Resolución 486
La Resolución No. 486 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción del permiso de reconocimiento otorgado a Pinares S.A. para realizar trabajos mineros en el área denominada Yaguaneque. Esta resolución se emite en virtud de la Ley 76 de Minas, que otorga al Ministerio de la Industria Básica la facultad de disponer la extinción de los permisos de reconocimiento.
- Se dispone la extinción del permiso de reconocimiento otorgado a Pinares S.A. mediante Resolución No. 335 de 12 de octubre de 1999.
- El terreno que abarcaba el permiso de reconocimiento queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- Pinares S.A. debe cumplir con las obligaciones contraídas y realizar indemnizaciones por daños o perjuicios causados.
- Se deroga la Resolución No. 335 de 12 de octubre de 1999 que otorgó el permiso de reconocimiento.
- Se ordena notificar a Pinares S.A., la Oficina Nacional de Recursos Minerales y publicar en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 486
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POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de los permisos de reconocimiento que hubiera otorgado.
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POR CUANTO: Ha vencido el término del permiso de reconocimiento otorgado mediante la Resolución No. 335 de 12 de octubre de 1999, del que resuelve, a Pinares S.A. para la realización de trabajos preliminares en el área denominada Yaguaneque.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Disponer la extinción del permiso de reconocimiento otorgado mediante Resolución No. 335 de 12 de octubre de 1999, del que resuelve, a Pinares S.A., para la realización de trabajos mineros en el área denominada Yaguaneque.
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SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el permiso de reconocimiento, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
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TERCERO: Pinares S.A., está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgado el permiso de reconocimiento si no las hubiere aún ejecutado,
- así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
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CUARTO: Se deroga la Resolución No. 335 de 12 de octubre de 1999, del que resuelve, que otorgó el permiso de reconocimiento a Pinares S.A. sobre el área denominada Yaguaneque.
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QUINTO: Notifíquese a Pinares S.A., a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.
Dada en Ciudad de La Habana a los 28 días del mes de diciembre del 2001
Marcos Portal León
Ministro de la Industria Básica
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JUSTICIA