Resolución 10
La Resolución No. 10 del Ministerio de la Industria Básica otorga una prórroga para la concesión de explotación de mineral de arena cuarzosa. Esta prórroga fue solicitada por el concesionario y recomendada por la Oficina Nacional de Recursos Minerales. La Ministra de la Industria Básica, Yadira García Vera, emite esta resolución en ejercicio de sus facultades.
- Se otorga prórroga a la Empresa de Asistencia y Servicios para explotar mineral de arena cuarzosa en el área denominada Arena Bailén.
- La prórroga vence el 13 de enero de 2018.
- Se mantienen los términos, condiciones y obligaciones de la Resolución No. 413 de 2002, excepto lo que se oponga a esta prórroga.
- La resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
Resolución No. 413, de 23 de diciembre de 2002, del Ministro de la Industria Básica.
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POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha recomendado a la que resuelve, que otorgue la prórroga solicitada por el concesionario, en atención a la importancia de la explotación de dicho yacimiento, a fin de darle continuidad a la satisfacción de la demanda de este mineral en la producción de cemento.
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POR CUANTO: Por acuerdo del Consejo de Estado, de 14 de octubre de 2004, fue designada la que resuelve, Ministra de la Industria Básica.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Otorgar a la Empresa de Asistencia y Servicios una prórroga a la concesión de explotación del mineral de arena cuarzosa en el área denominada Arena Bailén, que le fueran autorizados mediante la Resolución No. 413, de 23 de diciembre de 2002, del Ministro de la Industria Básica.
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SEGUNDO: La prórroga a que se refiere el apartado anterior vencerá el 13 de enero de 2018.
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TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos en la Resolución No. 413, de 23 de diciembre de 2002, del Ministro de la Industria Básica, otorgando el referido derecho minero, son de aplicación a la prórroga que se autoriza, con excepción de lo que se oponga a lo establecido en los apartados anteriores.
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CUARTO: La presente Resolución entrará en vigor y surtirá plenos efectos legales a partir del momento de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
NOTIFIQUESE al Director de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa de Asistencia y Servicios.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 18 días del mes de enero de 2008.
Yadira García Vera
Ministra de la Industria Básica
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