Resolución 11
La Resolución 11/2020 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente aprueba los planes de manejo de áreas protegidas en Cuba. Estos planes son instrumentos rectores para el manejo de recursos y conservación de áreas protegidas. La resolución es emitida por la Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
- Se aprueban planes de manejo para 14 áreas protegidas en varias provincias cubanas.
- Los planes de manejo tienen vigencia variable según el área protegida (2020-2024 o 2020-2027).
- El Centro Nacional de Áreas Protegidas controla la implementación técnica de los planes.
- Los planes se implementan a través de Planes Operativos.
- La resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
- Se responsabiliza al Centro Nacional de Áreas Protegidas para proponer normativas necesarias para la gestión de áreas protegidas.
Texto íntegro
GOC-2020-166-O17 RESOLUCIÓN 11/2020
POR CUANTO: La Ley 81 “Del Medio Ambiente” de 11 de julio de 1997, en su Ar-tículo 89, establece que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, es el encargado de dirigir y controlar las actividades relacionadas con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, de su gestión ambiental integral en coordinación con otros órganos y organismos competentes, así como de su dirección técnica.
POR CUANTO: El Decreto-Ley 201 del “Sistema Nacional de Áreas Protegidas” de 23 de diciembre de 1999, dispone en sus artículos 47 y 48, que los Planes de Manejo de las Áreas Protegidas deben ser aprobados por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, y responsabiliza para ello a la administración de dichas áreas con su elaboración.
POR CUANTO: La Resolución 341 del 11 de septiembre de 2015, emitida por la Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, establece el “Procedimiento para la presentación y aprobación de los Planes de Manejo y Planes Operativos de las Áreas Pro-tegidas, y dispone en el
Artículo 2 inciso a), que la aprobación de los planes de manejo de las áreas protegidas de significación nacion,al corresponde a quien resuelve.
POR CUANTO: El Plan de Manejo es el instrumento rector que establece y regula el manejo de los recursos de un área protegida, y el desarrollo de las acciones requeridas para su conservación y uso sostenible, teniendo en cuenta las características del área, la categoría de manejo, sus objetivos y los restantes planes que se relacionan con el área protegida.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas en el inciso e), del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Aprobar los planes de manejo de las áreas protegidas que se relacionan en el Anexo Único de la presente Resolución, como parte integrante de ésta, cuyos originales se encuentran depositados en el Centro Nacional de Áreas Protegidas.
SEGUNDO: El Plan de Manejo de cada una de las áreas tiene una vigencia según co-rresponde en el Anexo Único de la presente Resolución.
446 GACETA OFICIAL 4 de marzo de 2020
TERCERO: Los Planes de Manejo se implementan a través de Planes Operativos, en el cual se adecuan las acciones necesarias para la implementación del Plan de Manejo.
CUARTO: El Centro Nacional de Áreas Protegidas queda encargado de controlar la implementación técnica de los planes de manejo, y propone las normativas necesarias para su gestión.
DISPOSICIÓN FINALÚNICA: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. DESE CUENTA a los ministros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, de la Industria Alimentaria, del Interior y de la Agricultura, y a los Consejos Provinciales de la Administra-ción. COMUNÍQUESE a la Presidenta de la Agencia de Medio Ambiente, a los delegados territoriales, a la Directora de Medio Ambiente, al Director del Centro Nacional de Áreas Protegidas, al Director de la Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear, todos pertenecientes a este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en el Protocolo de Disposiciones Jurídicas de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
DADA en La Habana, a los 21 días del mes de enero de 2020.Elba Rosa Pérez Montoya Ministra ANEXO ÚNICOPLANES DE MANEJO APROBADOS PINAR DEL RÍO1- Elemento Natural Destacado Banco de San Antonio (2020 – 2024)MATANZAS1- Parque Nacional Ciénaga de Zapata (2020 -2024) 2- Elemento Natural Destacado Caverna de Santa Catalina (2020 -2024)VILLA CLARA1- Refugio de Fauna Cayo Santa María (2020 -2024)CAMAGÜEY1- Elemento Natural Destacado Bosque Fósil de Najasa (2020 – 2027) 2- Refugio de Fauna Río Máximo (2020 -2024) 3- Área Protegida de Recursos Manejados Humedales de Cayo Romano (2020 -2024)HOLGUÍN1- Parque Nacional Pico Cristal (2020 -2024) 2- Parque Nacional La Mensura – Pilotos (2020 -2024)ISLA DE LA JUVENTUD1- Cayo Campos – Cayo Rosario (2020 -2024) 2- Área Protegida de Recursos Manejados Sur de la Isla de la Juventud (2020 -2024) Reserva Ecológica Los Indios (2020 -2024)________________