Resolución 1/2026

Sobre la descentralización de facultades para aprobar precios y tarifas en dólares estadounidenses

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2026-01-05
Publicada en
Gaceta No. 22 Extraordinaria de 2026 (2026-02-12)
Páginas
2–3
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Resumen generado por IA

La Resolución 1/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios regula la descentralización de facultades para aprobar precios y tarifas en dólares estadounidenses. Esta norma faculta a directivos de empresas estatales para aprobar precios y tarifas en dólares para servicios y productos destinados a entidades que operan en divisas y personal extranjero.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 1/2026

POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”, de 25 de noviembre de 2020, establece la nomenclatura de productos y servicios cuyosprecios y tarifas en pesos cubanos, se fijan y modifican por el Consejo de Ministros y faculta al ministro de Finanzas y Precios o en quien este delegue, a aprobar y modificarlos precios y tarifas de los productos y servicios que no están relacionados en su Anexo Único.

POR CUANTO: Las resoluciones 419, de 29 de diciembre de 2020, 7, de 1 de febrero de 2021 y 66, de 7 de abril de 2021, dictadas por la ministra de Finanzas y Precios, establecen en pesos cubanos, las tarifas máximas para los servicios técnicos productivos deabasto de agua, desobstrucciones en el interior de las edificaciones y otros servicios que prestan las entidades del Sistema Empresarial atendido y patrocinado por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos en el sector productivo; los precios mayoristas de los combustibles, a aplicar por la Unión Cubapetróleo, en las ventas directas que realiza a entidadesestatales y sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, sujetos que operan en el país al amparo de la Ley 118 “De la Inversión Extranjera”, así como a los usuarios yconcesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel; y el Sistema para la formación de las tarifas eléctricas, para el cobro del servicio eléctrico, y los grupos de tarifas máxi-mas para consumidores del sector no residencial y residencial extranjero.

POR CUANTO: Resulta necesario descentralizar las facultades de aprobación de los referidos precios y tarifas, en dólares estadounidenses, con destino a las entidades queoperan únicamente en divisas y al personal extranjero de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y representaciones de organismos internacionales.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el

Artículo 145,inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Facultar al presidente del Grupo Empresarial de Agua y Saneamiento, para aprobar las tarifas máximas en dólares estadounidenses para el cobro de los servicios de abasto de agua y alcantarillado, que aplican las entidades que prestan servicios de agua y saneamiento, a las entidades del sector productivo y de servicio, que operan únicamente en divisas.

SEGUNDO: Facultar al director general de la Unión Cubapetróelo, para aprobar los precios máximos en dólares estadounidenses para el cobro del gas licuado envasado y granel y gas manufacturado, comercializado por sus entidades, a las entidades que operanúnicamente en divisas y al personal extranjero de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y representaciones de organismos internacionales.

TERCERO: Facultar al director general de la Unión Eléctrica, para aprobar las tarifas eléctricas, en dólares estadounidenses, para el servicio con destino a las entidades queoperan únicamente en divisas y al personal extranjero de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y representaciones de organismos internacionales.

DISPOSICIÓN FINALÚNICA: La presente Resolución entra en vigor en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 5 días del mes de enero de 2026.Vladimir Regueiro Ale Ministro