Resolución 10
La Resolución No. 10 regula la renovación de la licencia de la compañía chilena SUR CONTINENTE, S.A. para realizar actividades comerciales en Cuba. La licencia es emitida por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
- Se autoriza la renovación de la licencia de SUR CONTINENTE, S.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- El objeto de la sucursal es realizar actividades comerciales relacionadas con mercancías de varios capítulos, como se describe en el documento anexo.
- La licencia no autoriza la importación y exportación directa con carácter comercial, ni el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios.
- La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras es responsable del cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución.
Texto íntegro
Decreto-Ley No. 67 ―De Organización dela Administración Central del Estado‖, defecha 19 de abril de 1983, establece que los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado, podrán ser temporalmente sustituidos, cuando fuere necesario, por el Viceministro Primero de estos.
POR CUANTO: Mediante Resolución No. 234, de fecha 15 de agosto del 2013, del Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, fue designado el que Resuelve, Viceministro Primero del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas,
R e s u e l v o:
PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia de la compañía chilena SUR CONTINENTE, S.A., en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la compañía SUR CONTINENTE, S.A., en Cuba, a partir de la renovación de su licencia, será la realización de actividades comerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en documento anexo.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no autoriza la realización de las actividades siguientes:
- a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial.
- b) Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior.
- c) Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. COMUNÍQUESE a los Viceministros y Directores Generales del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior (GE- COMEX), a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC, S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, al Presidente de la compañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los siete días del mes de enero de dos mil quince.Antonio Luis Carricarte Corona Ministro a.i. del Comercio Exterior y la Inversión ExtranjeraANEXO 1 NOMENCLATURA DE PRODUCTOSAPROBADAPARA LA REALIZACIONDE ACTIVIDADES COMERCIALESA LA SUCURSAL SURCONTINENTE S.A.
| Descripción | | - | | Capítulo 2 Carne y despojos comestibles | | Capítulo 3 Pescados y crustáceos, molus-cos y demás invertebrados acuáticos | | Capítulo 4 Leche y productos lácteos;huevos de ave; miel natural; productoscomestibles de origen animal, no expre-sados ni comprendidos en otra parte | | Capítulo 7 Hortalizas, plantas, raíces ytubérculos alimenticios | | Capítulo 8 Frutas y frutos comestibles;cortezas de agrios (cítricos), melones osandías | | Capítulo 9 Café, té, yerba mate y especias | | Capítulo 10 Cereales | | Capítulo 11 Productos molinería; malta;almidón y fécula; inulina; gluten de trigo | | Capítulo 12 Semillas y frutos oleagino-sos; semillas y frutos diversos; plantasindustriales o medicinales; paja y forrajes | | Capítulo 15 Grasas y aceites animales ovegetales; productos de su desdoblamien-to; grasas alimenticias elaboradas; cerasde origen animal o vegetal | | Capítulo 16 Preparación de carne, pesca-do o crustáceos, moluscos o demás inver-tebrados acuáticos | | Capítulo 18 Cacao y sus preparaciones | | Capítulo 19 Preparaciones a base de ce-reales, harina, almidón, fécula o leche;productos de pastelería | | Capítulo 20 Preparaciones de hortalizas,frutas u otros frutos o demás partes deplantas | | Capítulo 21 Preparaciones alimenticiasdiversas | | Descripción | | - | | Capítulo 22 Bebidas, líquidos alcohólicosy vinagre | | Capítulo 23 Residuos y desperdicios delas industrias alimentarias; alimentospreparados para animales | | Capítulo 25 Sal; azufre; tierras y piedras;yesos, cales y cementos | | Capítulo 32 Extractos curtientes o tintó-reos; taninos y sus derivados; pigmentosy demás materias colorantes; pinturas ybarnices; mástiques; tintas | | Capítulo 34 Jabón, agentes de superficieorgánicos, preparaciones para lavar, pre-paraciones lubricantes, ceras artificiales,ceras preparadas, productos de limpieza,velas y artículos similares, pastas paramodelar, "ceras para odontología" y pre-paraciones para odontología a base deyeso fraguable | | Capítulo 38 Productos diversos de lasindustrias químicas | | Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas | | Capítulo 40 Caucho y sus manufacturas |
________________RESOLUCIÓN No. 7 de 2015
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de licencia presentada por la sociedad canadiense REUVEN INTERNATIONAL, LTD., y del análisis efectuado se ha considerado procedente acceder a la solicitud formulada.
POR CUANTO: El artículo 33 del Decreto Ley No. 67 ―De Organización dela Administración Central del Estado‖, defecha 19 de abril de 1983, establece que
los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado, podrán ser temporalmente sustituidos, cuando fuere necesario, por el Vicemi-nistro Primero de estos.
