Proclama SN
Esta norma regula la ratificación del Convenio entre Cuba y Rusia sobre ayuda financiera no reembolsable. La emite el presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, Juan Esteban Lazo Hernández, en virtud de lo establecido en la Constitución de la República.
- Se ratifica el Convenio entre Cuba y Rusia sobre ayuda financiera no reembolsable firmado el 16 de noviembre de 2022.
- El Convenio fue aprobado por el Consejo de Ministros el 18 de abril de 2023.
- El Consejo de Estado acordó la ratificación del Convenio el 15 de mayo de 2023.
- El Convenio entró en vigor el 25 de agosto de 2025 según el Artículo 7 del Acuerdo.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en virtud de lo establecido en el
Artículo 122 inciso ñ) de la Cons-titución de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto-Ley 191, de fecha 8 de marzo de 1999, “De los Tratados Internacionales”.
SABED: Que el 16 de noviembre de 2022, fue firmado en la ciudad de Moscú, Rusia,el Convenio entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la Federaciónde Rusia sobre el otorgamiento por la Federación de Rusia de una ayuda financiera noreembolsable con fines específicos a la República de Cuba.
QUE el Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultadesque le otorga los incisos d) y o) del
Artículo 137 de la Constitución de la República, confecha 18 de abril de 2023, acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado,el Convenio entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre el otorgamiento por la Federación de Rusia de una ayuda financiera no reem-bolsable con fines específicos a la República de Cuba.
QUE el Consejo de Estado en uso de las atribuciones que le están conferidas en elinciso ñ) del
Artículo 122, de la Constitución de la República, el día 15 de mayo de 2023,acordó la ratificación de Cuba al citado Acuerdo.
QUE el día 30 de mayo de 2023, el Gobierno de la República de Cuba, le comunicó al Gobierno de la Federación de Rusia el cumplimiento de sus procedimientos legales internospara la entrada en vigor del referido Acuerdo y, a su vez, el día 11 de agosto de 2025, el Go-bierno de la Federación de Rusia le comunicó al Gobierno de la República de Cuba elcumplimiento de sus procedimientos legales internos, por lo que, según el
Artículo 7 del referido Acuerdo, entró en vigor el día 25 de agosto de 2025.
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POR TANTO: El Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso delas atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presente PROCLAMAen la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes.
DADA en La Habana, a los 2 días del mes de septiembre de 2025.
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