Resolución 104/2002
La Resolución No. 104/2002 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente crea la Empresa de Producciones y Servicios Especializados, SETMA. Esta empresa se integra al Grupo Empresarial de Servicios Generales, SEGEN, subordinado al Ministerio. La resolución regula la creación, objeto empresarial y funcionamiento de SETMA.
- La Empresa de Producciones y Servicios Especializados, SETMA, se crea a partir de la conversión de la Organización Económica Estatal Agrupación de Producción y Servicios Generales.
- El objeto empresarial de SETMA incluye servicios de instalación, ensamblaje y reparación de equipos e instrumentos para la investigación científica, comercialización de equipos e instrumentos, producción y comercialización de muebles y estructuras metálicas, entre otros.
- SETMA ofrecerá servicios en ambas monedas, nacional y libremente convertible, a entidades del sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a terceros.
- La dirección, organización y funcionamiento de SETMA se ajustan a las disposiciones vigentes y su estructura y plantilla se aprueban según lo establece el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
- La resolución surte efectos legales a partir de su firma y se publica en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 104/2002
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POR CUANTO: Mediante Acuerdo adoptado por el Consejo de Estado adoptado el 21 de abril de 1994, quien resuelve fue designada Ministra del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4002 adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministro el 24 de abril del 2001, en su Apartado SEGUNDO Numeral 9, faculta a este Ministerio como Organismo de la Administración Central del Estado, para “Evaluar sistemáticamente la efectividad y eficiencia del sistema de Ciencia e Innovación Tecnológica proponer o pronunciarse sobre las medidas necesarias para el desarrollo y perfeccionamiento de los Centros de Investigación y las Entidades de Servicios Científicos – Tecnológicos, incluyendo lo referente a su creación, modificación, fusión, extinción y subordinación.”
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POR CUANTO: La Resolución No. 495/02 de 5 de agosto del 2002 del Ministerio de Economía y Planificación autoriza la creación de la Organización Superior de Dirección Empresarial, denominada Grupo Empresarial de Servicios Generales, en forma abreviada SEGEN, subordinada a este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, así como de las entidades que lo integran.
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POR CUANTO: La Organización Superior de Dirección Empresarial, denominada Grupo Empresarial de Servicios Generales, en forma abreviada SEGEN, subordinada a este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente fue creada mediante la Resolución No. 100/2002 de 27 de septiembre del 2002.
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POR CUANTO: Entre las entidades que integran el Grupo Empresarial de Servicios Generales, SEGEN, se encuentra la Empresa de Producciones y Servicios Especializados, SETMA.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas.
R e s u e l v o :
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PRIMERO: CREAR la Empresa de Producciones y Servicios Especializados, en forma abreviada SETMA a todos los efectos legales, integrada al Grupo Empresarial de Servicios Generales, SEGEN, subordinado al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a partir de la conversión en empresa de la Organización Económica Estatal denominada Agrupación de Producción y Servicios Generales y con el objeto empresarial siguiente:
- a) Brindar servicios de instalación, ensamblaje, reparación, mantenimiento y verificación de equipos e instrumentos para la investigación científica a entidades del sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a terceros, en ambas monedas.
- b) Realizar la comercialización mayorista y en ambas monedas de equipos e instrumentos para la investigación científica al sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
- c) Producir, montar y comercializar de forma mayorista y en ambas monedas, muebles, carpintería en blanco y de aluminio y estructuras metálicas.
- d) Ofrecer servicios de almacenaje de mercancías en moneda nacional y los gastos en moneda libremente convertible al costo.
- e) Prestar servicios de tapicería de autos y muebles, pintura, herrería y conformado de metales a entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a terceros, en ambas monedas. A éstos últimos para aprovechar las capacidades eventualmente disponibles y sin realizar nuevas inversiones con este propósito.
- f) Brindar servicios técnicos de defectación y documentación técnica, así como especializados al sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a terceros, en ambas monedas. A éstos últimos para aprovechar las capacidades eventualmente disponibles y sin realizar nuevas inversiones con este propósito.
- g) Prestar servicios de asesoría y consultoría en materia de los servicios especializados que presta, en moneda nacional.
- h) Ofrecer servicios de montaje de plantas de tratamiento de residuales y potabilizadoras, en ambas monedas.
- i) Brindar servicios de izaje al sistema de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en ambas monedas. A terceros en moneda nacional y los gastos en moneda libremente convertible al costo y cuando existan capacidades eventualmente disponibles, sin realizar nuevas inversiones con este propósito.
Las actividades autorizadas a cobrar en moneda libremente convertible que se efectúen entre entidades estatales, se ajustan a las regulaciones vigentes al respecto.
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SEGUNDO: La dirección, organización y funcionamiento de la Empresa de Producciones y Servicios Especializados, SETMA, se ajustan a las disposiciones vigentes y su estructura y plantilla se aprueban de acuerdo a lo que establece el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
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TERCERO: La presente resolución surte efectos legales a partir del momento de su firma.
Comuníquese, con entrega de copia en todos los casos, al Director de la Empresa de Producciones y Servicios Especializados, SETMA, al Director del Grupo Empresarial de Servicios Generales, a los Ministros de Economía y Planificación; Finanzas y Precios; Trabajo y Seguridad Social; Comercio Interior; Comercio Exterior; al Banco Central de Cuba; a la Oficina Nacional de Estadísticas; a los Viceministros, Delegados Territoriales, Presidentes de Agencias, Directores y Jefes de Departamentos en la Sede Central y del resto del Sistema de este Ministerio y a cuantas otras personas naturales y jurídicas corresponda conocer lo dispuesto.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la Ciudad de La Habana, a los 9 días del mes de octubre del dos mil dos.
Dra. Rosa Elena Simeón Negrín
Ministra de Ciencia, Tecnología
y Medio Ambiente
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