Resolución 101
Esta resolución regula el traspaso de concesión minera y es emitida por la Ministra de la Industria Básica. Autoriza el traspaso de derechos mineros de explotación en el yacimiento Cantera La Colina.
- La Ley No. 76, Ley de Minas, de 1995, delega en el Ministerio de la Industria Básica el otorgamiento y traspaso de concesiones mineras.
- El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó facultades al Ministro de la Industria Básica para recursos minerales clasificados en Grupos I, III y IV.
- Se autoriza el traspaso de derechos mineros a favor de la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 65.
- Se ratifican términos y obligaciones dispuestas en Resolución 129 de 2002 para la nueva empresa titular.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 101
-
POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece en su
Artículo 47 que el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo delegan en el Ministerio de la Industria Básica el otorgamiento, traspaso o denegación de las concesiones mineras para pequeños yacimientos de determinados minerales.
-
POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó al Ministro de la Industria Básica determinadas facultades en relación con los recursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el
Artículo 13 de la mentada Ley de Minas.
-
POR CUANTO: La Empresa Constructora de Obras de Arquitectura e Industriales No. 4 Granma ha solicitado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales el traspaso de la concesión minera de explotación en el área del yacimiento Cantera La Colina, de la cual es titular, a favor de la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 65, del Ministerio de la Construcción.
-
POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente en su dictamen recomendar a la Ministra de la Industria Básica que otorgue el traspaso solicitado.
-
POR CUANTO: La que resuelve fue designada Ministra de la Industria Básica por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de octubre de 2004.
-
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
-
PRIMERO: Autorizar el traspaso de los derechos mineros de explotación otorgados a la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura e Industriales No. 4 Granma, en el área del yacimiento Cantera la Colina, a favor de la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 65, del Ministerio de la Construcción.
-
SEGUNDO: Se ratifican todos los términos, disposiciones y obligaciones dispuestas en la Resolución 129 de 28 de marzo de 2002, de este Ministerio, las que serán en lo adelante de obligatorio cumplimiento por la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 65, del Ministerio de la Construcción.
-
TERCERO: La presente Resolución entrará en vigor y surtirá plenos efectos legales a partir del momento de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
-
CUARTO: La autorización dispuesta en la presente Resolución quedará sin vigor si transcurrieran treinta días de su notificación a la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 65, del Ministerio de la Construcción y no procediera a su inscripción en el Registro Minero a cargo de la Oficina Nacional de Recursos Minerales.
NOTIFIQUESE a la Directora de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, al Director de la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 65, del Ministerio de la Construcción y al Director de la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura e Industriales No. 4 Granma.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 10 días del mes de marzo del 2005.
Yadira García Vera
Ministra de la Industria Básica
________________