Presidenta:Maricela Sosa Ravelo, Presidenta de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Popular.
Vicepresidenta:Elena Margarita Cabrera Figueroa, Presidenta del Tribunal Provincial Popular de Sancti Spíritus.
Secretaria:Yaneiky Cortijo Caballero, Presidenta Sala Primera de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de Sancti Spíritus.
Vocales:
Yanet Alfaro Guillén, Juez de la Sala de lo Civil y lo Administrativo del Tribunal Supremo Popular.
Edel González Jiménez. Presidente del Tribunal Provincial Popular de Villa Clara.
Tania Correa Lorenzo, Vicepresidenta del Tribunal Provincial Popular de Cienfuegos.
Dianelys Borges Iznaga, Presidenta de la Sala de lo Económico del TPP Cienfuegos.
Mariela Suárez Álvarez, Presidenta de la Sala de lo Civil, Laboral y Económico del Tribunal Provincial Popular de Ciego de Ávila.
Jorge Bárbaro Serantes Álvarez, Presidente de la Sala de lo Civil y de lo Administrativodel Tribunal Provincial Popular de Camagüey.
Oscar M. González Cabrera, Presidente de la Sala de lo Penal del TPP Villa Clara.
Yanisleydis Chávez Rodríguez, Presidenta de la Sala Penal del Tribunal Provincial Popular de Cienfuegos.
Rosa Margarita Montero Angulo, Juez de la Sala de lo Penal del TPP Cienfuegos.
- •Territorio oriental
Presidenta:Liliana Hernández Díaz, Presidenta de la Sala de lo Económico del Tribunal Supremo Popular.
Vicepresidenta:Raíza López Varona, Vicepresidenta del Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba.
Secretaria:Eremis Marilín Tamayo Pérez, Vicepresidenta del Tribunal Provincial Popular de Las Tunas.
Vocales:
Yusleidys Rivero Domínguez, Vicepresidenta del Tribunal Provincial Popular de Granma.
Yamilé González Cabrales, Presidenta de la Sala de lo Civil, Administrativo y Laboral Tribunal Provincial Popular de Granma.
Ibrahin Elliot González, Presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Provincial Popularde Guantánamo.
Yaritza Ribot Ávila, Presidenta de la Sala de lo Civil, Administrativo y Laboral Tribunal Provincial Popular de Holguín.
Marelys Ballester García, Presidenta de la Sala de lo Penal del Tribunal Provincial Popularde Santiago de Cuba
Angélica Maurelo Carbonell, Presidenta de la Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado del Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba.
Aymara Almaguer Torres, Presidenta en funciones de la Sala de lo Laboral del Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba.
Yeisis González Escalona, Presidenta de la Sala de lo Económico Tribunal Provincial Popular de Holguín.
Maricela Santos Pérez, jueza de la Sala Primera de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de Las Tunas.
Deysi Suárez Muñoz, juez de la Sala de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de Guantánamo.
OCTAVO: Los tribunales examinadores serán las únicas autoridades competentes paracalificar los ejercicios. Contra la calificación otorgada no se admitirá reclamación alguna.El máximo de puntuación será de 100 puntos, considerándose aprobados los que alcanceno sobrepasen los 60, para lo cual se expedirán las claves pertinentes.
NOVENO: Los resultados se darán a conocer el día 29 de julio del presente año en lasede del Tribunal Provincial en que se haya realizado el examen.
DÉCIMO: Los aspirantes que resulten aprobados recibirán el certificado que lo acreditey quedarán inscritos en la candidatura para cubrir las plazas vacantes en el sistema detribunales durante los cinco años siguientes a la fecha de expedición.
UNDÉCIMO: Quedan aprobados y se anexan a la presente convocatoria, los temaspara el ejercicio de oposición y la metodología para la realización de los exámenes.(Anexos 1 y 2, por su orden).
DUODÉCIMO: Comuníquese a todos los tribunales populares del país para su debidadivulgación. Asimismo, hágasele saber a la Fiscalía General de la República, al Ministeriode Justicia, a la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, a la Unión Nacional de Juristas de Cuba y a las universidades del país que cuenten con la carrera de Derecho,para su conocimiento y efectos, y, publíquese en la Gaceta Oficial de la República parageneral conocimiento.
ANEXO No. 1
TEMAS PARA EL EJERCICIO DE OPOSICIÓN
GENERALIDADES Y TEMAS ORGÁNICOS
- •Ética judicial.
- •Estudio del documento “Importancia del interés social y la racionalidad en las decisionesjudiciales”.
- •Ley No. 82, “De los Tribunales Populares”.
- •Reglamento de la Ley de los Tribunales Populares.
PENAL
- •Aplicabilidad en los procesos penales de los principios del Derecho penal y del Derechoprocesal penal.
- •Pluralidad y unidad de acción: concurso real, ideal y medial. El delito continuado.Fórmulas de solución de la pena para cada caso.
- •Concurso aparente de leyes. Fórmulas de solución.
- •La participación en los delitos de sujeto especial y de propia mano.
