Resolución 112/2016

Autorización para aplicar la Resolución No. 1100 de 2015

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2016-03-11
Publicada en
Gaceta No. 18 Ordinaria de 2016 (2016-04-05)
Páginas
23–24
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La Resolución No. 112/2016 del Ministerio de Finanzas y Precios autoriza la aplicación de la Resolución No. 1100/2015 que modifica la Sección IV del Manual de Normas Cubanas de Información Financiera. Esta resolución es emitida por la Ministra de Finanzas y Precios, Lina O. Pedraza Rodríguez.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 112/2016

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7334, de 19 de diciembre de 2012, del Consejo de Ministros, aprobó el objetivo, las funciones y atribuciones específicas de este Ministerio,entre las que se encuentra la regulada en el Apartado Segundo, numeral 8, de establecerla política de contabilidad y de costos para todos los sectores de la economía y el sistemade contabilidad gubernamental; dirigir y controlar su ejecución.

POR CUANTO: La Resolución No. 235, de 30 de septiembre de 2005, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, puso en vigor las Normas Cubanas de Información Finan-ciera como base para el registro de los hechos económicos en las entidades del país.

POR CUANTO: La Resolución No. 351, de 29 de julio de 2014, dictada por quiensuscribe, establece las fechas de cierre de las operaciones contables para las actividadesagropecuarias fundamentales.

POR CUANTO: La Resolución No. 1100, de 24 de noviembre de 2015, dictada porquien suscribe, modifica la Sección IV “Nomenclador y Clasificadores del Manual de Normas Cubanas de Información Financiera”, puesta en vigor por la Resolución No. 235 de 30 de septiembre de 2005, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, la cual seaplica a las operaciones realizadas a partir del inicio del ejercicio contable del año 2016.

POR CUANTO: El Presidente del Grupo Azucarero, AZCUBA, solicitó a este Organismoposponer la aplicación de lo establecido en la Resolución mencionada en el Por Cuanto ante-rior para las unidades productoras cañeras, unidades de Producción Cooperativa, cooperativasde Producción Agropecuaria y cooperativas de Créditos y Servicios, lo cual se ha decididoaceptar, teniendo en cuenta que el periodo contable de dichas entidades se extiende de julio ajunio de cada año.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el artículo 100,inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :

ÚNICO: Autorizar a las unidades productoras cañeras, unidades de Producción Cooperativa, cooperativas de Producción Agropecuaria y cooperativas de Créditosy Servicios, a aplicar lo establecido en la Resolución No. 1100, de 24 de noviembrede 2015, dictada por quien resuelve, la cual modifica la Sección IV “Nomenclador y Clasificadores del Manual de Normas Cubanas de Información Financiera”, puesta envigor por la Resolución No. 235, de 30 de septiembre de 2005, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, a partir del 1 ro. de julio de 2016.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Organismo.

Dada en La Habana, a los 11 días del mes de marzo de 2016.

Lina O. Pedraza Rodríguez

Ministra de Finanzas y Precios

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