Resolución 109

Prórroga del permiso de reconocimiento a GEOMINERA S.A.

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2019-08-29
Publicada en
Gaceta No. 70 Ordinaria de 2019 (2019-09-16)
Páginas
24–25
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La Resolución No. 109 del Ministerio de Energía y Minas prorroga el permiso de reconocimiento a GEOMINERA S.A. en el área denominada Los Pasos, ubicada en varias provincias de Cuba. La prórroga permite concluir los trabajos de reconocimiento autorizados para minerales como cobre, plomo y zinc, y metales preciosos oro y plata.

Texto íntegro

GOC-2019-844-O70 RESOLUCIÓN 109

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: La sociedad mercantil GEOMINERA S.A. ha solicitado una prórro-ga del permiso de reconocimiento otorgado por la Resolución 31, del ministro de Energía y Minas, de 13 de febrero de 2018, en el área denominada Los Pasos, ubicada en los municipios Cumanayagua de la provincia de Cienfuegos, Manicaragua de la provincia de Villa Clara, y Fomento y Cabaiguán de la provincia de Sancti Spíritus, con el objetivo de concluir los trabajos de reconocimiento autorizados para los minerales cobre, plomo y zinc, y los metales preciosos oro y plata, a fin de seleccionar áreas perspectivas para la investigación geológica, así como comprobar investigaciones pretéritas.

POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conve-niente en su dictamen recomendar al que resuelve otorgue la prórroga solicitada para concluir los trabajos de reconocimiento.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 145, inciso e), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPrimero: Otorgar a la sociedad mercantil GEOMINERA S.A. una prórroga al tér-mino del permiso de reconocimiento en el área denominada Los Pasos, ubicada en los municipios Cumanayagua de la provincia de Cienfuegos, Manicaragua de la provincia de Villa Clara, y Fomento y Cabaiguán de la provincia de Sancti Spíritus, para que concluya los trabajos de reconocimiento autorizados.

SEGUNDO: La prórroga que se otorga está vigente hasta el 29 de febrero de 2020.

TERCERO: Además de lo dispuesto en la presente Resolución, el permisionario está obligado a cumplir todas las disposiciones contenidas en las leyes 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, y su legislación complementaria; la 81, “Del Medio Ambiente”, de 11 de julio de 1997; la 124, “De las aguas terrestres”, de 14 de julio de 2017, y su legislación complementaria; y la 85, “Ley Forestal”, de 21 de julio de 1998.

CUARTO: Los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en la Resolución 31, del ministro de Energía y Minas, de 13 de febrero de 2018, continúan siendo de obli-gatorio cumplimiento para el permisionario, con excepción de los que se opongan a lo establecido en los apartados anteriores de la presente Resolución.

1579 GACETA OFICIAL16 de septiembre de 2019 NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al director general de la sociedad mercantil GEOMINERA S.A.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 29 días del mes de agosto de 2019. “Año 61 de la Revo-lución”.Raúl García Barreiro Ministro