Resolución 105/2022

Modificación del Reglamento que rige las relaciones comerciales en operaciones en moneda libremente convertible

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 33 Ordinaria de 2022 (2022-03-22)
Páginas
3–4
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución 105/2022 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera modifica el Reglamento que rige las relaciones comerciales en operaciones en moneda libremente convertible. Esta modificación se realiza para adicionar tres entidades autorizadas a realizar operaciones de comercio exterior con formas de gestión no estatal.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 105/2022

POR CUANTO: Mediante la Resolución 315, del Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, de 13 de agosto de 2020, sucesivamente modificada, se aprobó el“Reglamento que rige las relaciones comerciales en las operaciones en moneda librementeconvertible entre las entidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior y lasformas de gestión no estatal.”, el que ha sido sucesivamente modificado por las resolu-ciones 336, de 13 de diciembre de 2021 y 80, de 10 de febrero de 2022, de esta propiaautoridad.

POR CUANTO: La experiencia práctica obtenida durante la implementación del citado Reglamento aconseja modificar su Anexo Único al objeto de adicionar tres (3) entidadesautorizadas a realizar operaciones de comercio exterior con las formas de gestión no es-tatal, para lo cual resulta necesario disponer lo que corresponde.

POR CUANTO: El

Artículo 33 del Decreto-Ley 67, “De Organización de la Admi-nistración Central del Estado”, de 19 de abril de 1983, establece que los jefes de los or-ganismos de la Administración Central del Estado podrán ser temporalmente sustituidos,cuando fuere necesario, por el Viceministro Primero de estos.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 60, del Presidente del Consejo de Ministros,de 13 de diciembre de 2019, fue designada la que resuelve Viceministra Primera del Mi-nisterio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

ÚNICO: Modificar el ANEXO ÚNICO de la Resolución 315, “Reglamento que rigelas relaciones comerciales en las operaciones en moneda libremente convertible entre las

754

entidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior a las formas de gestiónno estatal”, dictada por esta propia autoridad el 13 de agosto de 2020, a efectos de adicio-nar las tres (3) entidades que se relacionan a continuación:

57. Empresa Comercializadora del INDER, en forma abreviada ECINDER.

58. Empresa de Acopio Cienfuegos.

59. CINESOFT-DIGT@L, S.U.R.L.

COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Ministeriodel Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los directores del Centro de Promo-ción para el Comercio Exterior y la Inversión Extranjera y del Centro de Superación del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera de este Ministerio, a los jefes de las organi-zaciones superiores de dirección empresarial y al Presidente de la Cámara de Comerciode la República de Cuba.

DESE CUENTA de la presente Resolución a la Secretaría del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, a los jefes de los órganos y organismos de la Administración Cen-tral del Estado, a la Ministra Presidente del Banco Central de Cuba y al Jefe de la Aduana General de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, alos diez días del mes de marzo de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.

Ana Teresita González Fraga

Ministra a.i.

________________