- •Eximentes de la responsabilidad penal.
- •La adecuación de la pena: principios asociados a ello.
- •Presupuestos de la actuación de los Tribunales a partir de la competencia y de lasfunciones propias del presidente del juicio y del juez ponente.
- •Los términos judiciales.
- •Los medios de prueba.
- •Medios de impugnación. Plazos de los recursos y tribunales competentes.
- •El juez de ejecución.
- •La Responsabilidad Civil derivada de la Responsabilidad Penal.
- •Variaciones procedimentales introducidas al proceso penal por el Decreto-Ley No. 310 del Consejo de Estado.
Bibliografía
Código Penal
Ley de Procedimiento Penal
Decreto-Ley No. 310 del Consejo de Estado
Instrucciones Nos. 81, 211 y 201 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular
CIVIL, FAMILIA, PROCESAL CIVIL
Nociones del contenido de la relación jurídica civil.
La representación.
Prescripción y caducidad.
La Publicidad. Eficacia registral. Especial significado de determinados registros en laactividad judicial haciendo especial énfasis en la Ley del Registro del Estado Civil.
El Matrimonio. Generalidades.
Reconocimiento judicial de matrimonio no formalizado. Requisitos esenciales. La buena fe.
Régimen económico del matrimonio. La liquidación de la comunidad matrimonial de bienes.
El divorcio. Generalidades.
Relaciones paterno filiales. Impugnación del reconocimiento. Filiación y nulidad deinscripción.
La patria potestad. Extinción y suspensión.
La guarda y cuidado y la comunicación entre padres e hijos.
La adopción.
La tutela.
Los expedientes de utilidad y necesidad.
Acuerdo Circular 318 sobre Precisiones del procedimiento de familia
Los principios del Derecho procesal civil y del proceso civil.
Jurisdicción y competencia.
Contenido de la acción y la pretensión.
Los distintos tipos de actos procesales, especial alusión a sus formalidades.
Los Procesos de Conocimiento y sus clases. Los actos preparatorios.
Los actos preparatorios. Importancia.
El proceso ordinario. Generalidades. Tipos de procesos y su incidencia en la actividadjudicial.
Procesos sumarios. Generalidades y particularidades.
Los procesos especiales. Entre estos, hacer especial énfasis en el divorcio, y amparo.Suspensión de obra nueva. Procesos sucesorios. Jurisdicción voluntaria.
El procedimiento familiar.
El procedimiento para la ejecución de sentencias.
Bibliografía
Código Civil
Código de Familia
Ley de Procedimiento Penal
Ley del Registro del Estado Civil
Instrucciones Nos. 186, 216, 217, 225, 226 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular
Acuerdo Circular 318 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular.
LABORAL
- •Nociones del contenido de la relación jurídico-laboral (concepto, sujetos, derechos yobligaciones de las partes que la integran).
- •Principios generales que informan al Derecho de Trabajo.
- •Las relaciones de trabajo en el sector estatal de la economía: - - -Principio rector de la política de empleo en este sector. Su evaluación y determinación.
- - -Vías para la formalización de la relación de trabajo. Tipos de contrato.
- - -Causales de terminación de la relación de trabajo en el sector estatal. Procedimientoaplicable en cada una de ellas.
- •Las relaciones de trabajo en el sector no estatal de la economía. - - -Relaciones de trabajo entre personas naturales. Derechos de trabajo mínimos de lostrabajadores del sector privado.
- - -Las relaciones de trabajo en el sector cooperativo (trabajo asalariado).
- •Solución de conflictos: - - -Órganos de solución de conflictos dependiendo del sector de la economía dondeestos se generen. Su competencia.
- - -Principios procesales que rigen la solución de los conflictos de trabajo.
- •El procedimiento de revisión laboral:
- Instancia facultada para su conocimiento.
- Casos en los que procede.
- -Causales.
- Términos para su solicitud.
- •El sistema de seguridad social en Cuba: - - -Sus regímenes.
- - -Tipos de prestaciones de cada uno de ello.
- - -Vías de solución de los conflictos derivados de la denegación u otorgamiento de lasprestaciones del régimen de la seguridad social.
- •La ejecución de los fallos laborales firmes dictados por los tribunales populares(Instrucción No. 218 de 2012 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular)
Bibliografía:
- -Ley No. 116 de 2013 “Código de Trabajo.
- -Decreto No. 326 de 2014, Reglamento del Código de Trabajo.
- -Ley No. 7 de 1977. LPCALE.
- -Ley No. 95 de 2002, de las Cooperativas de Producción Agropecuarias. Y su reglamento.
- -Ley de las Cooperativas de Créditos y Servicios y su reglamento.
- -Decreto-Ley No. 305 de 2012 de las Cooperativas No. Agropecuarias.
- -Instrucciones Nos. 197 de 2010 y 218 de 2012, ambas, del CG del TSP.
ECONÓMICO
- •Jurisdicción y competencia.
- •Partes, legitimación y representación procesal.
- •Requisitos de admisibilidad de la demanda y de la contestación.
