Resolución 10
La Resolución No. 10 del Ministerio de la Construcción regula la renovación de licencias para empresas constructoras, proyectistas y consultores en Cuba. El Ministerio de la Construcción emite esta resolución en ejercicio de sus facultades.
- Autorizar la renovación de licencias para empresas como Empresa Provincial Integral de Construcción y Mantenimiento, Empresa de Materiales de Construcción de Guantánamo, Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 47, Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 21, Empresa de Construcción y Montaje Agroindustrial Villa Clara, Empresa Mixta Tecnologías Internacionales para la Construcci
- Las licencias renovadas tienen un término de 12 a 24 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la licencia anteriormente otorgada.
- Las empresas autorizadas pueden realizar servicios de construcción, reparación, montaje, conservación y mantenimiento de objetivos autorizados.
- Se establecen los tipos de objetivos y servicios que cada empresa puede realizar, como obras de arquitectura, viviendas, obras viales, obras industriales, entre otros.
- El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
Texto íntegro
Resolución No. 326/04 dictada el 26 de noviembre del 2004, ha sido autorizada la creación de la Unidad Presupuestada Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear, en forma abreviada ORASEN, a todos los efectos legales, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a partir de la conversión de la Organización Superior de Dirección Empresarial de igual denominación, en unidad presupuestada.
POR CUANTO: El Apartado Quinto de la precitada Resolución del Ministerio de Economía y Planificación establece, que la autorización concedida surte efectos a partir del primero de octubre del 2004 en un término ampliado a 120 días conforme a lo establecido en el Apartado Primero de la Resolución No. 146, del 2 de abril de 1997 del Ministerio de Economía y Planificación, la presente resolución se dicta dentro del término legalmente establecido para ello.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas;
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R e s u e l v o :PRIMERO: Crear la Unidad Presupuestada Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear, en forma abreviada ORASEN, a todos los efectos legales, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a partir de la conversión de la Organización Superior de Dirección Empresarial de igual denominación, en unidad presupuestada.
SEGUNDO: La unidad presupuestada denominada Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear, tiene en lo sucesivo el objeto siguiente: 1. Organizar y gerenciar el proceso de concesión de autorizaciones, permisos y licencias en las esferas reguladoras de control ambiental, la seguridad biológica, la seguridad nuclear y radiológica y el control de armas químicas, en correspondencia con la legislación vigente. 2. Otorgar, modificar, renovar y suspender o revocar autorizaciones, permisos y licencias en las esferas de su competencia, en moneda nacional. 3. Inscribir y registrar las entidades acreditadas para la realización de estudios y consultorías en las esferas de su competencia, en moneda nacional. 4. Realizar eventos y otras actividades científico técnicas en las esferas de su competencia, en moneda nacional. 5. Brindar servicio científico técnicos de soluciones tecnológicas en instalaciones de alto riesgo, en moneda nacional y divisa al costo. 6. Dirigir y ejecutar programas y proyectos científico técnicos en las esferas de su competencia, en moneda nacional. 7. Ofertar servicios de cafetería y comedor a sus trabajadores, en moneda nacional.
TERCERO: La dirección, organización y funcionamiento se ajustan a las disposiciones vigentes y su estructura y plantilla se aprueban de acuerdo con lo que establece el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
CUARTO: Extinguir la unidad presupuestada denominada Centro Nacional de Seguridad Nuclear, subordinada a este Ministerio, la que a todos los efectos legales se subroga en lugar y grado a la unidad presupuestada Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear.
QUINTO: Disponer que los bienes, recursos, derechos y obligaciones de toda índole adquiridos o contraídos por la unidad presupuestada que se extingue, se transfieran a la unidad presupuestada Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear.
SEXTO: Disponer que cualquier deuda o compromiso contraído por la unidad presupuestada que se extingue, denominada Centro Nacional de Seguridad Nuclear quede definida y legalizada a través de contratos.
SÉPTIMO: La presente Resolución surte efectos legales a partir del tercer día siguiente al de su firma.
