Resolución 103

Sobre la compra e importación de productos de aluminio

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 26 Ordinaria de 2005 (2005-05-24)
Páginas
4–14
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La Resolución No. 103 del Ministerio del Comercio Exterior regula la compra e importación de productos de aluminio. El Ministerio del Comercio Exterior emite esta resolución en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821. La resolución tiene como objetivo reordenar el esquema importador de productos de aluminio y aleaciones de aluminio.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 103 del 2005

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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial exterior.

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POR CUANTO: Mediante Resolución No. 654 de 28 de diciembre de 2001 fue creado el Comité de Compras de Aluminio para coordinar adecuadamente la ejecución de la política de importación del aluminio y sus productos, permitiendo la racionalidad en la utilización de los financiamientos, la obtención de precios más ajustados al mercado internacional y de la asesoría en cuanto a la mejor solución a la demanda.

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POR CUANTO: A los efectos de alcanzar mayores niveles de eficiencia en la utilización de los recursos financieros que se destinan a la compra e importación de productos de aluminio y aleaciones de aluminio que clasifican por las subpartidas del Sistema Armonizado que se detallan en el Anexo No. 1 adjunto a la presente, se ha considerado procedente reordenar el esquema importador de dichos productos.

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POR CUANTO: Mediante Acuerdo No. 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se establece entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado, dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 17 de mayo del 2000 fue designado el que Resuelve, Ministro del Comercio Exterior.

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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Modificar el Resuelvo Primero de la Resolución No. 654 de 28 de diciembre de 2001 en la forma que sigue:

“PRIMERO: Crear el Comité de Compras de Aluminio, en lo adelante Comité de Aluminio, que estará integrado por:

- a) Directora de la Dirección de Evaluación y Racionalidad de las Importaciones del Ministerio del Comercio Exterior, que lo preside.

- b) Productores Nacionales que designen los Ministerios de la Industria Sidero-Mecánica y de la Construcción.

- c) Las entidades COMERCIALIZADORA ALCUBA; ECIMETAL; COMERCIAL AVOS; CORPORA- CION CIMEX, S.A.; TECNOTEX; TECNOIMPORT y EMIAT, las que se harán representar por los Representantes Legales de las mismas”.

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SEGUNDO: El Comité de Aluminio atiende la compra de productos que se relacionan a nivel de subpartidas en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente.

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TERCERO: Cancelar en la nomenclatura de productos autorizada a importar a las entidades que se relacionan en el Anexo No. 2 de la presente Resolución, las subpartidas que en cada caso se detallan.

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CUARTO: Ratificar a las entidades que se relacionan en el Anexo No. 3 de la presente Resolución las facultades de importación de las mercancías que clasifican en las subpartidas que se describen en el citado Anexo.

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QUINTO: Las entidades que a continuación se detallan ejecutarán la importación de las mercancías correspondientes a las subpartidas descritas en el Anexo No. 3 sólo para los siguientes objetivos:

- z Corporación CIMEX, S.A.: Para su consumo productivo.

- z Empresa Comercial AVOS: Suministros para las producciones del Sistema Empresarial del Ministerio de la Pesca.

- z Empresa Cubana Importadora de Productos Médicos (MEDICUBA):

Para la producción de elementos ortopédicos.

- z Empresa Suchel Import-Export: Con destino a la producción de envases de dentríficos.

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SEXTO: Las entidades MEDICUBA y SUCHEL IMPORT-EXPORT someten al análisis del Comité de Compras de Aluminio, previo a la contratación, las operaciones comerciales de las subpartidas autorizadas.

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SÉPTIMO: Las entidades de capital mixto y ciento por ciento extranjero pueden importar los productos de aluminio y sus aleaciones que clasifican por las subpartidas del Sistema Armonizado detallado en el Anexo No. 1, siempre que se consigne en sus correspondientes nomenclaturas de productos autorizados a importar.

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OCTAVO: Las entidades a que se hace referencia en el Resuelvo Tercero, que a la fecha de la presente Resolución mantengan contratos de compraventa para la importación de los productos que clasifican por cualquiera de las subparti-

- - das señaladas en el Anexo No. 1 pendientes de ejecución total o parcial, deben informarlo a la Dirección de Evaluación y Racionalidad de las Importaciones del Ministerio del Comercio Exterior, la que definirá el tratamiento a dar a los mismos.

