Resolución 108/2025
La Resolución 108/2025 del Ministerio de Turismo regula la renovación de la licencia a CUBATUR S.A. como representante de TRAVELNET LTD. en Cuba. La licencia fue renovada según lo establecido en el Decreto 32 de 2021 y el Acuerdo 1006 de 2024.
- Se autoriza a CUBATUR S.A. para actuar como representante de TRAVELNET LTD. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- La licencia permite servicios como asistencia a clientes, ubicación de traslados, venta de excursiones y coordinación de reservas.
- Se prohíbe a CUBATUR S.A. importar y exportar comercialmente, realizar comercio mayorista y minorista, y transportar mercancías o personas en el territorio nacional.
- La licencia no autoriza actividades no especificadas en la resolución, como la venta de productos y servicios excepto excursiones a clientes.
- El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras es responsable del cumplimiento de la resolución.
- La resolución fue emitida por el Ministro de Turismo, Juan Carlos García Granda.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 108/2025
POR CUANTO: El Decreto 32, de fecha 22 de febrero de 2021, “Reglamento parael establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba”, dispone ensu artículo 19.2 y 3 que corresponde al ministro de Turismo en su respectiva área decompetencia autorizar o denegar solicitudes de Licencia para el establecimiento de re-presentaciones extranjeras, y en su Disposición Final Segunda, regula que los jefes delos organismos de la Administración Central del Estado quedan encargados de dictar lasdisposiciones complementarias que resulten necesarias a los efectos de lo previsto en elpresente Decreto.
POR CUANTO: El Acuerdo 1006, de 25 de noviembre de 2024, establece las funcio-nes específicas del Ministerio de Turismo, y entre ellas, la prevista en su apartado Prime-ro, numeral dos, consistente en ejercer la función metodológica rectora sobre la actividadde agencias de viajes.
POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comercia-les Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado apartir de la solicitud renovación de la licencia al amparo del mencionado Decreto No. 32 de la agencia de viajes CUBATUR S.A. para actuar como representante de la agencia deviajes TRAVELNET LTD., del análisis efectuado se ha considerado acceder a la solicitudformulada.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas en el inciso d),del
Artículo 145, de la constitución de la República de Cuba;
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia otorgada de la agencia de viajes Cubatur, S.A. para actuar como representante de la agencia TRAVELNET LTD., en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: Autorizar a la agencia de viajes cubana en su carácter de representante dela agencia de viajes, TRAVELNET LTD., a partir de su inscripción a realizar los serviciossiguientes:
a. Asistencia a los clientes en los puntos de embarque y desembarque;
b. ubicación de traslados;
c. realización de las reuniones de información;
d. venta de excursiones y opcionales;
e. servicios de coordinación y reservas a través de la central de reservas de la agenciade viajes nacional que la represente;
f. formalización o ejecución de pólizas de seguro turístico;
g. reconfirmación de reservas aéreas;
h. realizar todos los trámites requeridos para la acreditación de directivos extranjeros;
i. disponer del personal nacional especializado o gestionarlo a través de la entidadempleadora correspondiente;
j. disponer o gestionar los servicios de comunicación y otros medios para el montajey habilitación de sus locales de trabajo; y
k. gestionar los servicios de transporte para el desenvolvimiento de la actividad de laagencia representada y la adquisición de autos para los supervisores extranjeros.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autori-za la realización de las actividades siguientes:
a. importar y exportar directamente, con carácter comercial;
b. realizar comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto la venta de excursiones a sus clientes siempre que estas se realicen por sussupervisores, de acuerdo al contrato suscrito; y
c. transportar mercancías ni personas en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Ex-tranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, queda responsabi-lizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comercia-les Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba por conducto del Director Jurídico de este Organismo y al Director General la Agencia de Viajes Cubatur S.A.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE su original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
Dada en la Habana, a los 20 días del mes mayo del 2025, “Año 67 de la Revolución”.
Juan Carlos García Granda
Ministro