OCTAVO: Se deroga la Resolución No. 28/2002 en todo lo que se oponga a lo que por medio de la presente se dispone. COMUNIQUESE, con remisión de copia en todos los casos, al Director General de la Unidad Presupuestada Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear, a la Directora del Centro Nacional de Seguridad Nuclear, a los Ministerios de Economía y Planificación, Trabajo y Seguridad Social, Comercio Interior, Banco Central de Cuba, Grupo de Perfeccionamiento Empresarial, a la Oficina Nacional de Estadísticas, a los Viceministros y a la Directora de Perfeccionamiento y Organización de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a cuantas otras personas naturales o jurídicas deban conocerla.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República. DADA, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la Ciudad de La Habana, a los 12 días del mes de enero de 2005.Dr. Fernando Mario González Bermúdez Ministro psr. Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente ____________CONSTRUCCION RESOLUCION MINISTERIAL No. 2/2005
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Provincial Integral de Construcción y Mantenimiento, del Organo Provincial del Poder Popular en la provincia de La Habana.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Provincial Integral de Construcción y Mantenimiento, del Organo Provincial del Poder Popular en la provincia de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa Provincial Integral de Construcción y Mantenimiento, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:Alcance de los servicios autorizados: Servicios de Constructor— Construcción, reconstrucción, remodelación, rehabilitación, reparación, restauración, decoración, desmontaje, demolición, montaje, conservación y mantenimiento de los objetivos autorizados. — Producción de mezclas asfálticas y colocación en obra. — Producción y comercialización de materiales alternativos. — Producción, comercialización y montaje de carpintería de madera y aluminio. — Jardinería de obra. — Impermeabilización de cubiertas.Tipos de Objetivos:— Obras de Arquitectura. — Obras Viales. — Obras de Hidrosanitarias. — Obras de la Defensa. — Viviendas hasta cinco niveles. Para ejercer como Constructor.
TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 12 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada, en virtud de no haber presentado aún el objeto empresarial actualizado.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
QUINTO: Notifíquese la presente Resolución al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos, al Director de Inspección Estatal del Organismo y al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Publíquese en la Gaceta Oficial y archívese el original de la misma en la Dirección de Asesoría Jurídica.
DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 17 días del mes de enero del 2005.Fidel F. Figueroa de la Paz Ministro de la Construcción ____________RESOLUCION MINISTERIAL No. 3/2005
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Materiales de Construcción de Guantánamo, del Ministerio de la Construcción en la propia provincia.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa de Materiales de Construcción de Guantánamo, del Ministerio de la Construcción en la propia provincia, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial,
22 de marzo de 2005 GACETA OFICIAL 180 la Empresa de Materiales de Construcción de Guantánamo, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:Alcance de los servicios autorizados: Servicios de Constructor— Construcción, reparación, montaje, conservación y mantenimiento de los objetivos autorizados. — Producción y montaje de carpintería de madera. — Impermeabilización de cubiertas y techos.Tipos de Objetivos:— Obras de viviendas hasta dos niveles. — Obras de Arquitectura. — Obras viales. Pequeños movimientos de tierra en urbanizaciones y caminos. — Obras Industriales para la producción de materiales. Para ejercer como Constructor.
TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 18 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
QUINTO: Notifíquese la presente Resolución al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos, al Director de Inspección Estatal del Organismo y al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Publíquese en la Gaceta Oficial y archívese el original de la misma en la Dirección de Asesoría Jurídica.
DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 17 días del mes de enero del 2005.Fidel F. Figueroa de la Paz Ministro de la Construcción ____________RESOLUCION MINISTERIAL No. 4/2005
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 47, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Matanzas.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 47, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Matanzas, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 47,quedará autorizada para la realización de lo siguiente:Alcance de los servicios autorizados: Servicios de Constructor— Construcción, reconstrucción, remodelación, restauración, decoración, demolición, desmontaje, reparación, montaje, conservación y mantenimiento de los objetivos autorizados. — Jardinería de obras. — Impermeabilización, tratamiento superficial y recubrimiento químico. — Sand – Blasting. — Servicios de post – venta. — Instalación, reparación y mantenimiento a sistemas de corrientes débiles, incluyendo sistemas automáticos de detección de incendios, se excluyen los sistemas de protección y seguridad. — Producción de conductos y estructuras metálicas. — Carpintería de madera, aluminio y PVC. — Producción de elementos y materiales alternativos.
22 de marzo de 2005 GACETA OFICIAL 181 Tipos de Objetivos:— Obras de Arquitectura de cualquier tipo. — Viviendas hasta cinco niveles. — Obras Industriales. Para ejercer como Constructor.TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 24 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
QUINTO: Notifíquese la presente Resolución al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos, al Director de Inspección Estatal del Organismo y al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Publíquese en la Gaceta Oficial y archívese el original de la misma en la Dirección de Asesoría Jurídica.
DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 17 días del mes de enero del 2005.Fidel F. Figueroa de la Paz Ministro de la Construcción ____________RESOLUCION MINISTERIAL No. 5/2005
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 21, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Santiago de Cuba.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 21, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Santiago de Cuba, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 21, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:Alcance de los servicios autorizados: Servicios de Constructor— Construcción, reconstrucción, remodelación, rehabilitación, restauración, decoración, reparación, demolición, desmontaje, montaje, conservación y mantenimiento de los objetivos autorizados. — Jardinería de Obras. — Tratamiento superficial y recubrimiento químico. — Sand – Blasting. — Impermeabilizaciones integrales. — Servicios de post – venta. — Producción de conductos y estructuras metálicas. — Producción de hormigones hidráulicos. — Carpintería de madera.Tipos de Objetivos:— Obras de Arquitectura de todo tipo. Para ejercer como Constructor.TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 24 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
QUINTO: Notifíquese la presente Resolución al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del
22 de marzo de 2005 GACETA OFICIAL 182 Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos, al Director de Inspección Estatal del Organismo y al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Publíquese en la Gaceta Oficial y archívese el original de la misma en la Dirección de Asesoría Jurídica.
DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 17 días del mes de enero del 2005.Fidel F. Figueroa de la Paz Ministro de la Construcción ____________RESOLUCION MINISTERIAL No. 6/2005
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: El Reglamento del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, establece que corresponde al Ministro de la Construcción, resolver sobre las solicitudes de inscripción presentadas ante dicho Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, en cumplimiento de lo dispuesto en el
Artículo 16, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Construcción y Montaje Agroindustrial Villa Clara, del Ministerio del Azúcar en la propia provincia.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Inscripción de la Empresa de Construcción y Montaje Agroindustrial Villa Clara, del Ministerio del Azúcar en la propia provincia, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa de Construcción y Montaje Agroindustrial Villa Clara, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:Alcance de los servicios autorizados: Servicios de Constructor y Contratista Servicios de Constructor— Construcción, montaje, desmontaje, reparación, mantenimiento, demolición, remodelación, reconstrucción, rehabilitación de los objetivos autorizados. — Producción de materiales de construcción, hormigón, morteros, elementos prefabricados de hormigón y explosivos.Servicios de Contratista— Dirección Integrada de la Construcción.Tipos de Objetivos:— Viviendas. — Obras de Ingeniería (viales e hidráulicas). — Obras Industriales. — Obras de Arquitectura. Para ejercer como Constructor y Contratista.TERCERO: La Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 24 meses, a partir de la fecha de su inscripción.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
QUINTO: Se concede un plazo de 90 días naturales, contados a partir de la fecha de la presente Resolución, para que la entidad, cuya inscripción se autoriza en el Apartado Primero, formalice su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba. El incumplimiento del plazo establecido en este Apartado implicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba procederá al archivo del expediente incoado.
SEXTO: Notifíquese la presente Resolución al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos, al Director de Inspección Estatal del Organismo y al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado.
22 de marzo de 2005 GACETA OFICIAL 183 Publíquese en la Gaceta Oficial y archívese el original de la misma en la Dirección de Asesoría Jurídica.
DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 17 días del mes de enero del 2005.Fidel F. Figueroa de la Paz Ministro de la Construcción ____________RESOLUCION MINISTERIAL No. 7/2005
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Mixta Tecnologías Internacionales para la Construcción, S.A., (TICSA), con domicilio social en Ciudad de La Habana.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Mixta Tecnologías Internacionales para la Construcción, S.A., (TICSA), con domicilio social en Ciudad de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa Mixta Tecnologías Internacionales para la Construcción, S.A., (TICSA), quedará autorizada para la realización de lo siguiente:Alcance de los servicios autorizados: Servicios de Contratista— Servicios integrados de ingeniería de la dirección de la construcción. — Producción y comercialización de elementos prefabricados, aditivos, productos de acabados y elaboración de acero.Tipos de Objetivos:— Obras de Arquitectura. — Obras de Ingeniería. — Viviendas hasta cinco niveles.Servicios técnicos— Servicios integrados de ingeniería en dirección integrada de proyectos de inversión. — Servicios de ingeniería en supervisión, control e inspección técnica. — Servicios de consultoría en asistencia técnica en organización de obras, empleos de tecnologías y materiales constructivos.Tipos de objetivos:— Cualquier obra, donde se emplee la tecnología de polistereno expandido, EPS. Para ejercer como Contratista, Proyectista y Consultor.TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 24 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
QUINTO: Notifíquese la presente Resolución al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos, al Director de Inspección Estatal del Organismo y al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Publíquese en la Gaceta Oficial y archívese el original de la misma en la Dirección de Asesoría Jurídica.
DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 17 días del mes de enero del 2005.Fidel F. Figueroa de la Paz Ministro de la Construcción
22 de marzo de 2005 GACETA OFICIAL 184 RESOLUCION MINISTERIAL No. 8/2005
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Provincial de Aseguramiento al Comercio Minorista, del Organo Provincial del Poder Popular en Ciudad de La Habana.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Provincial de Aseguramiento al Comercio Minorista, del Organo Provincial del Poder Popular en Ciudad de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa Provincial de Aseguramiento al Comercio Minorista, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:Alcance de los servicios autorizados: Servicios de Constructor— Construcción, reconstrucción, remodelación, rehabilitación, restauración, reparación, decoración, demolición, montaje, conservación y mantenimiento de los objetivos autorizados. — Carpintería de madera. — Construcción y colocación de rejas y puertas metálicas.Tipos de Objetivos:— Obras de Arquitectura. Para ejercer como Constructor.TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 12 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada, en virtud de que no han presentado aún el objeto empresarial actualizado.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
QUINTO: Notifíquese la presente Resolución al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos, al Director de Inspección Estatal del Organismo y al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Publíquese en la Gaceta Oficial y archívese el original de la misma en la Dirección de Asesoría Jurídica.
DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 17 días del mes de enero del 2005.Fidel F. Figueroa de la Paz Ministro de la Construcción ____________RESOLUCION MINISTERIAL No. 9/2005
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructo-
22 de marzo de 2005 GACETA OFICIAL 185 res, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Transporte, Servicios y Abastecimiento (TSA), del Ministerio de la Industria Sidero – Mecánica en la provincia de Holguín.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa de Transporte, Servicios y Abastecimiento (TSA), del Ministerio de la Industria Sidero – Mecánica en la provincia de Holguín, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa de Transporte, Servicios y Abastecimiento (TSA), quedará autorizada para la realización de lo siguiente:Alcance de los servicios autorizados: Servicios de Constructor— Mantenimiento y reparación de obras menores en los objetivos autorizados. — Servicios de carpintería plástica, de madera, trabajos de pailería y estantería.Tipos de Objetivos:— Obras de Viviendas. — Obras de Arquitectura. — Obras Industriales del SIME. Para ejercer como Constructor.TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 24 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
QUINTO: Notifíquese la presente Resolución al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos, al Director de Inspección Estatal del Organismo y al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Publíquese en la Gaceta Oficial y archívese el original de la misma en la Dirección de Asesoría Jurídica.
DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 17 días del mes de enero del 2005.Fidel F. Figueroa de la Paz Ministro de la Construcción ____________RESOLUCION MINISTERIAL No. 10/2005
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Materiales de Construcción de Granma, del Ministerio de la Construcción en la propia provincia.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
22 de marzo de 2005 GACETA OFICIAL 186
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa de Materiales de Construcción de Granma, del Ministerio de la Construcción en la propia provincia, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa de Materiales de Construcción de Granma, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:Alcance de los servicios autorizados: Servicios de Constructor— Construcción, reconstrucción, reparación, montaje, conservación y mantenimiento de los objetivos autorizados. — Producción de elementos y materiales de construcción y carpintería de madera, aluminio y PVC. — Servicios de post – venta.Tipos de Objetivos:— Obras de viviendas. — Instalaciones Industriales del MICONS. Para ejercer como Constructor.TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 24 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFIQUESE la presente Resolución al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos, al Director de Inspección Estatal del Organismo y al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese a las personas naturales y/o jurídicas que deban conocer la presente. Publíquese en la Gaceta Oficial y archívese el original de la misma en la Dirección de Asesoría Jurídica.
DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 17 días del mes de enero del 2005.Fidel F. Figueroa de la Paz Ministro de la Construcción ____________RESOLUCION MINISTERIAL No. 11/2005
POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 57, Contingente Héroes del Moncada, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Santiago de Cuba.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 57, Contingente Héroes del Moncada, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Santiago de Cuba, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 57, Contingente Héroes del Moncada, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:Alcance de los servicios autorizados: Servicios de Constructor— Construcción, reconstrucción, rehabilitación, remodelación, restauración, reparación, decoración, desmontaje, demolición, montaje, conservación y mantenimiento de los objetivos autorizados.
22 de marzo de 2005 GACETA OFICIAL 187— Jardinería de obras. — Servicios de post – venta. — Servicios integrales de impermeabilización. — Tratamientos superficiales y recubrimiento químico.Tipos de Objetivos:— Obras de Arquitectura de todo tipo. — Viviendas hasta cinco niveles. Para ejercer como Constructor.TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 24 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFIQUESE la presente Resolución al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos, al Director de Inspección Estatal del Organismo y al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese a las personas naturales y/o jurídicas que deban conocer la presente. Publíquese en la Gaceta Oficial y archívese el original de la misma en la Dirección de Asesoría Jurídica.
DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 17 días del mes de enero del 2005.Fidel F. Figueroa de la Paz Ministro de la Construcción ____________EDUCACION SUPERIOR