Resolución 104
La Resolución No. 104 del Ministerio del Transporte regula la habilitación de la Instalación Portuaria Empresa de Servicios Portuarios Centro Este del Puerto de Nuevitas. Esta norma es emitida por el Ministerio del Transporte según lo establecido en el Decreto-Ley 230 de 2002.
- La Instalación Portuaria se habilita para carga y descarga de buques de carga general, graneleros y de saquerías.
- Se autoriza el servicio de transportación de cargas y otros servicios generales afines a la actividad portuaria.
- La instalación cuenta con dos muelles: Muelle B Norte y Muelle D Litoral, con operaciones específicas asignadas.
- La habilitación tiene vigencia mientras se mantengan las condiciones técnicas y operativas exigidas.
- La habilitación puede revocarse si no se satisfacen los requerimientos técnicos y operativos.
Texto íntegro
GOC-2022-650-O59 RESOLUCIÓN 104/2022
POR CUANTO: El Decreto-Ley 230, “De Puertos”, de 28 de agosto de 2002, en su Ar-tículo 15 establece que los puertos, terminales y demás instalaciones portuarias, requieren de la habilitación oficial para iniciar y mantener las operaciones y actividades proyec-tadas; en relación con el
Artículo 16 que establece que la habilitación es el documento contentivo de la autorización oficial que otorga esta Autoridad para que un puerto, termi-nal u otra instalación portuaria destinada al tráfico marítimo portuario pueda comenzar arealizar las operaciones y actividades para las que ha sido habilitado.
POR CUANTO: A tenor de lo dispuesto en el
Artículo 3 de la Resolución 80 del Ministerio del Transporte, Reglamento para la Habilitación de los Puertos, Terminales y de-más Instalaciones Portuarias, de 9 de marzo de 2022, es necesario habilitar la Instalación Portuaria Empresa de Servicios Portuarios Centro Este del Puerto de Nuevitas, por lo queesta Autoridad facultada ha decidido en pronunciarse como se dirá en la parte dispositivadel presente cuerpo legal
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me ha sido conferida por el
Artículo 145, inciso e) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Declarar habilitada la Instalación Portuaria perteneciente a la Empresa de Servicios Portuarios Centro Este del puerto de Nuevitas y cuya actividad fundamental radica en: 1. Carga y descarga de buques de carga general, graneleros y de saquerías para la importación, exportación y el cabotaje. 2. Servicio de transportación de cargas.3. Otros servicios generales afines a la actividad portuaria.SEGUNDO: La citada la Instalación Portuaria cuenta con dos muelles: 1. Muelle B Norte, encargado de las operaciones de carga y descarga de buques de carga general, graneleros y de saquerías. 2. Muelle D Litoral, se encarga de las operaciones con Patanas y Remolcadores.
TERCERO: La habilitación que por esta Resolución se otorga, conserva su vigencia mientras no se varíen las actividades autorizadas en ella y se mantengan las condiciones técnicas y operativas exigidas en el Decreto-Ley 230, “De Puertos”, de 28 de agosto de 2002;al mismo tiempo, puede revocarse por esta Autoridad y a propuesta de la Administración Marítima de Cuba, en forma abreviada AMC, cuando no satisfagan esos requerimientos.
1448 GACETA OFICIAL 10 de j unio de 2022
CUARTO: Se faculta al Director General de la AMC para que emita la Certificaciónde Habilitación correspondiente.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en el protocolo a cargo de la Dirección Jurídica del Ministerio del Transporte.
DADA en La Habana, a los 5 días del mes de abril de 2022.Eduardo Rodríguez Dávila Ministro________________