Resolución 325

Prórroga al permiso de reconocimiento para la Empresa Geominera del Centro

Organismo
Ministerio de la Industria Básica
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 51 Ordinaria de 2002 (2002-09-30)
Páginas
14
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La Resolución No. 325 del Ministerio de la Industria Básica prorroga el permiso de reconocimiento otorgado a la Empresa Geominera del Centro para realizar trabajos en el área denominada Formación Los Pasos. El Ministerio de la Industria Básica emite esta resolución en virtud de la Ley No. 76, Ley de Minas.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 325

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POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con la cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica otorgar los permisos de reconocimiento y sus prórrogas.

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POR CUANTO: La Empresa Geominera del Centro ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de prórroga excepcional al permiso de reconocimiento sobre el área denominada Formación Los Pasos, otorgado mediante la Resolución No. 156 de 4 de mayo del 2000, del que resuelve.

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POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha valorado la extensión del área y la importancia de los trabajos, recomendando en su dictamen otorgar la prórroga al permiso de reconocimiento solicitado.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.

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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Otorgar a la Empresa Geominera del Centro una prórroga al permiso de reconocimiento que le fuera otorgado mediante la Resolución No.156 de 4 de mayo del 2000, del que resuelve, para la culminación de los trabajos de reconocimiento autorizados en el área denominada Formación Los Paso

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SEGUNDO: El término a la prórroga del permiso de reconocimiento que se otorga en la presente Resolución es improrrogable y vencerá el 26 de diciembre del 2002.

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TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos en la Resolución No.156 de 4 de mayo del 2000, del que resuelve, son de aplicación a la prórroga que se autoriza, con excepción de lo que se oponga a lo establecido en el Apartado anterior.

NOTIFIQUESE a la Empresa Geominera del Centro y a la Oficina Nacional de Recursos Minerales.

COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Dada en Ciudad de La Habana, a los 19 días del mes de septiembre del 2002.

Marcos Portal León

Ministro de la Industria Básica

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