- COMUNIQUESE a las entidades interesadas, al Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, a la Aduana General de la República, a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Cámara de Comercio y a los Directores de entidades del Sistema del Ministerio del Comercio Exterior. Archívese el original en la Dirección Jurídica.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los veintitrés días del mes de febrero de dos mil cinco.

Raúl de la Nuez Ramírez

Ministro del Comercio Exterior

ANEXO No.1

PRODUCTOS DE ALUMINIO

76.04 BARRAS Y PERFILES, DE ALUMINIO.

7604.10.00 -De aluminio sin alear

-De aleaciones de aluminio

7604.21.00 ---Perfiles huecos

7604.29.00 ---Los demás

7606 CHAPAS Y TIRAS, DE ALUMINIO, DE ESPESOR SUPERIOR A 0.2 MM.

-Cuadradas o rectangulares

7606.11.00 ---De aluminio sin alear

7606.12.00 ---De aleaciones de aluminio

-Las demás :

7606.91.00 ---De aluminio sin alear

7606.92.00 ---De aleaciones de aluminio

7610 CONSTRUCCIONES Y SUS PARTES (POR EJEMPLO: PUENTES Y SUS PARTES, TORRES, CASTILLETES, PILARES, COLUMNAS, ARMAZONES PARA TECHUMBRE, TECHADOS, PUERTAS Y VENTANAS Y SUS MARCOS, CONTRAMARCOS Y UMBRALES,

BARANDILLAS), DE ALUMINIO, EXCEPTO LAS CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS DE LA PARTIDA 94.06; CHAPAS, BARRAS, PERFILES, TUBOS Y SIMILARES, DE ALUMINIO, PREPARADOS PARA LA CONSTRUCCION

7610.10.00 -Puertas, ventanas y sus marcos, contramarcos y umbrales

7610.90.00 -Los demás

ANEXO No. 2

Entidades y subpartidas que se les cancelan:

ANEXO No. 3

Entidades y subpartidas que se ratifican:

CONSTRUCCION

RESOLUCION MINISTERIAL No. 73/2005

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.

-

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

-

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

-

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Organización Económica Estatal “Microbrigadas Sociales y Servicios a la Vivienda”, del Organo Provincial del Poder Popular en la provincia de Ciego de Avila.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

-

PRIMERO: Autorizar la Renovación de las Licencias solicitadas por la Organización Económica Estatal “Microbrigadas Sociales y Servicios a la Vivienda”, del Organo Provincial del Poder Popular en la provincia de Ciego de Avila, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

-

SEGUNDO: Mediante la Renovación de las Licencias otorgadas, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Organización Económica Estatal “Microbrigadas Sociales y Servicios a la Vivienda”, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:

Alcance de los servicios autorizados:

Servicios de Constructor

- — Construcción, reconstrucción, rehabilitación, reparación, conservación y mantenimiento de los objetivos autorizados.

- — Producción y comercialización de materiales de construcción: pintura, tejas tevi, bloques, ladrillos prensados, mosaicos, cemento alternativo, cal, polvo de piedra, pasos de escalera, escaleras, carpintería de madera y elementos prefabricados.

Tipos de Objetivos:

- — Viviendas hasta cinco niveles.

- — Obras Sociales.

Servicios Técnicos:

- — Servicios de diseño y proyección arquitectónicos e ingenieros de nuevas inversiones, mantenimiento, reparación y conservación de objetivos existentes.

- — Servicios de consultoría en asistencia técnica en los objetivos autorizados.

- — Servicios de ingeniería en dirección facultativa de obras.

Tipos de Objetivos:

- — Edificaciones de vivienda aisladas o independientes.

- — Edificaciones de vivienda no superiores a tres plantas en mantenimiento, reparación y conservación. Para ejercer como Constructor, Proyectista y Consultor.

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TERCERO: La Renovación de las Licencias que se otorguen, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 18 meses, a partir de la fecha del vencimiento de las Licencias anteriormente otorgadas.

- -

CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.

- -

QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.

- NOTIFIQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos y al Director de Inspección Estatal del Organismo. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

Publíquese en la Gaceta Oficial.

DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 28 días del mes de febrero del 2005.

Fidel F. Figueroa de la Paz

Ministro de la Construcción

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RESOLUCION MINISTERIAL No. 74/2005

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de

- Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.

-

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

-

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

-

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Movimiento de Tierras No. 1, Contingente Raúl Roa García, del Ministerio de la Construcción en Ciudad de La Habana.

-

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.

-

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

-

PRIMERO: Autorizar la Renovación de las Licencias solicitadas por la Empresa de Movimiento de Tierras No. 1, Contingente Raúl Roa García, del Ministerio de la Construcción en Ciudad de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

-

SEGUNDO: Mediante la Renovación de las Licencias otorgadas, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa de Movimiento de Tierras No. 1, Contingente Raúl Roa García, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:

Alcance de los servicios autorizados:

Servicios de Constructor

- — Construcción, reconstrucción, remodelación, rehabilitación, reparación, demolición, desmontaje, montaje, conservación y mantenimiento de los objetivos autorizados.

- — Servicios especializados de voladuras.

- — Servicios técnicos de post – inversión.

- — Servicios de aterramiento.

Tipos de Objetivos:

- — Obras de Ingeniería (Incluye redes soterradas).

- — Obras de Arquitectura (movimiento de tierra, redes técnicas, urbanizaciones y voladuras).

- — Obras de la Defensa.

Servicios Técnicos

- — Servicios de diseño o proyección de voladuras de movimientos de tierra.

- — Servicios técnicos de consultoría en asesoría técnica de voladuras, organización de obra y estimación económica de movimientos de tierra.

Tipos de Objetivos:

- — Todo tipo de obra. Para ejercer como Constructor, Proyectista y Consultor.

- -

TERCERO: La Renovación de las Licencias que se otorguen, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 18 meses, a partir de la fecha del vencimiento de las Licencias anteriormente otorgadas.

- -

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.

- NOTIFIQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos y al Director de Inspección Estatal del Organismo. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

Publíquese en la Gaceta Oficial.

DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 28 días del mes de febrero del 2005.

Fidel F. Figueroa de la Paz

Ministro de la Construcción

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RESOLUCION MINISTERIAL No. 75/2005

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de

- cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.

-

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

-

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

-

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 18, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Camagüey.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.

-

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

-

PRIMERO: Autorizar la Renovación de las Licencias solicitadas por la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 18, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Camagüey, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

-

SEGUNDO: Mediante la Renovación de las Licencias otorgadas, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa Constructora de Obras de Arquitectura No. 18, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:

Alcance de los servicios autorizados:

Servicios de Constructor y Contratista

Servicios de Constructor

- — Construcción, reconstrucción, remodelación, rehabilitación, reparación, restauración, demolición, decoración, desmontaje, montaje, conservación y mantenimiento de los objetivos autorizados.

Servicios de Contratista

- — Servicios integrados de ingeniería de la Dirección de la Construcción.

- — Jardinería de Obras.

Tipos de Objetivos:

- — Obras de Arquitectura.

- — Obras Viales de Urbanismo.

Servicios Técnicos

- — Servicios de consultoría en asistencia y asesoría técnica, en organización de obras y estimaciones económicas.

Tipos de Objetivos:

- — Obras de arquitectura e industriales. Para ejercer como Constructor, Contratista y Consultor.

- -

TERCERO: La Renovación de las Licencias que se otorguen, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 24 meses, a partir de la fecha del vencimiento de las Licencias anteriormente otorgadas.

- -

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.

- NOTIFIQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos y al Director de Inspección Estatal del Organismo. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

Publíquese en la Gaceta Oficial.

DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 28 días del mes de febrero del 2005.

Fidel F. Figueroa de la Paz

Ministro de la Construcción

________________

RESOLUCION MINISTERIAL No. 76/2005

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.

-

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

-

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de

- Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

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POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Proyectos (EMPROSIME), del Ministerio de la Industria Sidero-Mecánica en Ciudad de La Habana.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.

