Acuerdo 480
El Consejo de Estado designa a Ricardo Sotero García Nápoles como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba ante Benín. Esta decisión se toma según el Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República.
- Se designa a Ricardo Sotero García Nápoles como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba ante Benín.
- El embajador designado deberá acreditarse ante las autoridades de Benín.
- El Ministro de Relaciones Exteriores es el encargado de cumplir con lo dispuesto en este Acuerdo.
- La notificación de este Acuerdo se hará al Ministro de Relaciones Exteriores, al Secretario del Consejo de Ministros, entre otros.
- El Acuerdo debe publicarse en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
GOC-2023-231-O27 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República, ha considerado lo siguiente:
POR TANTO: El Consejo de Estado, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:ACUERDO No. 480
PRIMERO: Designar a RICARDO SOTERO GARCÍA NÁPOLES en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante la República de Benín.
SEGUNDO: Disponer que RICARDO SOTERO GARCÍA NÁPOLES se acredite como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante la República de Benín.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el presente Acuerdo. NOTIFÍQUESE al Ministro de Relaciones Exteriores, al Secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en La Habana, a los 6 días del mes de marzo de 2023.Juan Esteban Lazo Hernández________________