Resolución 103
La Resolución No. 103 del Banco Central de Cuba elimina el gravamen del 10% en operaciones con dólares estadounidenses. Esta norma es emitida por el Banco Central de Cuba.
- Se elimina el gravamen del 10% en operaciones de compra y venta de dólares estadounidenses en efectivo o su depósito en cuenta bancaria.
- La Resolución 80 de 2004 y la Resolución 73 de 2020, que establecían el gravamen, dejan de ser aplicables en este aspecto.
- Los dólares estadounidenses se cambian por pesos convertibles y pesos cubanos sin gravamen en sucursales bancarias, Casas de Cambio e instituciones turísticas.
- Queda sin efecto cualquier referencia sobre la aplicación del gravamen del 10% en varias disposiciones jurídicas anteriores.
- La Ministra Presidente del Banco Central de Cuba, Marta Sabina Wilson González, dicta esta resolución.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN NO. 103/2020
POR CUANTO: La Resolución 80, de 23 de octubre de 2004, del Ministro Presidentedel Banco Central de Cuba, dispone la aplicación del gravamen del 10% a las operacionesen efectivo con dólares estadounidenses.
POR CUANTO: La Resolución 73, de 8 de enero de 2020, de la Ministra Presidentedel Banco Central de Cuba, en su apartado QUINTO extendió la aplicación del gravamendel 10%, a los depósitos en efectivo de dólares estadounidenses en las cuentas bancariasabiertas en esa moneda para las compras minoristas en divisas, al amparo de lo dispuestoen la referida Resolución.
POR CUANTO: Se ha decidido eliminar la aplicación del gravamen del 10%, en lasoperaciones de compra y venta de dólares de Estados Unidos de América en efectivo o sudepósito en cuenta bancaria, dispuesto en las referidas disposiciones jurídicas.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el
Artículo 25, incisod) del Decreto-Ley No. 361 “Del Banco Central de Cuba”, de 14 de septiembre de 2018,
RESUELVO
ÚNICO: Eliminar la aplicación del gravamen del 10%, en las operaciones de compray venta de dólares de Estados Unidos de América en efectivo o su depósito en cuentabancaria.
Los dólares de los Estados Unidos de América, se cambian por pesos convertibles ypesos cubanos, sin gravamen alguno en las sucursales bancarias, Casas de Cambio e in-stituciones turísticas, según el tipo de cambio que publican los bancos cubanos y Casasde Cambio.
DISPOSICIÓN FINAL
ÚNICA: Queda sin efecto cualquier referencia sobre la aplicación del gravamen del 10% en los artículos 4, 11 y 12 de la Resolución 80 de 23 de octubre de 2004; en el Apar-tado Quinto de la Resolución 73 de 8 de enero de 2020, ambas del Ministro Presidente del Banco Central de Cuba y en cuantas disposiciones jurídicas vigentes apareciere.
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DESE CUENTA a la Secretaría del Consejo de Ministros y al Ministro del Turismo.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Secretaría del Banco Central de Cuba.
DADA en La Habana, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil veinte.
Marta Sabina Wilson González
Ministra Presidente
Banco Central de Cuba