Resolución 11

Sobre el movimiento de inmuebles dentro del Sistema del Comercio Interior

Organismo
Ministerio del Comercio Interior
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 6 Ordinaria de 2002 (2002-01-17)
Páginas
9–10
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La Resolución No. 11 del Ministerio del Comercio Interior regula el movimiento de inmuebles dentro del Sistema del Comercio Interior. Establece que los movimientos de inmuebles se realizarán mediante compra-venta, con excepciones para fusiones o uniones de entidades y movimientos entre establecimientos de la misma organización empresarial.

Texto íntegro

Resolución No.52/96, se puso en vigor la Resolución No.194, de fecha 16 de junio del 2000, estableciendo las Actas de Traspaso para los inmuebles medios básicos de las entidades pertenecientes al Sistema del Ministerio del Comercio Interior.

POR CUANTO: El Ministerio de Finanzas y Precios emitió la Resolución No.42/01 sobre los movimientos de los activos fijos tangibles entre entidades empresariales estatales, las cuales se llevarán a efecto mediante compraventa, exceptuando los originados por fusiones o uniones de entidades estatales, tanto de un mismo órgano u organismo del Estado, como entre ellas, así como los movimientos producidos entre establecimientos pertenecientes a una misma entidad estatal, que continúan dichos movimientos mediante el concepto de traspasos.

POR CUANTO: Teniendo en cuenta la Resolución del Ministerio de Finanzas y Precios recogida en el POR CUANTO precedente, se hace necesario modificar las Resoluciones Nros. 52/96 y 194/00, de la forma como mas adelante se dirá.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :PRIMERO: Todo movimiento de inmuebles, dentro del Sistema del Comercio Interior, será ejecutado conforme lo

17 de enero de 2002 GACETA OFICIAL 261 establece la Resolución No.42/01 del Ministro de Finanzas y Precios.

SEGUNDO: Se modifican las Resoluciones Nros.52/96 y 194/00, en lo que respecta al movimiento de los inmuebles mediante traspaso, debiendo ejecutarse dicho movimiento por compra-venta, excepto los originados por fusiones o uniones de entidades y los que se efectúen entre establecimientos pertenecientes a la misma organización empresarial, los que continuarán efectuando los movimientos de inmuebles mediante traspaso.

TERCERO: Notifíquese a los Viceministros y Presidente del INRE y, mediante la Gaceta Oficial de la República, a cuantas personas naturales o jurídicas deban conocerla. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República. DADA. En la Ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Interior, a los 15 días del mes de enero del 2002.Bárbara Castillo Cuesta Ministra del Comercio Interior ___________CULTURARESOLUCIÓN No. 5

POR CUANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros en uso de las facultades conferidas por el Decreto-