Resolución 102/2016
La Resolución No. 102/2016 del Ministerio de Finanzas y Precios regula el Impuesto Especial a Productos y Servicios para empresas productoras de cervezas y bebidas alcohólicas. Establece tipos impositivos y procedimientos para el cálculo y pago de este tributo.
- Aplica el Impuesto Especial a Productos y Servicios a empresas productoras de cervezas y bebidas alcohólicas subordinadas al Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria.
- Establece tipos impositivos específicos para diferentes productos y formatos, como cervezas embotelladas y rones, que van desde 198.49 hasta 3,698.12 pesos por hectolitro.
- Exceptúa a estas empresas del pago del impuesto por ventas mayoristas de cervezas y rones con destino al mercado paralelo.
- El impuesto se paga dentro de los 60 días naturales siguientes al cierre del mes en que se efectuaron las ventas.
- Se excluye el importe del Impuesto Especial de la base imponible para el cálculo del Impuesto sobre las Ventas y la Contribución Territorial para el Desarrollo Local.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 102/2016
POR CUANTO: La Ley No. 113, “Del Sistema Tributario”, de 23 de julio de 2012, es-tablece, el Impuesto Especial a Productos y Servicios, destinados al uso y consumo, entreotros, de bebidas alcohólicas y cervezas, el Impuesto sobre las Ventas por la comerciali-zación mayorista de bienes y la Contribución Territorial para el Desarrollo Local, y en su Disposición Transitoria Tercera, dispone que la reglamentación de los tipos impositivos,las bases imponibles y los sujetos obligados al pago del Impuesto Especial a Productosy Servicios se realiza a través de la Ley del Presupuesto y en lo que corresponda, por el Ministro de Finanzas y Precios.
POR CUANTO: La Ley No. 120, “Del Presupuesto del Estado para el año 2016”, de 29 de diciembre de 2016, en el
Artículo 95 dispone la aplicación del Impuesto Especiala Productos y Servicios a la producción de cervezas y bebidas alcohólicas, y faculta al Ministro de Finanzas y Precios para reglamentar los tipos impositivos, las formas y pro-cedimientos para el cálculo, pago y liquidación de este tributo.
POR CUANTO: Resulta necesario regular los tipos impositivos del Impuesto Especiala Productos y Servicios, en virtud de la diversidad de formatos de los envases y de lospropios surtidos de los productos gravados; así como, adecuar la base de cálculo del Im-puesto sobre las Ventas por la comercialización mayorista de bienes y de la Contribución Territorial para el Desarrollo Local, para estas operaciones.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el
Artículo 100,inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Aplicar durante el año 2016 el Impuesto Especial a Productos y Servicios alas empresas productoras de cervezas y bebidas alcohólicas subordinadas al Grupo Empre-sarial de la Industria Alimentaria, por la comercialización mayorista de cervezas y rones.
SEGUNDO: Para el cálculo del Impuesto Especial a Productos y Servicios se aplicandurante el año 2016, los tipos impositivos que se relacionan en el Anexo Único, que formaparte integrante de la presente Resolución.
TERCERO: Exceptuar durante el año 2016 a las empresas productoras de cervezas ybebidas alcohólicas subordinadas al Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria, de laaplicación del Impuesto Especial a Productos y Servicios por la comercialización mayo-rista de cervezas y rones con destino al mercado paralelo que desarrollan las empresasminoristas del sistema del Comercio Interior.
CUARTO: El Impuesto Especial a Productos y Servicios, se aporta al Presupuesto del Estado de conformidad con lo establecido en la Ley No. 113, “Del Sistema Tributario”,
Artículo 152, inciso c), dentro de los sesenta (60) días naturales siguientes al cierre delmes en que se efectuaron las ventas, en las oficinas bancarias correspondientes al domi-cilio fiscal del sujeto, ingresándose al Fisco por el párrafo 013010 “Impuesto Especial a Cervezas y Bebidas Alcohólicas”, del vigente Clasificador de Recursos Financieros del Presupuesto del Estado.
QUINTO: El Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria establece las correlacio-nes que correspondan de los tipos impositivos dispuestos en función del sistema de factu-ración que utiliza para los productos gravados.
SEXTO: En las operaciones gravadas con el Impuesto Especial a Productos y Servi-cios, para el cálculo y pago del Impuesto sobre las Ventas por la comercialización mayo-rista de bienes y de la Contribución Territorial para el Desarrollo Local, que correspondan,se excluye de la base imponible el importe del referido Impuesto Especial.
SÉPTIMO: La presente Resolución se aplica con carácter general a las operacionesrealizadas a partir del 1 ro. de enero de 2016.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 7 días del mes de marzo de 2016.
Lina Olinda Pedraza Rodríguez
Ministra de Finanzas y Precios
ANEXO ÚNICO
TIPOS IMPOSITIVOS A APLICAR DURANTE EL 2016 PARA EL CÁLCULODEL IMPUESTO ESPECIAL A PRODUCTOS Y SERVICIOS A PAGAR POR LASEMPRESAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS Y BEBIDAS ALCOHÓLICASDEL GRUPO EMPRESARIAL DE LA INDUSTRIA ALIMENTARIA
| Productos | UM | Tipo impositivo(pesos por HL*) | | - | - | - | | Cerveza embotellada 350 ml, 100 | HL | 198.49 | | Cerveza embotellada 250 ml, 100 | HL | 230.07 | | Cerveza embotellada 250 ml, 100 | HL | 229.41 | | Cerveza embotellada 250 ml, 130 | HL | 228.74 | | Cerveza embotellada 250 ml, 130 | HL | 227.41 | | Cerveza embotellada 330 ml, 130 | HL | 231.43 | | Cerveza granel | HL | 281.50 | | Cerveza dispensada | HL | 244.31 | | Ron Granel | HL | 2 356.00 | | Ron Refino 32º PET 700 ml 1 x 12 | HL | 2 875.87 | | Ron Refino 32º PET 750 ml 1 x 12 | HL | 2 937.93 |
| Productos | UM | Tipo impositivo(pesos por HL*) | | - | - | - | | Ron Refino 32º PET 1 Lt 1 x 6 | HL | 2 596.13 | | Ron Refino 32º PET 1,5 Lt 1 x 6 | HL | 2 728.17 | | Ron Refino 32º PET 2 Lt 1 x 6 | HL | 1 873.58 | | Ron Refino 32º PET 330 ml 1 x 12 | HL | 3 698.12 | | Ron Refino 32º 700 ml 1 x 12 B.R 2,65 | HL | 2 464.97 | | Ron Refino 32º 750 ml 1 x 12 B.R 2,65 | HL | 2 555.30 | | Ron Refino 34º Pet 2 Lt 1 x 6 | HL | 2 158.89 | | Ron Refino 34º PET 750 ml 1 x 12 | HL | 2 962.70 | | Ron Refino 34º 700 ml 1 x 12 B.R 2,65 | HL | 2 450.81 | | Ron Refino 34º 750 ml 1 x 12 B.R 2,65 | HL | 2 542.97 | | Cocteles | HL | 257.00 |
(*) HL – Hectolitro
| Productos | UM | Tipo impositivo(Pesos) | | - | - | - | | Cerveza Pirey 350 ml | Caja | 13.00 | | Cerveza Pirey 250 ml | Caja | 4.96 |
________________