Resolución 110

Renovación de licencia a la compañía IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE SEVILLA, S.A.

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
2016-04-21
Publicada en
Gaceta No. 24 Ordinaria de 2016 (2016-06-20)
Páginas
4–8
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La Resolución No. 110 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia a la compañía IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE SEVILLA, S.A. La resolución establece el procedimiento y condiciones para la renovación de la licencia ante el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.

Texto íntegro

COMERCIO EXTERIOR

Y LA INVERSIÓN EXTRANJERA

RESOLUCIÓN No. 110 de 2016

POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece elprocedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio dela República de Cuba.

POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So-ciedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve el ex-pediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de licencia presentada por lacompañía panameña IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE SEVILLA, S.A., y delanálisis efectuado se ha considerado procedente acceder a la solicitud formulada.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptadopor el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,

Re s u e l v o:

PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia ante el Registro Nacional de Sucur-sales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comerciode la República de Cuba, de la compañía panameña IMPORTADORA Y EXPORTADORADE SEVILLA, S.A.

SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la entidad IMPORTADORA Y EXPORTA-DORA DE SEVILLA, S.A. en Cuba, a partir de la renovación de su Licencia, será larealización de las actividades comerciales relacionadas con las mercancías que, a nivelde capítulos, se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.

TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no auto-riza la realización de las actividades siguientes:

a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial.

b) Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto los servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en los contratosque amparan las operaciones de comercio exterior.

c) Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socieda-des Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto enla presente Resolución.

COMUNÍQUESE a los viceministros y directores del Ministerio del Comercio Ex-terior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior,GECOMEX, a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC S.A.,al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, a la Presidenta de la compañíaETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantasotras entidades nacionales corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, alos cinco días del mes de mayo de dos mil dieciséis.

Rodrigo Malmierca Díaz

Ministro del Comercio Exterior

y la Inversión Extranjera

ANEXO No. 1

NOMENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR

ACTIVIDADES COMERCIALES A IMPORTADORA Y EXPORTADORA DESEVILLA S.A.

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GOC-2016-478 -O24

COMUNICACIONES

RESOLUCIÓN No. 92/2016

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7380 del Consejo de Ministros, de fecha 28 de febrerode 2013, en su Apartado Primero, numeral Quince, establece que el ministerio de Comuni-caciones tiene la función específica de regular y controlar la emisión, distribución, circula-ción, vigencia, valor facial y demás características de las especies postales.

POR CUANTO: La Resolución No. 180 de fecha 13 de julio de 2015, del ministro de Comunicaciones, aprobó el plan de emisiones postales para el año 2016, entre las que seencuentra el entero postal destinado a conmemorar el “Día de los Padres”.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas, en el artículo 100 inciso a),de la Constitución de la República de Cuba;

R e s u e l v o :

PRIMERO: Que se confeccionen y pongan en circulación trescientas mil (300 000)tarjetas postales franqueadas de felicitación por el “Día de los Padres”, que representanmotivos alegóricos a la fecha, con valor de venta al público de 1,00 CUP, las que se rea-lizarán con un sello impreso para las diez (10) vistas multicolores.

SEGUNDO: Que el Grupo Empresarial Correos de Cuba, señale el primer día de circulaciónde esta emisión postal distribuyendo las cantidades necesarias a todas las unidades decorreos del país, y vele por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone.

COMUNÍQUESE al presidente del Grupo Empresarial Correos de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del ministerio de Comunicaciones.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Dada en La Habana, a los 21 días del mes de abril de 2016.

Maimir Mesa Ramos

Ministro de Comunicaciones