Resolución 22
La Resolución No. 22 del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones regula la emisión de Tarjetas Postales de Felicitación para el Día de los Enamorados. Esta norma es emitida por el Ministro de la Informática y las Comunicaciones, Ignacio González Planas.
- Se confeccionar 100 000 tarjetas postales de felicitación prepagadas a 35 centavos y con valor de venta al público de $1.00.
- Las tarjetas tendrán siete vistas alegóricas al Día de los Enamorados, un sello representativo y el logotipo de la Empresa de Correos de Cuba.
- La Empresa de Correos de Cuba se encargará de distribuir las tarjetas a todos los correos del país.
- La Empresa de Correos de Cuba velará por el cumplimiento de lo establecido en la resolución.
- Se comunicará a la Empresa de Correos de Cuba y demás personas naturales y jurídicas que deban conocerla.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 22 /2002
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 204 de fecha 11 de enero del 2000 cambió la denominación del Ministerio de Comunicaciones por el Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, que desarrollará las tareas y funciones que hasta el presente realizaba el Ministerio de Comunicaciones, así como las de Informática y la Electrónica que ejecutaba el Ministerio de la Industria Sidero-Mecánica y la Electrónica.
POR CUANTO: El Consejo de Estado de la República de Cuba, mediante Acuerdo de fecha 12 de enero del 2000, designó al que resuelve Ministro de la Informática y las Comunicaciones.
POR CUANTO: En años anteriores se han puesto a la venta Tarjetas Postales de Felicitación para el “DIA DE LOS ENAMORADOS”, las que fueron acogidas con general beneplácito por la población.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Proceder a la confección de 100 000 tarjetas postales de Felicitación por el “DIA DE LOS ENAMO- RADOS”, prepagadas por el valor de 35 centavos y valor de venta al público de $1.00. Se realizarán con siete vistas que representen motivos alegóricos a la fecha, con un sello representativo a este día, y el logotipo de la Empresa de Correos de Cuba.SEGUNDO: Que la Empresa de Correos de Cuba señale el primer día de circulación de esta emisión, distribuyendo las cantidades necesarias a todos los Correos del país y queda encargada de velar por el cumplimiento de lo que por la presente.
TERCERO: Comuníquese a la Empresa de Correos de Cuba y por su conducto a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerla. Archívese el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. Dada en la ciudad de la Habana, a los 11 días del mes de febrero del 2002.Ignacio González Planas Ministro de la Informática y las Comunicaciones_____________