Resolución 10/2025

Sobre el receso laboral con pago del salario del día 2 de mayo de 2025

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
2025-04-29
Publicada en
Gaceta No. 16 Extraordinaria de 2025 (2025-04-30)
Páginas
2–3
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Resumen generado por IA

La Resolución 10/2025 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el pago de salario durante el receso laboral del 2 de mayo de 2025. Fue emitida por la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, en virtud del Decreto 126 de 2025.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 10/2025

POR CUANTO: El Acuerdo 8332 del Consejo de Ministros, de 23 de marzo de 2018, establece que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social es el organismo de la Administración Central del Estado encargado de proponer, dirigir y controlar la política del Estado y el Gobierno en materia de trabajo, seguridad y salud en el trabajo, seguridad social y prevención, asistencia, y trabajo social.

POR CUANTO: Mediante el Decreto 126 de 28 de abril de 2025 se dispone el receso laboral con pago del salario del día 2 de mayo de 2025, y se encarga a la ministra de Trabajo y Seguridad Social, la emisión de las disposiciones jurídicas complementarias para la ejecución de lo establecido en dicho Decreto.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Los empleadores de las entidades y actividades que recesan sus labores el día 2 de mayo de 2025, abonan a los trabajadores el salario básico, salvo que coincida con los de su descanso semanal o con aquellos en que disfrutan de vacaciones anuales pagadas, garantía salarial, licencia no retribuida o subsidio de seguridad social.

SEGUNDO: Los trabajadores que están exceptuados de recesar reciben su salario según las formas y sistemas de pago aplicados en su entidad.

TERCERO: La presente Resolución se aplica a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la presente Resolución en el protocolo de resoluciones generales que obra en la Dirección Jurídica y Relaciones Internacionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

DADA en La Habana, a los 29 días del mes de abril de 2025.Marta Elena Feitó Cabrera Ministra