Resolución 21/2005

Normas para la Aplicación del Régimen de Tránsito Aduanero

Organismo
Aduana General de la República
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 40 Ordinaria de 2005 (2005-08-24)
Páginas
8–9
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La Resolución No. 21/2005 de la Aduana General de la República establece las normas para la aplicación del Régimen de Tránsito Aduanero. Estas normas regulan las condiciones, trámites y formalidades para la concesión y control del régimen. La resolución emana de la facultad otorgada al Jefe de la Aduana General por el Decreto-Ley No. 162 de 1996.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 21/2005

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POR CUANTO: La Disposición Final Segunda del Decreto-Ley No. 162, de Aduanas, de 3 de abril de 1996, faculta expresamente al Jefe de la Aduana General de la República para dictar las normas complementarias necesarias para la mejor ejecución de lo dispuesto en dicho Decreto-Ley, así como para establecer los términos, plazos y forma en que deberán cumplimentarse las declaraciones, formalidades, entrega de documentos, notificaciones e informaciones a presentar a la Aduana previstos en el mismo.

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POR CUANTO: La Resolución No. 27, de 14 de noviembre del 2002, del Jefe de la Aduana General de la República, puso en vigor las Normas para la Aplicación del Régimen de Tránsito Aduanero, las que requieren ser adecuadas, para la mejor ejecución de lo dispuesto en el antes mencionado Decreto-Ley No. 162, referido a dicho Régimen Aduanero y en concordancia con el proceso de modernización y automatización que se lleva a cabo por la Aduana General de la República.

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POR CUANTO: Se hace necesario establecer las Normas para la Aplicación del Régimen de Tránsito Aduanero en las condiciones actuales de nuestro comercio exterior.

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POR CUANTO: El que resuelve, fue designado Jefe de la Aduana General de la República por Acuerdo No. 2867 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 3 de marzo de 1995.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Poner en vigor las Normas para la Aplicación del Régimen de Tránsito Aduanero, las que forman parte integrante de la presente Resolución.

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SEGUNDO: La presente Resolución comenzará a regir posterior a los treinta días de haber sido publicada en la Gaceta Oficial de la República.

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TERCERO: Se deroga la Resolución No. 27, de 14 de noviembre del 2002, del Jefe de la Aduana General de la República, y cuantas más disposiciones de inferior o igual rango se opongan a lo dispuesto en esta resolución.

COMUNIQUESE la presente a todo el Sistema de Organos Aduaneros, al Ministerio de Transportes, a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, y a cuantas más personas naturales y jurídicas corresponda.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.

ARCHIVESE el original en la Dirección de Asuntos Legales de esta Aduana General de la República.

DADA en la Aduana General de la República, en Ciudad de La Habana, a los dos días del mes de junio de dos mil cinco.

Pedro Ramón Pupo Pérez

Jefe de la Aduana General de la República

NORMAS PARA LA APLICACION

DEL REGIMEN DE TRANSITO ADUANERO

CAPITULO I

GENERALIDADES

ARTICULO 1.-Las presentes normas regulan las condiciones, trámites y formalidades aplicables para la concesión del disfrute del Régimen de Tránsito Aduanero y su control, en lo adelante régimen, son complementarias del Decreto-