Proclama SN

Sobre el Tratado con Rusia sobre traslado de personas sancionadas

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
2018-07-12
Publicada en
Gaceta No. 42 Ordinaria de 2018 (2018-12-06)
Páginas
5
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Esta proclama regula la entrada en vigor del Tratado entre Cuba y Rusia sobre traslado de personas sancionadas. El presidente del Consejo de Estado de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, emite esta proclama en virtud de la Constitución y el Decreto Ley de Tratados Internacionales.

Texto íntegro

GOC-2018-851-O42 MIGUEL DÍAZ - CANEL BERMÚDEZ, presidente del Consejo de Estado de la Re-pública de Cuba, en virtud de lo establecido en el artículo 93, inciso j), de la Constitución de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto Ley número 191, de fecha 8 de marzo de 1999, De los Tratados Internacionales. SABED: Que el 13 de diciembre de 2016 fue firmado en La Habana el Tratado entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre el tras-lado de personas sancionadas a privación de libertad para el cumplimiento de la sanción. QUE el Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultades que le otorga el inciso ch), del artículo 98 de la Constitución de la República, con fecha 17 de agosto de 2017, acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado el Tratado entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la Federación de Ru-sia sobre el traslado de personas sancionadas a privación de libertad para el cumplimiento de la sanción. QUE el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso m) del artículo 90 de la Constitución de la República, el día 18 de septiembre de 2017 acordó la ratificación de Cuba al citado Tratado. QUE el día 28 de septiembre de 2017, el Gobierno de la República de Cuba le comu-nicó al Gobierno de la Federación de Rusia el cumplimiento de sus requisitos legales in-ternos para la entrada en vigor del referido Tratado y, a su vez, el día 19 de junio de 2018, el Gobierno de la Federación de Rusia le comunicó al Gobierno de la República de Cuba el cumplimiento de sus requisitos legales internos, a los fines de su entrada en vigor el día 20 de julio de 2018, conforme al artículo 20 del mismo.

POR TANTO: El presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presente PROCLA-MA en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectos procedentes.

DADA en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 12 días del mes de julio de 2018.Miguel Díaz - Canel Bermúdez Presidente del Consejo de Estado________________