Resolución 105/2006
La Resolución No. 105/2006 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el Sistema Salarial y Calificador de Cargos Técnicos para el Ministerio de Economía y Planificación. Esta norma establece un nuevo calificador de cargos técnicos propios para el Ministerio de Economía y Planificación.
- Aprobar el calificador de cargos técnicos propios para el Ministerio de Economía y Planificación (Artículo Primero)
- Descripciones de funciones archivadas en la Dirección de Trabajo y Estimulación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Artículo Segundo)
- Denominaciones y requisitos de conocimientos no pueden ser modificados sin aprobación del Ministerio (Artículo Tercero)
- Derogar resoluciones anteriores que regulaban calificadores de ocupaciones de técnicos (Artículo Cuarto)
- El calificador aprobado tiene vigencia de un año a partir de su fecha (Artículo Quinto)
Texto íntegro
RESOLUCION No. 105/2006
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de 22 de octubre de 1999, el que suscribe fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, establece entre las atribuciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, la de dictar resoluciones en el límite de sus facultades y competencia.
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POR CUANTO: Conforme al Acuerdo No. 4085 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 2 de julio de 2001, Apartado Segundo, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, es el organismo encargado de proponer, dirigir, controlar y evaluar, sistemáticamente, la política del Estado y el Gobierno en materia laboral, salarial, de seguridad y protección en el trabajo y de prevención, atención y seguridad social.
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POR CUANTO: Se ha elaborado un Sistema Salarial basado en el principio de distribución socialista “de cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo”, orientando que el salario se convierta en el principal estímulo material que reciba el trabajador por su aporte a la sociedad.
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POR CUANTO: Para la aplicación del Sistema Salarial se han confeccionado con la activa participación de los organismos, la Central de Trabajadores de Cuba y los Sindicatos Nacionales nuevos calificadores de cargos y ocupaciones, para lo cual se revisaron más de 10 mil cargos de los calificadores vigentes y se rediseñaron en menos de 5 mil cargos de amplio perfil.
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POR CUANTO: Mediante Resolución No. 2070 de abril de 1983, que puso en vigor el Calificador Propio de ocupaciones de Técnicos, de la Oficina Nacional de Estadísticas; Resolución No. 2883 de diciembre de 1983 que puso en vigor el Calificador Propio de ocupaciones de Técnicos, del Ministerio de Economía y Planificación y la Resolución No. 3535 de junio de 1984 que puso en vigor el Calificador Propio de ocupaciones de Técnicos, de la Oficina Nacional de Diseño Industrial del antes denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social así como la Resolución No. 1 de enero de 2004 dictada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que puso en vigor el Calificador Propio de ocupaciones de Técnicos, del Instituto de Planificación Física, las cuales resulta necesario sustituir por el que por la presente se aprueba.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Aprobar el calificador de cargos técnicos propios para el Ministerio de Economía y Planificación, cuyos cargos, funciones o tareas principales, grupos de complejidad y requisitos para desempeñar el cargo u ocupación aparecen en el Anexo de la presente Resolución.
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SEGUNDO: La descripción de las funciones o tareas principales, que integran el Calificador que por la presente se aprueba, obran archivadas en la Dirección de Trabajo y Estimulación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
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TERCERO: Las denominaciones, descripciones del contenido de trabajo, los requisitos de conocimientos y los grupos de calificación que aparecen en el presente Calificador, no pueden ser modificados en forma alguna sin la aprobación de este Ministerio.
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CUARTO: Se derogan las disposiciones del anteriormente denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social, siguientes:
- 1. Resolución No. 2070 de abril de 1983, del anteriormente denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social, que puso en vigor el Calificador Propio de ocupaciones de Técnicos, de la Oficina Nacional de Estadísticas.
- 2. Resolución No. 2883 de diciembre de 1983 del anteriormente denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social, que puso en vigor el Calificador Propio de ocupaciones de Técnicos, de la Junta Central de Planificación.
- 3. Resolución No. 3535 de junio de 1984, del anteriormente denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social puso que en vigor el Calificador Propio de ocupaciones de Técnicos, de la Oficina Nacional de Diseño Industrial.
- 4. Resolución No. 1 ro. de enero de 2004, dictada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que puso en vigor el Calificador de Profesiones de Técnicos, del Instituto de Planificación Física y las instrucciones complementarias.
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QUINTO: El Calificador que por la presente Resolución se aprueba es de aplicación por un año a partir de su fecha.
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SEXTO: Facultar al Viceministro correspondiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que dicte las disposiciones complementarias requeridas para la mejor aplicación de lo que por la presente Resolución se establece,
- - así como para modificar, de resultar necesario, la denominación, descripción de funciones y requisitos de los cargos en ella aprobados.
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PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República. Dada en Ciudad de La Habana, a los 25 días del mes de enero de 2006.
Alfredo Morales Cartaya
Ministro de Trabajo
y Seguridad Social
ANEXO
RELACION DE CARGOS POR GRUPO
DE COMPLEJIDAD
Cargos
GRUPO VIII
Inspector “B” de Ordenamiento Territorial y Urbano.
Técnico del Sistema de Información Territorial.
Técnico en Ordenamiento Territorial y Urbano.
GRUPO X
Especialista “D” en Ordenamiento Territorial.
Especialista “D” en Urbanismo.
Especialista “C” del Sistema de Información Territorial.
Inspector “A” de Ordenamiento Territorial y Urbano.
Planificador Territorial “B”.
GRUPO XI
Analista “C” en Evaluación de Inversiones de la Economía Nacional.
Especialista “B” del Sistema de Información Territorial.
Especialista “C” en Ordenamiento Territorial.
Especialista “C” en Urbanismo.
Estadístico General.
Planificador Territorial “A”.
Planificador “C” Economía Nacional.
GRUPO XII
Analista “B” en Evaluación de Inversiones de la Economía Nacional.
Especialista en Inspección de Ordenamiento Territorial y Urbano.
Especialista “B” en Ordenamiento Territorial.
Especialista “B” en Urbanismo.
Estadístico Nacional “B”.
Experto en Evaluación y Diagnóstico de Diseño.
Experto en Gestión de Diseño.
Planificador “B” de la Economía Nacional.
GRUPO XIII
Analista “A” en Evaluación de Inversiones de la Economía Nacional.
Analista Pronosticador de la Economía Nacional.
Especialista “A” del Sistema de Información Territorial.
Especialista “A” en Ordenamiento Territorial.
Especialista en Evaluación y Diagnóstico de Diseño.
Especialista “A” en Urbanismo.
Especialista en Gestión de Diseño.
Estadístico Nacional “A”.
Planificador “A” de la Economía Nacional.