Resolución 105/2005

Sistema Salarial y Calificador de Ocupaciones Comunes Administrativas

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
2005-12-23
Publicada en
Gaceta No. 29 Ordinaria de 2006 (2006-06-02)
Páginas
9–10
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La Resolución No. 105/2005 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el Sistema Salarial y aprueba el Calificador de Ocupaciones Comunes Administrativas. Este sistema busca implementar un modelo salarial basado en el principio de distribución socialista 'de cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo'.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 105/2005

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de 22 de octubre de 1999, el que suscribe fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, establece, entre las atribuciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, la de dictar resoluciones en el límite de sus facultades y competencia.

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POR CUANTO: Conforme al Acuerdo No. 4085 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 2 de julio de 2001, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social es el organismo encargado de proponer, dirigir, controlar y evaluar, sistemáticamente, la política del Estado y el Gobierno en materia laboral, salarial, de seguridad y protección en el trabajo y de prevención, atención y seguridad social.

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POR CUANTO: Se ha elaborado un Sistema Salarial basado en el principio de distribución socialista “de cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo”, orientando que el salario se convierta en el principal estímulo material que reciba el trabajador por su aporte a la sociedad.

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POR CUANTO: Para la aplicación del Sistema Salarial se han confeccionado con la activa participación de los organismos, la Central de Trabajadores de Cuba y los sindicatos nacionales, nuevos calificadores de cargos y ocupaciones, para lo cual se revisaron más de 10 mil cargos de los calificadores vigentes y se rediseñaron en menos de 5 mil cargos de amplio perfil, lo que contribuirá al mejoramiento de la eficiencia de la producción y los servicios.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 499, de 18 de agosto de 1980, del entonces denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social, se aprobó el Calificador Nacional de Ocupaciones Administrativas, el cual resulta necesario sustituir por el de amplio perfil que por la presente se aprueba, como parte del Sistema Salarial.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Aprobar el Calificador de Ocupaciones Comunes Administrativas cuyas denominaciones, descripción de las funciones o tareas principales, grupos de complejidad y requisitos para desempeñar la ocupación aparecen en el Anexo de la presente Resolución.

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SEGUNDO: La descripción de las funciones o tareas principales y requisitos de las ocupaciones que integran el Calificador que por la presente se aprueba, son los que obran archivados en la Dirección de Trabajo y Estimulación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

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TERCERO: Se derogan las disposiciones siguientes:

- a) Resolución No. 332 de 21 de junio de 1979, del antes denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social, que aprueba ocupaciones administrativas, cuya nomenclatura y grupo de calificación se deben registrar en el Calificador Nacional de Ocupaciones Administrativas.

- b) Resolución No. 499 de 18 de agosto de 1980, del antes denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social, que aprueba y pone en vigor el Calificador Nacional de Ocupaciones Administrativas.

- c) Resolución No. 9 de 9 de julio de 1991, del antes denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social, que aprueba y pone en vigor el Calificador de Profesiones Administrativas en las nuevas entidades que surjan producto de la puesta en funcionamiento de las inversiones, así como en otras que excepcionalmente se decidan por el Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social.

- d) Instrucción No. 877 de fecha 14 de septiembre de 1981, que aprueba y pone en vigor una ocupación nueva administrativa, “Inspector de Programa de Televisión” y su registro en el Calificador Nacional de Ocupaciones Administrativas.

- e) Instrucción No. 882 de fecha 21 de septiembre de 1981, que autoriza la utilización de la ocupación administrativa denominada “Secretaria Ejecutiva” que aparece en el grupo VII del Calificador Nacional de Ocupaciones Administrativas, para que asista en sus actividades a los miembros profesionales de los Comités Ejecutivos Provinciales del Poder Popular.

- f) Instrucción No. 1006 de fecha 17 de noviembre de 1981, que aprueba y pone en vigor cuatro ocupaciones nuevas administrativas y se registran en el Calificador Nacional de Ocupaciones Administrativas.