-

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

-

PRIMERO: Autorizar la Renovación de las Licencias solicitadas por la Empresa de Proyectos (EMPROSIME), del Ministerio de la Industria Sidero-Mecánica en Ciudad de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

-

SEGUNDO: Mediante la Renovación de las Licencias otorgadas, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa de Proyectos (EMPROSIME), quedará autorizada para la realización de lo siguiente:

Alcance de los servicios autorizados:

Servicios de Contratista

- — Servicios integrados de ingeniería de Dirección de la Construcción.

Tipos de Objetivos:

- — Obras de Arquitectura.

- — Obras de Ingeniería.

- — Obras Industriales.

Servicios Técnicos:

- — Servicios de diseño o proyección arquitectónica, ingeniera y tecnológica de nuevas inversiones, reparación, mantenimiento, conservación y demolición y/o desmontaje de objetivos o instalaciones existentes.

- — Servicios de diseño de interiores y exteriores.

- — Servicios de consultoría en asistencia y asesoría técnica y estimaciones económicas.

- — Servicios de ingeniería de supervisión técnica, dirección facultativa, organización de obras y levantamientos técnicos de objetivos existentes.

- — Servicios integrados de ingeniería de dirección de proyectos de inversión.

Tipos de Objetivos:

- — Industria de la metalurgia ferrosa y no ferrosa.

- — Talleres metalmecánicos, de mantenimiento y reparaciones.

- — Otras instalaciones industriales del Ministerio de la Industria Sidero-Mecánica.

- — Centrales mini y micro hidroeléctricas e instalaciones energéticas no convencionales y de cogeneración.

- — Instalaciones de tratamiento ambiental y residuales.

- — Obras de arquitectura de la salud, alojamientos no superior a cuatro estrellas, viviendas, oficinas y edificaciones institucionales, almacenes, deportivas y recreativas, de facilidades de venta y atención al público y obras monumentarias. Para ejercer como Contratista, Proyectista y Consultor.

- -

TERCERO: La Renovación de las Licencias que se otorguen, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 36 meses, a partir de la fecha del vencimiento de las Licencias anteriormente otorgadas.

- -

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.

- NOTIFIQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos y al Director de Inspección Estatal del Organismo. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

Publíquese en la Gaceta Oficial.

DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 28 días del mes de febrero del 2005.

Fidel F. Figueroa de la Paz

Ministro de la Construcción

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RESOLUCION MINISTERIAL No. 77/2005

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.

-

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

-

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

-

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por Diseño Ciudad Habana, del Organo Provincial del Poder Popular en la propia provincia.

-

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.

-

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

-

PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por Diseño Ciudad Habana, del Organo Provincial del Poder Popular en la propia provincia, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

-

SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial,Diseño Ciudad Habana, quedará autorizado para la realización de lo siguiente:

Alcance de los servicios autorizados:

Servicios Técnicos

- — Servicios de diseño o proyección arquitectónica e ingeniera de nuevas inversiones, reparación, mantenimiento, conservación, demolición y desmontaje de objetivos existentes.

- — Servicios de diseño de urbanizaciones y urbanismo.

- — Servicios de diseño de interiores y decoración.

- — Servicios de consultoría en asistencia y asesoría técnica y estimaciones económicas.

- — Servicios de ingeniería de supervisión técnica, dirección facultativa de obras y levantamientos técnicos de objetivos existentes.

Tipos de Objetivos:

- — Obras de arquitectura, monumentarias y monumentos de cualquier tipo y categoría.

- — Obras ingenieras de urbanizaciones. Para ejercer como Proyectista y Consultor.

- -

TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 36 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada.

- -

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.

- NOTIFIQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos y al Director de Inspección Estatal del Organismo. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

Publíquese en la Gaceta Oficial.

DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 28 días del mes de febrero del 2005.

Fidel F. Figueroa de la Paz

Ministro de la Construcción

_________________________

RESOLUCION MINISTERIAL No. 78/2005

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.

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POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

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POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

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POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Diseño e Ingeniería de Cienfuegos, del Ministerio de la Construcción en la propia provincia.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa de Diseño e Ingeniería de Cienfuegos, del Ministerio de la Construcción en la propia provincia, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

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SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa de Diseño e Ingeniería de Cienfuegos, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:

Alcance de los servicios autorizados:

Servicios Técnicos

- — Servicios de diseño o proyección arquitectónica, ingeniera y tecnológica de nuevas inversiones, reconstrucción, conservación, restauración, reparación, mantenimiento y demolición y/o desmontaje de objetivos o instalaciones existentes.

