Resolución 48/2003

Modificaciones a la Metodología para la Aplicación del Sistema Evaluativo de los Técnicos

Organismo
Aduana General de la República
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 4 Extraordinaria de 2004 (2004-04-12)
Páginas
11–12
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La Resolución No. 48/2003 de la Aduana General de la República modifica la Metodología para la Aplicación del Sistema Evaluativo de los Técnicos. Esta norma actualiza el sistema de evaluación para adecuarlo a los niveles profesionales y objetivos institucionales.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 48/2003

POR CUANTO: Con fecha 11 de noviembre del 2001, el que suscribe emitió la Resolución No. 30, que puso en vigor la Metodología para la Aplicación del Sistema Evaluativo de los Técnicos en la Aduana General de la República.

POR CUANTO: Las experiencias en la aplicación de esta Metodología en el Sistema de Organos Aduaneros se imponen adecuarla a los niveles profesionales que la institución ha logrado y a los propósitos que persigue alcanzar en su estrategia de desarrollo.

POR CUANTO: El que suscribe ha sido designado Jefe de

12 de abril de 2004 GACETA OFICIAL 33 la Aduana General de la República por el Acuerdo No. 2867 de fecha 2 de marzo de 1995, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :PRIMERO: Modificar lo dispuesto en el acápite 3.10 de la Metodología para la Aplicación del Sistema Evaluativo de los Técnicos en la Aduana General de la República, el cual quedará redactado de la siguiente forma:“3.10-El resultado final de la evaluación será la coincidencia del mayor número de marcaciones que se realicen en una calificación y que se plasmarán en suma resultante. De obtenerse calificaciones de satisfactorio en los puntos a, b, c o f del modelo evaluativo vigente en la institución la calificación resultante final no sobrepasará el nivel de satisfactorio. De igual forma si alguno de estos aspectos fueran valorados como deficiente, la calificación final de la evaluación será considerada deficiente. Para obtener calificación de sobresaliente será requerible que los puntos a, b, c o f anteriormente mencionados, obtengan en su totalidad la calificación de sobresaliente”.SEGUNDO: Agregar en el Capítulo 3 de la Metodología para la Aplicación del Sistema Evaluativo de los Técnicos en la Aduana General de la República, el acápite 3.14 el cual quedará redactado de la siguiente forma:“3.14-Los Vice Jefes, Directores, Jefes de Departamentos de la Aduana General, Jefes de Delegaciones Territoriales, Jefes de Aduanas Independientes y el Jefe del CADI determinarán los cargos técnicos que requieran de conocimiento del idioma inglés u otro indispensable para el cumplimiento de sus deberes inherentes al cargo que desempeñan en sus correspondientes unidades organizativas incluyendo dicha relación como anexo al Convenio Colectivo de Trabajo de cada unidad aduanera. En la evaluación de los titulares de dichos cargos se consignará en las conclusiones de dicha evaluación si tienen certificado del idioma en cuestión o si lo estudian. De no contar con la titulación consignada o no estar matriculado en cursos de idioma, la calificación final de la evaluación no sobrepasará el nivel de satisfactorio con independencia de la que hubiera obtenido en los aspectos a, b, c, d, e, f y g.”TERCERO: Los Jefes a cada nivel, son responsables de imponer a todos sus trabajadores con categoría ocupacional de TECNICOS las modificaciones antes mencionadas, y tomarán las medidas organizativas para garantizar que lo que en la presente se resuelve sea aplicable en el proceso evaluativo correspondiente al año 2004 que se realiza en el mes de febrero del año 2005. NOTIFIQUESE la presente a todo el Sistema de Organos Aduaneros y a cuantas más personas naturales y jurídicas corresponda. Archívese el original en la Dirección de Asuntos Legales de la Aduana General de la República. Dada en la Aduana General de la República, en Ciudad de La Habana, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil tres.Pedro Ramón Pupo Pérez Jefe de la Aduana General de la República_______________