Resolución 152
La Resolución No. 152 regula el Plan de Indicadores de Calidad de los Servicios Postales en Cuba. Fue emitida por el Ministerio de la Informática y las Comunicaciones. Establece parámetros de calidad para la Empresa Correos de Cuba.
- Se aprueba el Plan de Indicadores de Calidad de los Servicios Postales para el año 2004.
- La Empresa Correos de Cuba debe elevar resultados trimestrales y anuales a direcciones específicas del Ministerio.
- Se establecen indicadores como: entrega de correspondencia nacional en 4 días (80%), telegramas urgentes en 5 horas (80%) y ordinarios en 24 horas (80%).
- La prensa debe circular en zonas urbanas antes de la 1:00 p.m. (100%) y en zonas rurales antes de las 24 horas (100%).
- La Agencia de Control y Supervisión supervisa el cumplimiento del Plan de Calidad.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 152/ 2003
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 204 de fecha 11 de enero del 2000, cambió la denominación del Ministerio de Comunicaciones por la de Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, que desarrollará las tareas y funciones que hasta el presente realizaba el Ministerio de Comunicaciones, así como las de Informática y la Electrónica que ejecutaba el Ministerio de la Industria Sidero mecánica y la Electrónica.
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POR CUANTO: El Consejo de Estado de la República de Cuba, mediante Acuerdo de fecha 12 de enero del 2000, designó al que resuelve Ministro de la Informática y las Comunicaciones.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 3736, de fecha 18 de julio del 2000, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece que el Ministerio de la Informática y las Comunicaciones es el organismo encargado de establecer, regular y controlar las normas técnicas y operacionales de todos los servicios postales y sistemas de comunicaciones en general, nacionales e internacionales que funcionan en el país.
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POR CUANTO: Es necesario establecer los parámetros de calidad del servicio postal a nivel nacional que deberá cumplir la Empresa Correos de Cuba; con el objetivo de garantizar a los usuarios, los correspondientes indicadores que se establecen en la presente.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Aprobar el Plan de Indicadores de Calidad de los Servicios Postales que brindará la Empresa Correos de Cuba durante el año 2004; el cual se consigna en Anexo a la presente Resolución, formando parte integrante de la misma.
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SEGUNDO: La Empresa de Correos de Cuba, elaborará los procedimientos internos que entienda pertinente para dar cumplimiento a los indicadores que se establecen por medio de la presente.
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TERCERO: La Empresa Correos de Cuba elevará el resultado del cumplimiento de los indicadores de calidad, a la Dirección de Regulaciones y Normas, a la Dirección de Economía y a la Agencia de Control y Supervisión del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, al término de cada trimestre y el Resumen Anual en el mes de enero del siguiente año.
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CUARTO: Se derogan cuantas disposiciones jurídicas de igual o inferior jerarquía, se opongan a lo que por la presente se dispone.
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QUINTO: Encargar a la Agencia de Control y Supervisión del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, la supervisión del cumplimiento del Plan de Calidad del Servicio dispuesto en la presente.
COMUNIQUESE a los Viceministros, a la Dirección de Regulación y Normas, a la Dirección de Economía, a la Agencia de Control y Supervisión, a la Empresa Correos de Cuba (ECC) y a cuantas más personas naturales y jurídicas deban conocerla.
ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Dada en la ciudad de La Habana, a los 28 días del mes de octubre del 2003.
Ignacio González Planas
Ministro de la Informática
y las Comunicaciones
ANEXO
INDICADORES DE CALIDAD DEL SERVICIO POSTAL, TELEGRAFICO Y DE PRENSA PARA EL AÑO 2004
Correspondencia Nacional:
- 1. Imposición a entrega al destinatario
en 4 días (96 horas) 80%
- 2. Telegramas URGENTES de imposición
a entrega al destinatario dentro del
perímetro urbano en 5 horas 80%
- 3. Telegramas Ordinarios de imposición
a entrega dentro del perímetro urbano
en 24 horas 80%
- 4. Circulación de la Prensa en todo el
Territorio Nacional
Zonas urbanas antes de la 1.00 p.m. 100%
Zonas rurales antes de las 24 horas 100%
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