Resolución 108/2024

Prórroga de concesión de explotación de mineral arena en Pinar del Río

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2024-09-16
Publicada en
Gaceta No. 98 Ordinaria de 2024 (2024-10-14)
Páginas
4–6
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Resumen generado por IA

La Resolución 108/2024 del Ministerio de Energía y Minas prorroga la concesión de explotación de mineral arena en el área denominada Plan-16, ubicada en el municipio de Mantua, provincia de Pinar del Río, otorgada a la Empresa Provincial de Mantenimiento y Construcción Civil Pinar del Río. La prórroga tiene un término de diez años, hasta el 15 de septiembre de 2034.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 108/2024

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley 76, “Leyde Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministerio de la Industria Básica, hoy de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para lamejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Por la Resolución 247, de 15 de septiembre de 2014, del ministro de Energía y Minas se otorga a la Empresa Provincial de Conservación, Rehabilitación y Ser-vicios a la Vivienda, actualmente denominada Empresa Provincial de Mantenimiento y Construcción Civil Pinar del Río, una concesión de explotación en el área denominada Plan-16, ubicada en el municipio de Mantua, de la provincia de Pinar del Río, con el ob-jetivo de explotar el mineral arena, por un término de diez (10) años, para su utilizaciónen la construcción.

POR CUANTO: La Empresa Provincial de Conservación, Rehabilitación y Serviciosa la Vivienda, ha solicitado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una prórroga altérmino otorgado y descrito en el Por Cuanto anterior, para continuar la explotación delmineral arena.

POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conve-niente en su dictamen recomendar al que resuelve otorgue al concesionario dicha prórro-ga, oídos los criterios de los órganos locales correspondientes.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el Ar-tículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Prorrogar hasta el 15 de septiembre de 2034, la concesión de explotacióndenominada Plan-16, ubicada en el municipio de Mantua de la provincia de Pinar del Río,otorgada a la Empresa Provincial de Mantenimiento y Construcción Civil Pinar del Río.

SEGUNDO: El concesionario está obligado a:

1. Presentar la actualización de la Licencia Ambiental No. 3117 ante los funcionarios dela Dirección de la Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental de la provincia de Pinar del Río, antes de continuar los trabajos, según se dispone en la Resolución 132“Reglamento del proceso de evaluación de impacto ambiental”, de 11 de agostode 2009, del ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

2. Cumplir con lo establecido en la Resolución 93 “Reglamento para el control de lasemisiones y transferencias de contaminantes”, de 18 de julio de 2023, de la ministrade Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

3. Implementar medidas que garanticen la protección física de las personas, los re-cursos y medios técnicos, así como la prevención de incendios, antes, durante ydespués de la ejecución de los trabajos, según lo dispuesto en el Decreto-Ley 186“Sobre el Sistema de Seguridad y Protección Física”, de 17 de junio de 1998, y su Reglamento aprobado mediante la Resolución 2, de 5 de marzo de 2001, del minis-tro del Interior; así como realizar el estudio de riesgo y vulnerabilidades.

4. Informar a la Región Militar de la provincia de Pinar del Río el cronograma de ejecu-ción de los trabajos autorizados y puntualizar otros datos que puedan ser de interés.

5. Contactar con los funcionarios de la Delegación de la Agricultura del municipio de Mantua, a los efectos de dar a conocer la prórroga que se autoriza, con sujeción a loestablecido en el apartado Decimotercero de la citada Resolución 247.

6. Cumplir con lo establecido en la norma cubana 23:1999 “Franjas Forestales de laszonas de protección de cauces fluviales”.

7. Evitar el derrame de combustibles, lubricantes u otras sustancias que puedan con-taminar las aguas terrestres o afectaciones al escurrimiento natural de las corrientesfluviales.

8. Abstenerse de depositar desechos, material o sustancias contaminantes que afectenel drenaje natural del terreno y depositar el material desbrozado, en una zona dondese pueda utilizar para la rehabilitación del área minada.

9. Rehabilitar el área una vez concluida la actividad minera.

10. Pagar la tasa de resarcimiento al Presupuesto del Estado establecida en la Resolu-ción 221, de 28 de septiembre de 2023, del ministro de Finanzas y Precios.

TERCERO: Además de lo dispuesto en la presente Resolución, el concesionario cum-ple con las disposiciones contenidas en la Ley 124 “De las aguas terrestres”, de 14 de juliode 2017, y su Reglamento, el Decreto 337, de 5 de septiembre de 2017; en la Ley 150“Del Sistema de los Recursos Naturales y el Medio Ambiente”, de 14 de mayo de 2022; el Decreto-Ley 50 “Sobre la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los suelosy el uso de los fertilizantes”, de 6 de agosto de 2021, y su Reglamento; el Decreto 52, de 1 ro. de septiembre de 2021, la Ley 113 “Del Sistema Tributario”, de 23 de julio de 2012,y su Reglamento; el Decreto 308, de 31 de octubre de 2012; así como las demás disposi-ciones jurídicas que le sean aplicables.

CUARTO: Los términos, condiciones y obligaciones, dispuestos en la Resolución 247,de 15 de septiembre de 2014, del ministro de Energía y Minas, son de obligatorio cumpli-miento para la Empresa Provincial de Conservación, Rehabilitación y Servicios a la Vi-vienda, con excepción de los que se opongan a lo establecido en los apartados anterioresde la presente Resolución.

NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la Empresa Provincial de Conservación, Rehabilitación y Servicios ala Vivienda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 16 días del mes de septiembre de 2024, “Año 66 de la Revolución”.

Vicente de la O Levy

Ministro