- g) Instrucción No. 1541 de fecha 20 de septiembre de 1982, que aprueba y pone en vigor una ocupación nueva de trabajador administrativo: Encargado “A” del Local del Acueducto y Alcantarillados.

- h) Instrucción No. 1573 de fecha 13 de octubre de 1982, que aprueba y pone en vigor la conversión de ocupaciones administrativas que no se corresponden con sus necesidades por cargos técnicos y tres propuestas de conversión de cargos técnicos y su registro en el Calificador Común de Técnicos y el Calificador Nacional de Ocupaciones Administrativas.

- i) Instrucción No. 2005 de 1 ro. de abril de 1983, que aprueba la descripción del procedimiento de trabajo y los requisitos de conocimiento de la ocupación “Despachador de Acueducto”.

- j) Instrucción No. 2197 de fecha 25 de junio de 1983, que aprueba y pone en vigor dos ocupaciones nuevas admi-

- nistrativas: “Catalogador- Archivero de Documentos y Materiales Fílmicos de Versiones Taquigráficas” y “Encargado de Edición y Selección Cablegráfica Internacional de Versiones Taquigráficas del Consejo de Estado”.

- k) Instrucción No. 4048 de fecha 15 de junio de 1985, que aprueba y pone en vigor una ocupación nueva de administrativo, “Controlador de Expediente Académico y Acumulativo”.

- l) Instrucción No. 4173 de fecha 19 de julio de 1985, que aprueba y pone en vigor dos ocupaciones administrativas: “Cobrador de Cuentas de Divisa a Crédito” y “Encargado de Alquiler y Ventas de Carros a Extranjeros”.

- m) Instrucción No. 603 de fecha 22 de diciembre de 1987, que aprueba la descripción del contenido de trabajo, los requisitos de conocimiento, grupo de calificación y sueldos mensuales de las ocupaciones administrativas Cajero Recaudador de Cuota Sindical y Recaudador de Cuota Sindical.

- n) Instrucción No. 54 de fecha 7 de marzo de 1989, de este Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que aprobó una ocupación de trabajadores administrativos, funcionarios de atención a combatientes y familiares de internacionalistas y de mártires, la que se adicionó al Calificador Nacional de Ocupaciones Administrativas.

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CUARTO: El Calificador que por la presente Resolución se aprueba es de aplicación por un año a partir de su fecha.

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QUINTO: Facultar al Viceministro correspondiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que dicte las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicación de lo que por la presente Resolución se establece, así como para modificar, de resultar necesario, la denominación, descripción de las funciones y requisitos de las ocupaciones, a solicitud de los jefes de los organismos y sindicatos nacionales correspondientes.

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PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República. Dada en Ciudad de La Habana, a los 23 días del mes de diciembre de 2005.

Alfredo Morales Cartaya

Ministro de Trabajo

y Seguridad Social

RELACION DE LAS OCUPACIONES POR GRUPOS DE COMPLEJIDAD

GRUPO III

- a) Archivero

- b) Auxiliar de Oficina

GRUPO IV

- a) Aforador

- b) Archivero Especializado

- c) Cajero Recaudador

- d) Investigador Verificador

- e) Legalizador-Controlador de Firmas

- f) Oficinista

GRUPO V

- a) Asistente Operativo

- b) Auxiliar de Asuntos Jurídicos

- c) Auxiliar de Fuerza de Trabajo

- d) Auxiliar Económico

- e) Auxiliar de Redacción y Corrección

- f) Auxiliar Técnico

- g) Controlador-Facturador

- h) Encargado de Control de Expediente Docente

- i) Encargado de Distribución

- j) Encargado de Relaciones Comerciales

- k) Mecanógrafo Especializado

- l) Programador-Controlador

- m) Revisador de Tarifas de Pasajes, Carga y Correo Nacional

- n) Taquimecanógrafo

- o) Tramitador de Documentos

GRUPO VI

- a) Cajero Pagador

- b) Revisador de Tarifas de Pasajes, Carga y Correo Nacional e Internacional

GRUPO VII

- a) Auxiliar de Redacción y Corrección Bilingüe

- b) Mecanógrafo Bilingüe

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