- •La audiencia preliminar y la comparecencia: Diferencias en cuanto a sus fines y formade realización.
- •Medios de prueba, su práctica y valoración.
- •El régimen cautelar. Tramitación.
- •Las resoluciones judiciales: tipos y contenido.
- •El proceso ejecutivo de títulos de créditos que generan ejecución, su tramitación.
- •La contratación económica y los tipos de contratos.
- •El resarcimiento y la sanción pecuniaria.
- •Ejecución de las resoluciones judiciales.
- •Medios de impugnación.
Bibliografía
- •Ley No. 7 de 1977 Ley de Procedimiento Civil, Administrativo, Laboral y Económica
- •Decreto-Ley 304 de 2012 “De la Contratación Económica”
- •Decreto No. 210 de 2012 “De los Tipos de Contratos”
- •Ley 95 de 2002 “De las cooperativas agropecuarias”
- •Instrucción No. 215 de 2012 del CGTSP
- •Instrucción No. 220 de 2013 del CGTSP
- •Instrucción No. 207 de 2011 del CGTSP
- •Instrucción No. 225 de 2013 del CGTSP
- •Instrucción No. 226 de 2013 del CGTSP
- •Instrucción No. 183 de 2006 del CGTSP
- •Instrucción No. 185-BIS de 2007 del CGTSP
ANEXO No. 2
METODOLOGÍA PARA LA REALIZACIÓN DEL EJERCICIO DE OPOSICIÓN.
A fin de lograr la necesaria organización y uniformidad en el desarrollo del ejerciciode oposición aprobado por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, sedispone el cumplimiento de las normas complementarias siguientes:
PRIMERO: La solicitud de los aspirantes se realizará en las Secretarías de Gobierno decada Tribunal Provincial o del Tribunal Especial de Isla de la Juventud, mediante boletaque llenará el aspirante con su puño y letra, clara y legible, garantizando la fidelidad delos datos que allí consigne, la que será fuente para la confección de los certificados denotas del ejercicio de oposición. Los modelos de boletas se enviarán por la Escuela de Formación Judicial a los territorios para esos fines.
Las boletas serán remitidas a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Supremo Popularuna vez cerrado el plazo de admisión para las solicitudes.
SEGUNDO: El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular procederáoportunamente a la elaboración y aprobación del contenido de los exámenes y lascorrespondientes claves para su calificación, con las especificaciones de valores por cadapregunta, lo que será informado a los concursantes en el momento de entrega del examen.
TERCERO: El ejercicio de oposición tendrá lugar el 6 de julio de 2016, en el horariode 9:00 a.m., a 1:00 p.m. en las sedes de los Tribunales Provinciales Populares del paísy del Tribunal Especial de Isla de la Juventud. Se podrán consultar los cuerpos legalesreguladores de las materias en concurso.
CUARTO: El correcto desarrollo de los exámenes estará a cargo de los integrantes delos tribunales examinadores que se designen, quienes velarán por:
- •Garantizar la firma por los participantes de las actas de comparecencia a examen.-
- •Abrir los sobres cerrados y lacrados, contentivos de los exámenes, en presencia delos participantes, procediendo a su distribución en correspondencia con la materiasolicitada por el concursante.
- •Controlar el orden, organización, disciplina y compartimentación durante el desarrollodel examen, lo que incluye la revisión de los cuerpos legales que serán utilizados porlos aspirantes durante el ejercicio.
- •Recoger los exámenes, embalarlos en sobres cerrados y lacrados y custodiarlos hasta suentrega al Presidente del tribunal examinador.
QUINTO: La calificación de los exámenes se realizará por todos los integrantes deltribunal examinador reunidos al efecto en sesión conjunta dentro del plazo de siete díascontados a partir de la realización del ejercicio y su Presidente garantizará la actualizacióndel acta con la calificación obtenida por cada concursante, la que deberá rubricar unavez terminado el proceso de actualización. Copia de cada acta quedará en el territorioen el que se aplique el examen remitiéndose el original a la Secretaría de la Escuela de Formación Judicial.
Los tribunales examinadores tendrán en cuenta a la hora de calificar la Resolución No. 1/09 del Ministro de Educación Superior sobre el tratamiento que se dispensará a loserrores ortográficos.
El Presidente de cada tribunal examinador designará a uno de sus miembros pararectificar o comprobar, por segunda ocasión, el cálculo de los puntos otorgados a cadaexamen.
SEXTO: La calificación obtenida por cada concursante se publicará en la tablilla deanuncios de cada tribunal provincial en que se hubiere realizado el ejercicio, el día 29 dejulio del año en curso. En ese propio acto se hará entrega de los certificados de aprobadosa quienes corresponda, los que tendrán validez para el ingreso por el término de cincoaños.
SÉPTIMO: Los Presidentes de los Tribunales Provinciales Populares son responsablesde garantizar las condiciones requeridas para el adecuado desarrollo del ejercicio y enatención a ello prestarán el auxilio necesario a los integrantes del tribunal examinador.
MINISTERIOS
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