- — Servicios de diseño de interiores y de arquitectura paisajística y áreas verdes.

- — Servicios de diseño o proyección urbanística y de urbanizaciones.

- — Servicios de consultoría en asistencia, asesoría, defectación, estudios e informes técnico – económicos y tecnológicos y estimaciones económicas.

- — Servicios de ingeniería de supervisión técnica, dirección facultativa de obras y levantamientos técnicos.

- — Servicios integrados de ingeniería en dirección de proyectos de inversión.

Tipos de Objetivos:

- — Obras de arquitectura, monumentarias y patrimoniales de cualquier tipo, excepto las inversiones de alojamiento superiores a cuatro estrellas.

- — Edificaciones para otros tipos de obras.

- — Obras ingenieras en viales, pistas de aterrizaje, vías férreas, redes y sistemas de acueducto y alcantarillado y tanques. Para ejercer como Proyectista y Consultor.

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TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 36 meses, a partir de la fecha del vencimiento de la Licencia anteriormente otorgada.

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CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.

- NOTIFIQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos y al Director de Inspección Estatal del Organismo. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

Publíquese en la Gaceta Oficial.

DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 28 días del mes de febrero del 2005.

Fidel F. Figueroa de la Paz

Ministro de la Construcción

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RESOLUCION MINISTERIAL No. 79/2005

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de 2 de julio del 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.

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POR CUANTO: La Resolución No. 328 de 28 de octubre de 1996, dictada por el que resuelve, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

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POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

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POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Producción Industrial de La Habana, del Ministerio de la Construcción en la propia provincia.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de diciembre del 2002, el que resuelve fue designado Ministro de la Construcción de la República de Cuba.

-

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

-

PRIMERO: Autorizar la Renovación de las Licencias solicitadas por la Empresa de Producción Industrial de La Habana, del Ministerio de la Construcción en la propia provincia, en el Registro Nacional de Constructores, Proyec-

- tistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

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SEGUNDO: Mediante la Renovación de las Licencias otorgadas, al amparo de la presente Resolución Ministerial, la Empresa de Producción Industrial de La Habana, quedará autorizada para la realización de lo siguiente:

Alcance de los servicios autorizados:

Servicios de Constructor y Contratista

Servicios de Constructor

- — Colocación de impermeabilizantes de base asfáltica.

- — Servicio de post – venta.

Servicios de Contratista

- — Servicios integrados de ingeniería de Dirección de la Construcción de su especialidad.

- — Producir y comercializar:

- - − Elementos prefabricados de hormigón y de materiales de construcción.

- - − Elementos separadores para el recubrimiento del acero, del hormigón armado.

- - − Hormigón, morteros y productos para la terminación de superficies.

- - − Materiales alternativos y complementarios.

Tipos de Objetivos:

- — Obras de Arquitectura y Viviendas.

- — Obras Industriales.

- — Obras de Ingeniería y de la Defensa.

Servicios Técnicos

- — Servicios técnicos de consultoría en productos y tecnologías de prefabricación.

- — Servicios técnicos de proyección de productos y tecnologías de prefabricación de su producción.

- — Servicios técnicos de laboratorios para ensayos de hormigón, acero y materiales de la construcción.

Tipos de Objetivos

- — Todo tipo de obra. Para ejercer como Constructor, Contratista, Proyectista y Consultor.

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TERCERO: La Renovación de las Licencias que se otorguen, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de 24 meses, a partir de la fecha del vencimiento de las Licencias anteriormente otorgadas.

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CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.

- NOTIFIQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, al Viceministro a cargo del Area Productiva del Ministerio de la Construcción, al Secretario Ejecutivo del Frente de Proyectos y al Director de Inspección Estatal del Organismo. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

Publíquese en la Gaceta Oficial.

DADA en la Ciudad de La Habana, en las Oficinas Centrales del Ministerio de la Construcción, a los 28 días del mes de febrero del 2005.

Fidel F. Figueroa de la Paz

Ministro de la Construcción

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FINANZAS Y PRECIOS