POR CUANTO: Mediante Resolución No. 234, de fecha 15 de agosto del 2013,del Consejo de Ministros, fue designadoel que Resuelve, Viceministro Primerodel Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
POR TANTO: En ejercicio de las facul-tades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la renovación dela licencia ante el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, de la sociedad canadiense REUVENINTERNATIONAL, LTD.SEGUNDO: El objeto de la sociedadcanadiense REUVEN INTERNATIONAL,LTD., a partir de la renovación de sulicencia, será la realización de las activi-dades comerciales relacionadas con lasmercancías que, a nivel de Capítulos, sedescriben en el Anexo No. 1 que formaparte integrante de la presente Resolución.TERCERO: La Licencia que se otorgueal amparo de la presente Resolución, noautoriza la realización de las actividadessiguientes:
- a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial.
- b) Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior.
- c) Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
COMUNÍQUESE a los Viceministros y Directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior, GE- COMEX, a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, al Presidente de la compañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los siete días del mes de enero de dos mil quince.Antonio Luis Carricarte Corona Ministro a.i. del Comercio Exterior y la Inversión ExtranjeraANEXO 1 NOMENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR ACTIVIDADES COMERCIALES A REUVEN INTERNATIONAL, LTD.
| Descripción | | - | | Capítulo 2 Carne y despojos comestibles | | Capítulo 3 Pescados y crustáceos, molus-cos y demás invertebrados acuáticos | | Capítulo 4 Leche y productos lácteos;huevos de ave; miel natural; productoscomestibles de origen animal, no expre-sados ni comprendidos en otra parte | | Capítulo 6 Plantas vivas y productos dela floricultura | | Capítulo 7 Hortalizas, plantas, raíces ytubérculos alimenticios | | Capítulo 8 Frutas y frutos comestibles;cortezas de agrios (cítricos), melones osandías | | Capítulo 9 Café, té, yerba mate y especias | | Capítulo 10 Cereales | | Capítulo 11 Productos molinería; malta;almidón y fécula; inulina; gluten de trigo |
| Descripción | | - | | Capítulo 12 Semillas y frutos oleagino-sos; semillas y frutos diversos; plantasindustriales o medicinales; paja y forrajes | | Capítulo 13 Gomas, resinas y demás ju-gos y extractos vegetales | | Capítulo 14 Materias trenzables y demásproductos de origen vegetal, no expresa-dos ni comprendidos en otra parte | | Capítulo 15 Grasas y aceites animales ovegetales; productos de su desdoblamien-to; grasas alimenticias elaboradas; cerasde origen animal o vegetal | | Capítulo 16 Preparación de carne, pesca-do o crustáceos, moluscos o demás inver-tebrados acuáticos | | Capítulo 17 Azúcares y artículos de con-fitería | | Capítulo 18 Cacao y sus preparaciones | | Capítulo 19 Preparaciones a base de ce-reales, harina, almidón, fécula o leche;productos de pastelería | | Capítulo 20 Preparaciones de hortalizas,frutas u otros frutos o demás partes deplantas | | Capítulo 21 Preparaciones alimenticiasdiversas | | Capítulo 22 Bebidas, líquidos alcohólicosy vinagre | | Capítulo 23 Residuos y desperdicios delas industrias alimentarias; alimentospreparados para animales | | Capítulo 25 Sal; azufre; tierras y piedras;yesos, cales y cementos | | Capítulo 29 Productos químicos orgánicos | | Capítulo 32 Extractos curtientes o tintó-reos; taninos y sus derivados; pigmentosy demás materias colorantes; pinturas ybarnices; mástiques; tintas | | Capítulo 33 Aceites esenciales y resinoi-des; preparaciones de perfumería, detocador o de cosmética | | Capítulo 34 Jabón, agentes de superficieorgánicos, preparaciones para lavar, pre-paraciones lubricantes, ceras artificiales,ceras preparadas, productos de limpieza,velas y artículos similares, pastas paramodelar, "ceras para odontología" y pre-paraciones para odontología a base deyeso fraguable | | Descripción | | - | | Capítulo 35 Materias albuminóideas; pro-ductos a base de almidón o de fécula mo-dificados; colas; enzimas | | Capítulo 38 Productos diversos de lasindustrias químicas | | Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas | | Capítulo 40 Caucho y sus manufacturas | | Capítulo 44 Madera, carbón vegetal ymanufacturas de madera | | Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturasde pasta de celulosa, de papel o cartón | | Capítulo 56 Guata, fieltro y tela sin tejer;hilados especiales; cordeles, cuerdas ycordajes; artículos de cordelería | | Capítulo 59 Telas impregnadas, recubier-tas, revestidas o estratificadas; artículostécnicos de materia textil | | Capítulo 68 Manufacturas de piedra, ye-so fraguable, cemento, amianto (asbesto),mica o materias análogas | | Capítulo 70 Vidrio y sus manufacturas | | Capítulo 72 Fundición, hierro y acero | | Capítulo 82 Herramientas y útiles, artícu-los de cuchillería y cubiertos de mesa, demetal común; partes de estos artículos, demetal común | | Capítulo 84 Reactores nucleares, calde-ras, máquinas, aparatos y artefactosmecánicos; partes de estas máquinas oaparatos | | Capítulo 85 Máquinas, aparatos y mate-rial eléctrico, y sus partes; aparatos degrabación o reproducción de sonido, apa-ratos de grabación o reproducción deimagen y sonido en televisión, y las par-tes y accesorios de estos aparatos | | Capítulo 87 Vehículos automóviles, trac-tores, velocípedos y demás vehículosterrestres; sus partes y accesorios |
________________RESOLUCIÓN No. 8 de 2015
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de licencia presentada por la compañía italiana L.R.MORO- NI CELLULOSE CONVERTING MA- CHINERY, S.R.L., y del análisis efectuado se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR CUANTO: El artículo 33 del Decreto Ley No. 67 ―De Organización dela Administración Central del Estado‖, defecha 19 de abril de 1983, establece quelos Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado, po-drán ser temporalmente sustituidos, cuan-do fuere necesario, por el Viceministro Primero de estos.
