Proclama SN

Sobre el Memorando de Entendimiento con Pakistán

Organismo
Asamblea Nacional del Poder Popular
Fecha emisión
2020-02-12
Publicada en
Gaceta No. 23 Ordinaria de 2020 (2020-03-25)
Páginas
4–5
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Esta norma regula la aprobación y entrada en vigor del Memorando de Entendimiento sobre Cooperación en materia de gestión del riesgo de desastres entre Cuba y Pakistán. Fue emitida por Esteban Lazo Hernández, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Texto íntegro

GOC-2020-224-O23 ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, en virtud de lo establecido en la Constitución de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto-Ley Número 191, de 8 de marzo de 1999, “De los Tratados Internacionales”. SABED: Que el 5 de julio de 2017, fue suscrito en la ciudad de Islamabad, el Memorando de Entendimiento sobre Cooperación en materia de gestión del riesgo de desastres entre el Gobierno de la República de Cuba, y el Gobierno de la República Islámica de Pakistán. QUE el Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultades que le otorgaba el inciso ch), del

Artículo 98, de la entonces vigente Constitución de la República de 24 de febrero de 1976, en fecha 3 de octubre de 2017, acordó por el Acuerdo No. 8228, aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado, el Memorando de Entendimiento sobre Cooperación en materia de gestión del riesgo de desastres, entre el Gobierno de la República de Cuba, y el Gobierno de la República Islámica de Pakistán. QUE el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le estaban conferidas en el inciso m), del

Artículo 90, de la entonces vigente Constitución de la República de 24 de febrero de 1976, el día 3 de noviembre de 2017, acordó la ratificación de Cuba al citado Memorando de Entendimiento. QUE el día 20 de noviembre de 2017, el Gobierno de la República de Cuba le comunicó al Gobierno de la República Islámica de Pakistán, el cumplimiento de sus procedimientos internos pertinentes para la entrada en vigor del referido Memorando de Entendimiento y, a su vez, el día 3 de febrero de 2020, el Gobierno de la República Islámica de Pakistán, le comunicó al Gobierno de la República de Cuba, el cumplimiento de sus procedimientos legales pertinentes, a los fines de su entrada en vigor ese propio día 3 de febrero de 2020, conforme al

Artículo 9.1 del mismo.

822 GACETA OFICIAL 25 de marzo de 2020

POR TANTO: El Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique el texto del Memorando de Entendimiento y la presente PROCLAMA en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.

DADO en la sede de la Asamblea Nacional del Poder Popular, en La Habana, a los 12 días del mes de febrero de 2020.Esteban Lazo Hernández Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular________________