Proclama SN

Adhesión al Protocolo de Enmienda al Acuerdo Latinoamericano de Coproducción Cinematográfica

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
2018-07-12
Publicada en
Gaceta No. 42 Ordinaria de 2018 (2018-12-06)
Páginas
5–6
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La Proclama No. SN del Consejo de Estado regula la adhesión de Cuba al Protocolo de Enmienda al Acuerdo Latinoamericano de Coproducción Cinematográfica. Esta adhesión fue aprobada por el Consejo de Ministros el 8 de enero de 2018 y ratificada por el Consejo de Estado el 30 de enero de 2018.

Texto íntegro

GOC-2018-852-O42 MIGUEL DÍAZ - CANEL BERMÚDEZ, presidente del Consejo de Estado de la Re-pública de Cuba, en virtud de lo establecido en el artículo 93, inciso j), de la Constitución de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto Ley número 191, de fecha 8 de marzo de 1999, De los Tratados Internacionales. SABED: Que el 20 de junio de 2000 se adoptó en la ciudad de Madrid, España, el Protocolo de Enmienda al Acuerdo Latinoamericano de Coproducción Cinematográfica.

1106 GACETA OFICIAL 6 de diciembre de 2018 QUE el Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultades que le otorga el inciso ch), del artículo 98 de la Constitución de la República, con fecha 8 de enero de 2018, acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado la Adhesión del Protocolo de Enmienda al Acuerdo Latinoamericano de Coproducción Ci-nematográfica. QUE el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso m) del artículo 90 de la Constitución de la República, el día 30 de enero de 2018 acordó la Adhesión de Cuba al citado Protocolo. QUE el día 5 de mayo de 2018, el Gobierno de la República de Cuba le notificó al Mi-nisterio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, Consultoría Jurídica, Dirección de Tratados Multilaterales, el cumplimiento de los requisitos legales internos para la entrada en vigor de dicho Protocolo. QUE el referido Protocolo entró en vigor para la República de Cuba el 10 de mayo de 2018, de conformidad con el artículo X del mencionado Protocolo.

POR TANTO: El presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presente PROCLA-MA en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectos procedentes.

DADA en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 12 días del mes de julio de 2018.Miguel Díaz - Canel Bermúdez Presidente del Consejo de Estado________________