Resolución 112
La Resolución 112 del Ministerio de Comunicaciones regula la emisión de tarjetas postales conmemorativas por el Aniversario 200 de Cienfuegos. Fue emitida por el Ministro de Comunicaciones.
- Se confeccionan 200 000 tarjetas postales franqueadas con motivos alegóricos al aniversario.
- El valor de venta al público es de 1 peso cubano.
- Son válidas solo para entrega en territorio nacional.
- Debido ser utilizadas para otros países, deben llevar la tarifa vigente para el lugar de destino.
- El primer día de circulación será señalado por el Grupo Empresarial Correos de Cuba.
Texto íntegro
GOC-2019-538-O44 RESOLUCIÓN 112
POR CUANTO: El acuerdo 8151 del Consejo de ministros, de 22 de mayo de 2017, en su apartado primero, numeral quince, establece que el ministerio de Comunicaciones tiene la función específica de regular y controlar la emisión, distribución, circulación, vigencia, valor facial y demás características de las especies postales.
POR CUANTO: En la Resolución 239 del ministro de Comunicaciones, de 26 de di-ciembre de 2018, que aprobó el Plan de Emisiones Postales para el año 2019, se dispone en el numeral tercero que pueden presentarse para su aprobación otras emisiones postales que no se encuentren contempladas en el plan, siempre que su importancia y transcenden-cia lo amerite, entre la que se encuentra, la destinada a conmemorar el Aniversario 200 de Cienfuegos.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRImERO: Que se confeccionen y pongan en circulación un total de 200 000 tarjetas postales franqueadas por el Aniversario 200 de Cienfuegos, que representan motivos ale-góricos a la fecha, con valor de venta al público de 1 peso cubano, las que se realizan con un sello impreso para las 26 vistas multicolores.
SEGUNDO: Estos enteros postales son válidos para su entrega especial, única y exclu-sivamente en el territorio nacional. En caso de ser utilizadas para otros países, deben lle-var la cantidad complementaria hasta completar la tarifa vigente para el lugar de destino.
TERCERO: Que el Grupo Empresarial Correos de Cuba, señale el primer día de cir-culación de esta emisión distribuyendo las cantidades necesarias a todas las unidades de correos del país, y vele por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone. COmUNÍQUESE al presidente del Grupo Empresarial Correos de Cuba y a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerla.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del ministerio de Comunicaciones.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. Dada en La Habana, a los 11 días del mes de junio de 2019.Jorge Luis Perdomo Di-Lella________________