Resolución 106
La Resolución No. 106 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia de la sucursal de COMERCIALIZADORA CTS CHILE LTDA en Cuba. La resolución es emitida por el Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
- Se autoriza la renovación de la licencia de la sucursal de COMERCIALIZADORA CTS CHILE LTDA en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- El objeto de la sucursal será la realización de actividades comerciales relacionadas con mercancías descritas en el Anexo I de la resolución.
- La licencia no autoriza la importación y exportación directa, comercio mayorista y minorista en general, distribución y transporte de mercancías en el territorio nacional.
- La sucursal podrá realizar actividades comerciales con productos de los capítulos 25, 26, 27, 32, 38, 39, 40, 59, 72, 73, 74, 76, 84, 85, 89 y 90 de la nomenclatura de productos.
Texto íntegro
GOC-2020-267-O25 RESOLUCIÓN 106 de 2020
POR CUANTO: El Decreto 206 “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, de 10 de abril de 1996, establece el proce-dimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de li-cencias de las sucursales y agentes de sociedades mercantiles presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba,
POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie-dades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, el expediente
868 GACETA OFICIAL 2 de abril de 2020 incoado en virtud de la solicitud de renovación de la licencia de la sucursal de la compañía chilena COMERCIALIZADORA CTS CHILE LTDA. y, del análisis efectuado, se ha con-siderado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía chilena COMERCIALIZADORA CTS CHILE LTDA. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba,
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía chilena COMERCIALIZADORA CTS CHILE LTDA. en Cuba, a partir de su renovación, será la realización de actividades comerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; y c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. NOTIFÍQUESE al encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So-ciedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba por conducto de la directora Jurídica del ministerio. COMUNÍQUESE al presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera. DESE CUENTA al jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba,
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este ministerio.
DADA en La Habana, ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veintitrés días del mes de marzo de dos mil veinte. “Año 62 de la Revolución”.Rodrigo Malmierca Díaz
869 GACETA OFICIAL2 de abril de 2020 ANEXO INOMENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES A LA SUCURSAL COMERCIALIZADORA CTS CHILE LTDA Descripción Capítulo 25 Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos Capítulo 26 Minerales metalíferos, escorias y cenizas Capítulo 27 Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales Capítulo 32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas Capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas Capítulo 40 Caucho y sus manufacturas Capítulo 59 Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos de materia textil Capítulo 72 Fundición, hierro y acero Capítulo 73 Manufacturas de fundición, hierro o acero Capítulo 74 Cobre y sus manufacturas Capítulo 76 Aluminio y sus manufacturas Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos Capítulo 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos Capítulo 89 Barcos y demás artefactos flotantes Capítulo 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos________________