Proclama SN

Sobre la ratificación del Acuerdo de Intercambio y Cooperación Cultural con Sudáfrica

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 18 Ordinaria de 2022 (2022-02-16)
Páginas
8–9
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Esta norma regula la ratificación del Acuerdo de Intercambio y Cooperación Cultural entre Cuba y Sudáfrica. El acuerdo fue firmado el 10 de junio de 2021 y ratificado por el Consejo de Estado de Cuba el 12 de octubre de 2021.

Texto íntegro

GOC-2022-169-O18 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en virtud de lo establecido en el

Artículo 122 inciso ñ) de la Constitución de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto- Ley Número 191, de fecha 8 de marzo de 1999, “De los Tratados Internacionales”. SABED: Que el 10 de junio de 2021, fue firmado en Pretoria, Sudáfrica, el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República de Sudáfrica sobre Intercambio y Cooperación Cultural. QUE el Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultades que le otorgan los incisos d) y o) del

Artículo 137 de la Constitución de la República, con fecha 31 de agosto de 2021, acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República de Sudáfrica sobre Intercambio y Cooperación Cultural. QUE el Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso ñ) del

Artículo 122 de la Constitución de la República, el día 12 de octubre de 2021, acordó la ratificación de Cuba del citado Acuerdo.

505 GACETA OFICIAL16 de febrero de 2022 QUE el día 29 de octubre de 2021 el Gobierno de la República de Cuba comunicó al Gobierno de la República de Sudáfrica el cumplimiento de sus requisitos legales internos y, a su vez, el 2 de febrero de 2022, el Gobierno de la República de Sudáfrica le comunicó al Gobierno de la República de Cuba el cumplimiento de sus requisitos legales internos para la entrada en vigor del referido Acuerdo el propio día 2 de febrero de 2022, según el

Artículo 12 del mismo.

POR TANTO: El Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presente PROCLAMA en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.

DADA en La Habana, el día 3 de febrero de 2022, “Año 64 de la Revolución”.Juan Esteban Lazo HernándezCONSEJO DE MINISTROS______