Resolución 1

Denegación de prórroga de concesión de explotación Arena Siguanea

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2023-01-25
Publicada en
Gaceta No. 10 Ordinaria de 2023 (2023-01-31)
Páginas
5–6
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Resumen generado por IA

La Resolución No. 1 del Ministerio de Energía y Minas deniega la prórroga de concesión de explotación Arena Siguanea, ubicada en el municipio especial Isla de la Juventud. La decisión se toma atendiendo a criterios ambientales y al vencimiento del término otorgado para dicha concesión.

Texto íntegro

GOC-2023-102-O10 RESOLUCIÓN 1/2023

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: La Empresa de Materiales de la Construcción No. 4, posteriormente denominada Empresa de Materiales de Construcción de la Isla de la Juventud, ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de prórroga de la concesión de explotación Arena Siguanea, ubicada en el municipio especial Isla de la Juventud, otorgada por la Resolución 10, de 16 de enero de 1998, del Ministro de la Industria Básica, con el objeto de continuar la explotación del mineral arena normalizada por un término de veinticinco (25) años.

160 GACETA OFICIAL 31 de enero de 2023

POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha recomendado al que resuelve denegar dicha solicitud atendiendo a los criterios emitidos por la Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental, que certifica que el área solicitada se ubica dentro de la Reserva Ecológica “Los Indios” como zona con regulaciones especiales de alta significación ambiental y patrimonio natural de la nación; así como por llegar al vencimiento del término otorgado para dicha concesión.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso e), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Denegar a la Empresa de Materiales de Construcción de la Isla de la Juventud la solicitud de prórroga a la concesión de explotación en el área denominada Arena Siguanea, ubicada en el municipio especial Isla de la Juventud, por comprometer la Reserva Ecológica “Los Indios” como zona con regulaciones especiales de alta significación ambiental y patrimonio natural de la nación.

SEGUNDO: Extinguir la concesión de explotación denominada Arena Siguanea, ubicada en el municipio especial Isla de la Juventud, otorgada por la Resolución 10, de 16 de enero de 1998, del Ministro de la Industria Básica, a la Empresa de Materiales de Construcción de la Isla de la Juventud.

TERCERO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

CUARTO: La Empresa de Materiales de Construcción de la Isla de la Juventud está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios a que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.

QUINTO: Derogar la Resolución 10, de 16 de enero de 1998, del Ministro de la Industria Básica. NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa de Materiales de Construcción de la Isla de la Juventud.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 25 días del mes de enero de 2023, “Año 65 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro