Resolución 104/2023

Extinguir concesión de explotación y procesamiento Flor de Mayo

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2023-09-14
Publicada en
Gaceta No. 88 Ordinaria de 2023 (2023-09-18)
Páginas
6–7
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La Resolución 104/2023 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación y procesamiento denominada Flor de Mayo, otorgada a la Empresa de Materiales de Construcción de Camagüey. Esta resolución se emite en virtud de la Ley 76, 'Ley de Minas', de 21 de diciembre de 1994.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 104/2023

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76,“Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Bá-sica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieranpara la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado por la Resolución 213, de 13 dejunio de 1998, a la Empresa de Materiales de Construcción de Camagüey, en el áreade la concesión de explotación y procesamiento denominada Flor de Mayo, ubicadaen el municipio Santa Cruz del Sur de la provincia de Camagüey, con el objeto deexplotar y procesar el mineral tobas basáltica para la obtención de áridos en la cons-trucción por un término de diez años; prorrogada su vigencia por la Resolución 256,de 14 de agosto de 2008, ambas de los Ministros de la Industria Básica, hasta el 17 deagosto de 2023; por lo que incurre en la causal de extinción de las concesiones minerasdispuesta en la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, en el Capítulo X,

Artículo 60, inciso a).

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Extinguir la concesión de explotación y procesamiento denominada Florde Mayo, ubicada en el municipio Santa Cruz del Sur de la provincia de Camagüey, otor-gada y prorrogada por las resoluciones 213, de 13 de junio de 1998 y la 256, de 14 deagosto de 2008, ambas de los Ministros de la Industria Básica, a la Empresa de Materialesde Construcción de Camagüey.

SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación y proce-samiento, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: La Empresa de Materiales de Construcción de Camagüey, está obligadaa cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación yprocesamiento, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacio-nadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayandado lugar las actividades mineras realizadas.

CUARTO: Derogar las resoluciones 213, de 13 de junio de 1998 y la 256, de 14 deagosto de 2008, ambas de los Ministros de la Industria Básica.

NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa de Materiales de Construcción de Camagüey.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 14 días del mes de septiembre de 2023, “Año 65 de la Revolución”.

Vicente de la O Levy

Ministro

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