Resolución 101/2006

Sobre el Calificador de Cargos Técnicos Propios del Transporte Marítimo-Portuario

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
2006-01-25
Publicada en
Gaceta No. 36 Ordinaria de 2006 (2006-06-23)
Páginas
12–13
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La Resolución No. 101/2006 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el Calificador de Cargos Técnicos Propios del Transporte Marítimo-Portuario. Este calificador clasifica y describe cargos técnicos en el sector marítimo-portuario, definiendo sus funciones, tareas principales, grupos de complejidad y requisitos. La resolución es emitida por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 101/2006

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de 22 de octubre de 1999, el que suscribe fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, establece entre las atribuciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, la de dictar resoluciones en el límite de sus facultades y competencia.

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POR CUANTO: Conforme al Acuerdo No. 4085 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 2 de julio de 2001, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, es el organismo encargado de proponer, dirigir, controlar y evaluar, sistemáticamente, la política del Estado y el Gobierno en materia laboral, salarial, de seguridad y protección en el trabajo y de prevención, atención y seguridad social.

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POR CUANTO: Se ha elaborado un Sistema Salarial basado en el principio de distribución socialista “de cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo”, orientando que el salario se convierta en el principal estímulo material que reciba el trabajador por su aporte a la sociedad.

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POR CUANTO: Para la aplicación del Sistema Salarial se han confeccionado con la activa participación de los organismos, la Central de Trabajadores de Cuba y los Sindicatos Nacionales nuevos calificadores de cargos y ocupaciones, para lo cual se revisaron más de 10 mil cargos de los calificadores vigentes y se rediseñaron en menos de 5 mil cargos de amplio perfil, lo que contribuirá al mejoramiento de la eficiencia de la producción y los servicios.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Aprobar el Calificador de Cargos Técnicos Propios del Transporte Marítimo-Portuario, cuyas denominaciones, descripción de las funciones y tareas principales, grupos de complejidad y requisitos para desempeñar el cargo, aparecen en el Anexo de la presente Resolución.

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SEGUNDO: La descripción de las funciones o tareas principales y requisitos de los cargos que integran el Calificador, que por la presente se aprueba, son los que obran archivados en la Dirección de Trabajo y Estimulación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

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TERCERO: Se derogan las instrucciones siguientes:

- a) Instrucción No. 2708 de 5 de mayo de 1984, que aprobó la modificación de los requisitos a un grupo de cargos técnicos de la Rama Marítima.

- b) Instrucción No. 3539 de 30 de noviembre de 1984 que aprobó y puso en vigor cargos técnicos de la Rama Marítima del Ministerio del Transporte que utiliza la Empresa Consignataria Mambisa.

- c) Instrucción No. 261 de 18 de abril de 1987 que aprobó cargos técnicos propios de la Rama Marítima.

- d) Instrucción No. 10 de 4 de febrero de 1988 que aprobó y puso en vigor la modificación del cargo técnico Práctico del Puerto.

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CUARTO: El Calificador que por la presente Resolución se aprueba es de aplicación por un año a partir de su fecha.

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QUINTO: Facultar al Viceministro correspondiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que dicte las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicación de lo que por la presente Resolución se establece, así como para modificar, de resultar necesario, la denominación, descripción de las funciones y requisitos de los cargos y ocupaciones, a solicitud del Jefe del Organismo y el Sindicato Nacional correspondiente.

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PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República. Dada en Ciudad de La Habana, a los 25 días del mes de enero de 2006.

Alfredo Morales Cartaya

Ministro de Trabajo

y Seguridad Social

ANEXO

RELACION DE CARGOS TECNICOS POR GRUPOS DE COMPLEJIDAD

GRUPO VI

- a) Técnico en Facturación y Revisión GRUPO VII

- a) Inspector de Instalaciones Portuarias

- b) Operativo en Consignación de Buques GRUPO VIII

- a) Agente “B” de Buques

- b) Especialista “C” en Facturación y Revisión

- c) Inspector Industrial

- d) Inspector Marítimo

- e) Inspector Técnico de Seguridad e Inspección Marítima

- f) Especialista “C” en Gestión Comercial y de Negocios del Transporte

- g) Especialista en Venta a Buques

- h) Técnico en Consignación de Buques GRUPO IX

- a) Especialista “B” en Sistemas Integrados de Gestión

- b) Práctico de Puertos III GRUPO X

- a) Agente “A” de Buques

- b) Especialista “B” en Facturación y Revisión

- c) Especialista “B” en Gestión Comercial y de Negocios del Transporte

- d) Inspector Superior de Instalaciones Portuarias

- e) Inspector Superior Industrial

- f) Inspector Superior Marítimo

- g) Práctico de Puertos II GRUPO XI

- a) Especialista “A” en Sistemas Integrados de Gestión

- b) Especialista “A” en Facturación y Revisión

- c) Especialista “A” en Gestión Comercial y de Negocios del Transporte

- d) Especialista en Salvamento Marítimo

- e) Inspector Mayor de Seguridad e Inspección Marítima

- f) Inspector Supervisor de Instalaciones Portuarias

- g) Inspector Supervisor Industrial

- h) Inspector Supervisor Marítimo

- i) Práctico de Puerto I GRUPO XII

- a) Especialista en Explotación Técnica Comercial Marítimo Portuaria

- b) Especialista en Programa

- c) Especialista Superior de Seguridad e Inspección Marítima

- d) Especialista Superior en Gestión Comercial y de Negocios del Transporte

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