Resolución 10/2026

Autorización de importación sin carácter comercial de plantas eléctricas

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2026-01-16
Publicada en
Gaceta No. 7 Extraordinaria de 2026 (2026-01-17)
Páginas
4–5
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución 10/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios autoriza la importación sin carácter comercial de plantas eléctricas de potencia superior a 900 vatios, con carácter excepcional y sin límite temporal específico. Esta norma modifica y deroga disposiciones anteriores relacionadas con la importación de estos productos.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 10/2026

POR CUANTO: La Ley 113 “Del Sistema Tributario”, de 23 de julio de 2012, en su

Artículo 284 establece que el Impuesto Aduanero se cobra a través de aranceles de aduanas, y su Disposición Final Segunda, incisos a) y f), faculta al ministro de Finanzas y Precios, cuando circunstancias económicas y sociales a su juicio así lo aconsejen, para concederexenciones, bonificaciones totales, parciales, permanentes o temporales, así como condo-nar deudas tributarias determinadas administrativamente, según corresponda, y modificarlas formas y procedimientos para el cálculo, pago y liquidación de los tributos.

POR CUANTO: El Decreto Ley 22 “Arancel de Aduanas de la República de Cuba para las importaciones sin carácter comercial”, de 24 de noviembre de 2020, en su Disposición Final Segunda, inciso a), faculta al ministro de Finanzas y Precios para autorizar la importación de productos por encima de los valores establecidos en sus artículos 12 y 13.

POR CUANTO: La Resolución 218, dictada por la ministra de Finanzas y Precios, de 11 de agosto de 2022, autoriza hasta el 31 de diciembre de 2022, la importación sin carácter comercial, por encima del valor establecido para la vía de los envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería, de las plantas eléctricas de una potencia superior a losnovecientos vatios, que se presentaran a despacho de la Aduana General de la República; beneficio que ha sido extendido subsiguientemente, actualmente hasta el 31 de enero de 2026,mediante la Resolución 287, dictada por quien suscribe, de 17 de septiembre de 2025.

POR CUANTO: Tomando en consideración los beneficios que reporta para el sectorresidencial la adquisición de plantas eléctricas mediante envíos, ante las contingencias que persisten en el sistema electroenergético nacional, se ha decidido mantener dichobeneficio con carácter excepcional, sin límite temporal específico; lo que conlleva a la derogación de la referida Resolución 218 de 2022, en aras de evitar la dispersión legislativa.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el

Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar excepcionalmente, la importación sin carácter comercial, por encima del valor establecido para la vía de los envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería, de las plantas eléctricas de una potencia superior a los 900 vatios, que se presenten a despacho de la Aduana General de la República.

SEGUNDO: Aplicar una tarifa arancelaria del treinta por ciento (30%) para el pago del Impuesto Aduanero al exceso de la carga que corresponde gravar.

DISPOSICIONES ESPECIALESPRIMERA: El beneficio arancelario otorgado mediante la presente Resolución estarávigente mientras persistan las condiciones que han determinado su aprobación.

SEGUNDA: Este ministerio evalúa sistemáticamente los impactos de la aplicacióndel beneficio que por la presente se regula; la eliminación de este se realizará mediante Resolución, cuando corresponda, para lo cual se considerará un plazo mínimo de entrada en vigor de 30 días.

DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: Derogar la Resolución 218, dictada por la ministra de Finanzas y Precios, de 11 de agosto de 2022.

SEGUNDA: La presente Resolución entra en vigor el 1 de febrero de 2026.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 16 días del mes de enero de 2026.Vladimir Regueiro Ale MinistroSALUD PUBLICA