Resolución 110/2008

Establecimiento del objeto social del Instituto de Filosofía

Organismo
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 40 Ordinaria de 2008 (2008-06-23)
Páginas
8–9
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La Resolución No. 110/2008 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente establece el objeto social del Instituto de Filosofía. Este instituto pertenece al Consejo de Ciencias Sociales y está subordinado al mencionado ministerio. La resolución define las actividades y servicios que el Instituto de Filosofía puede ofrecer.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 110/2008

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 19 de julio de 2004, quien resuelve fue designado Viceministro Primero de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67 de fecha 19 de abril de 1983, “De la Organización de la Administración Central del Estado” en su

Artículo 33 establece que los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado serán sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los viceministros primeros.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con fecha 25 de noviembre de 1994, en su Apartado Tercero, numeral 4, faculta a los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, para “Dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población”.

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POR CUANTO: A tenor de lo dispuesto en la Resolución No. V-27-85 dictada por el Ministro Presidente del Comité Estatal de Finanzas de 27 de febrero de 1985, se emite la Resolución No. 25/85 de fecha 26 de marzo de 1985, del Presidente de la Academia de Ciencias de Cuba en la cual se crea la Unidad Presupuestada denominada Instituto de Filosofía.

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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 147 de fecha 21 de abril de 1994 “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado” establece en su

Artículo 11 que “La Academia de Ciencias de Cuba se denominará Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.”

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POR CUANTO: El mencionado Decreto-Ley en su Disposición Final Segunda dispone que “Los organismos a los que se le modifican las denominaciones, así como los órga-

- nos y organismos a los que se transfieren las atribuciones, funciones, obligaciones y derechos de los extinguidos, se consideran como continuadores de éstos y subrogados en su lugar a todos los efectos legales, ...”.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 105/2001 de fecha 15 de noviembre de 2001, de la Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente se constituye el Consejo de Ciencias Sociales y se establece entre las entidades que la integran al Instituto de Filosofía.

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POR CUANTO: La Resolución No. 413/04 de fecha 30 de diciembre de 2004 dictada por el Ministro de Economía y Planificación precisa el objeto social del Instituto de Filosofía, perteneciente al Consejo de Ciencias Sociales, subordinado a este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y la Resolución No. 18/08 de fecha 14 de enero de 2008, del propio titular amplía dicho objeto.

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POR CUANTO: Este organismo no ha establecido hasta el presente el objeto social de la mentada entidad, por lo que resulta necesario emitir la correspondiente disposición.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

UNICO: Establecer el objeto social de la Unidad Presupuestada denominada Instituto de Filosofía, integrada al Consejo de Ciencias Sociales, subordinado al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, el cual en lo sucesivo es el siguiente:

- 1. Ejecutar y desarrollar proyectos de investigación histórico-filosóficos de carácter epistemológico, político y social, en moneda nacional.

- 2. Brindar servicios de capacitación y superación postgraduada, en temáticas filosóficas, en moneda nacional.

- 3. Ofertar y realizar actividades y eventos científicotécnicos, en temáticas filosóficas, en moneda nacional.

- 4. Comercializar de forma mayorista, publicaciones científico-técnicas relacionadas con temas filosóficos y sociales, en distintos soportes, en moneda nacional.

- 5. Prestar servicios de búsqueda y elaboración de información especializada en materias afines al Instituto, en moneda nacional.

- 6. Ofrecer servicios de asesoría y consultoría especializada en temas filosóficos y sociales, en moneda nacional.

- 7. Brindar servicios de cafetería y comedor a sus trabajadores, en moneda nacional.

- 8. Impartir cursos y ofrecer servicios de organización de conferencias, seminarios, talleres y encuentros en función de un mejor desempeño ambiental en pesos cubanos y a personas naturales y jurídicas extranjeras en pesos convertibles. Dése cuenta, con entrega de copia en todos los casos, a los ministros de Comercio Interior, de Finanzas y Precios, y de Trabajo y Seguridad Social, al Presidente del Banco Central de Cuba y al Director de la Oficina Nacional de Estadísticas.

Comuníquese, con entrega de copia, al Presidente del Consejo de Ciencias Sociales y por su conducto al Director del Instituto de Filosofía, a los viceministros, directores y jefes de Departamento de la Sede de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, y a cuantas personas naturales corresponda conocer lo dispuesto.

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

Archívese el original en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

DADA en la Sede Central del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la ciudad de La Habana, a los 11 días del mes de junio del año 2008.

Dr. Fernando Mario González Bermúdez

Ministro p.s.r . de Ciencia, Tecnología

y Medio Ambiente

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