POR CUANTO: Mediante Resolución No. 234, de fecha 15 de agosto del 2013,del Consejo de Ministros, fue designadoel que Resuelve, Viceministro Primerodel Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
POR TANTO: En ejercicio de las facul-tades que me están conferidas,
R e s u e l v o:PRIMERO: Autorizar la renovación dela licencia de la compañía italiana L.R.MORONI CELLULOSE CONVERTINGMACHINERY, S.R.L., en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscri-to a la Cámara de Comercio de la Repú-blica de Cuba.SEGUNDO: El objeto de la Sucursal dela compañía L.R. MORONI CELLULOSECONVERTING MACHINERY, S.R.L., en Cuba, a partir de la renovación de sulicencia, será la realización de actividadescomerciales relacionadas con las mercan-cías que, a nivel de Capítulos, se describenen el Anexo No. 1 que forma parte inte-grante de la presente Resolución.TERCERO: La Licencia que se otorgueal amparo de la presente Resolución, noautoriza la realización de las actividadessiguientes:
- a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial.
- b) Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior.
- c) Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. COMUNÍQUESE a los Viceministros y Directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior, GE- COMEX, a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, al Presidente de la compañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los siete días del mes de enero de dos mil quince.Antonio Luis Carricarte Corona Ministro a.i. del Comercio Exterior y la Inversión ExtranjeraANEXO 1 NOMENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES A L.R. MORONI CELLULOSECONVERTING MACHINERY, S.R.L.
| Descripción | | - | | Capítulo 15 Grasas y aceites animales ovegetales; productos de su desdoblamien-to; grasas alimenticias elaboradas; cerasde origen animal o vegetal |
| Descripción | | - | | Capítulo 27 Combustibles minerales, acei-tes minerales y productos de su destilación;materias bituminosas; ceras minerales | | Capítulo 28 Productos químicos inorgá-nicos; compuestos inorgánicos u orgáni-cos de los metales preciosos, de los ele-mentos radiactivos, de metales de lastierras raras o de isótopos | | Capítulo 29 Productos químicos orgánicos | | Capítulo 30 Productos farmacéuticos | | Capítulo 32 Extractos curtientes o tintó-reos; taninos y sus derivados; pigmentosy demás materias colorantes; pinturas ybarnices; mástiques; tintas | | Capítulo 33 Aceites esenciales y resinoi-des; preparaciones de perfumería, detocador o de cosmética | | Capítulo 34 Jabón, agentes de superficieorgánicos, preparaciones para lavar, pre-paraciones lubricantes, ceras artificiales,ceras preparadas, productos de limpieza,velas y artículos similares, pastas paramodelar, "ceras para odontología" y pre-paraciones para odontología a base deyeso fraguable | | Capítulo 35 Materias albuminóideas;productos a base de almidón o de féculamodificados; colas; enzimas | | Capítulo 38 Productos diversos de lasindustrias químicas | | Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas | | Capítulo 40 Caucho y sus manufacturas | | Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturasde pasta de celulosa, de papel o cartón | | Capítulo 54 Filamentos sintéticos o arti-ficiales | | Capítulo 56 Guata, fieltro y tela sin tejer;hilados especiales; cordeles, cuerdas ycordajes; artículos de cordelería | | Capítulo 69 Productos cerámicos | | Capítulo 76 Aluminio y sus manufacturas | | Capítulo 83 Manufacturas diversas demetal común | | Capítulo 84 Reactores nucleares, calde-ras, máquinas, aparatos y artefactosmecánicos; partes de estas máquinas oaparatos |